Anteproyecto de ley 37.
Que modifica y adiciona artículos al Decreto Ley 3 de 2008.
Ernesto Cedeño
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La presente iniciativa legislativa busca encontrar una solución al trámite de la nacionalidad de los extranjeros sobre todo aquellos con más de 5 años de residir en La Republica Panamá, que incluso sus familiares ya panameños, son de escasos recursos económicos.
De conformidad con ló establecido en los artículos, 10 - 14 y 15 de la Constitución Política vigente de la República de Panamá, en su Título 11, denominado "Nacionalidad y Extranjería", la inmigración será regulada por Ley en relación a los intereses sociales, económicos y demográficos del país y tanto los nacionales como los extranjeros que se encuentren en el Territorio de la República estarán sometidos a la Constitución y las Leyes.
Igualmente, la Carta Magna establece en sus Artículos 17, 19 Y 20, del Título III "Derechos y Deberes Individuales y Sociales", Capítulo 1 "Garantías Fundamentales" que las autoridades de la República están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales donde quiera que se encuentren y a los extranjeros que estén bajo su jurisdicción; así como deben asegurar la efectividad de los derechos y deberes individuales y sociales, y cumplir y hacer cump~ir la Constitución y Ley; de la misma manera, establece que no habrá fueros o privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas; y que los panameños y extranjeros son iguales ante la Ley, El presente proyecto de ley tiene como objetivo garantizar el respeto de los derechos humanos de la población migrante, reconociendo que un alto porcentaje de extranjeros residentes en Panamá, especialmente provenientes de países vecinos y del Caribe, se encuentra en condiciones de vulnerabilidad económica y social.
Actualmente, los trámites migratorios son costosos y requieren requisitos difíciles de cumplir para personas que, aun teniendo más de cinco años residiendo y aportando a la economía panameña, no han podido formalizar su estatus migratorio debido a su situación de pobreza o precariedad laboral.
La Constitución Política de Panamá establece en su artículo 19 que no habrá fueros ni privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas. Asimismo, Panamá es signataria de tratados internacionales de derechos humanos que garantizan la protección de migrantes y su integración digna a la sociedad.
Por tanto, es necesario modificar la Ley de Migración vigente (Ley 3 de 2008) para crear un procedimiento especial, rápido y con costos reducidos para la regularización de migrantes con más de cinco años de residencia comprobada, con especial enfoque en personas de escasos recursos, eliminando requisitos innecesarios que solo perpetúan la irregularidad migratoria y la discriminación estructural.
Por esta razón y ante la imperiosa necesidad de que esta materia esté regulada con claridad presentamos ante esta Cámara el presente anteproyecto, con la esperanza de que se pueda remediar el mal causado sin afectar a aquellos que ya han adquirido derechos, para lo cual solicitamos el apoyo de nuestros colegas.
En Panamá, la Ley 47 del 31 de agosto de 1999 regula la estructura y funciones del Departamento de Migración y Naturalización.
Es importante, y esencial considerar que la naturalización de los deportistas extranjeros que han representado a Panamá y han sido galardonados en competencias internacionales no solo reconoce su talento y esfuerzo, sino que también fortalece la identidad nacional. Estos individuos, al elegir competir por Panamá, contribuyen a la construcción de un sentido de pertenencia y orgullo nacional. Al otorgarles la posibilidad de naturalizarse, se les reconoce como parte integral de la sociedad panameña, incentivando la práctica deportiva y promoviendo un ambiente en el que los logros individuales se integran al colectivo nacional.
Además, la inclusión de ciudadanos extranjeros que han dejado una huella significativa en la historia del país es otro aspecto crucial a considerar.
Exposición de motivos
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