Proyecto de ley 346.
Por el cual deroga y modifica beneficios a las jubilaciones especiales de la fuerza pública y estamentos de seguridad bajo el Ministerio de Seguridad Pública
Jairo Salazar
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
Me presento ante ustedes honorables colegas, haciendo uso de mi iniciativa legislativa, para presentar esta iniciativa que nace del 67% de los panameños que rechazan la decisión de las atribuciones en las jubilaciones especiales de la institución pública que es la POLlCIA NACIONAL y LOS ESTAMENTOS DE SEGURIDAD, Y basándonos en la Constitución Política De La República De Panamá En Su Artículo 19, la cual nos señala Tácitamente: "no habrá fueros o privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas" La Policía Nacional actualmente mantiene 388 unidades que cumplirán los 30 años de servicio continúo en la Institución para los periodos de enero a diciembre de 2025; los cuales deben pasar del servicio activo al estado de jubilación los estamentos de Seguridad poseen una especialidad en cuanto a la jubilación de sus miembros, como incentivo que más personas quieran pertenecer a estas prestigiosas instituciones que sirven al país con nobleza y valentía. ¿Será justo este método especial de jubilación en medio del déficit en los fondos de la caja del seguro social? La crisis existente en los fondos, es una de las grandes afectaciones que ha tenido el país en los últimos años, y esta jubilación especial ha contribuido al problema en el cual estamos sumergidos.
El objetivo de este anteproyecto de leyes equiparar la jubilación de los miembros de los estamentos de seguridad al resto de la población, en aras de mejorar la situación financiera de la Caja del Seguro Social. El MEF advirtió que llegará un momento en el que más de la mitad de la planilla del Ministerio de Seguridad será para el pago de jubilaciones especiales, en lugar de pago a personal activo. Esto se podría traducirse en un ahorro al presupuesto, que permitiría al Gobierno cumplir sin contratiempos con sus aportes a la institución. La Ley 18 de 1997 permite a los integrantes de los estamentos de seguridad acogerse a la jubilación una vez cumplen 30 años de servicio y no esperar hasta cumplir los 57 (mujeres) y 62 años (hombres). Este año, las jubilaciones especiales le costaron al Gobierno más de 100 millones de dólares. "He visto gente que se jubila a los 30 años de servicio y siguen ganando 10,000 dólares hasta cumplir 62 años y de allí ganan $2,500 que es lo máximo según la antigua Ley 51 de la caja de seguro social. Si se jubilan a los 45 años siguen ganando 10,000 dólares en la casa. Tenemos que hacer algo". Es por ello que solicitamos respetuosamente la colaboración de los Honorables Diputados para darle el tramite interno correspondiente de este ante proyecto de ley, y que posterior a los debates y votaciones logre convertirse en ley de la Republica.
JAIRO SALAZAR RAMIREZ Diputado de la República Circuito 3-1
Exposición de motivos
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