Proyecto de ley 336.
Que modifica artículos del Código Penal, sobre delitos de hurto pecuario y de asociación ilícita para delinquir
Carlos Afú
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El transcurso del tiempo y los consecuentes cambios sociales ha generado que varíen las modalidades de ejecución de diversos delitos, entre estos, el hurto pecuario. El hurto pecuario, ya no es cometido como se hacía a inicios de la República donde para hurtar un semoviente se le encutarraba o simplemente se descuartizaba el animal en el mismo potrero. La presente ley tiene como objeto establecer sanciones ejemplares para quienes, a través de nuevas modalidades organizadas, se asocien para cometer el delito de hurto pecuario, considerando las nuevas formas de criminalidad que se han generado en este ámbito, con el fin de proteger la propiedad agropecuaria, el bienestar de los animales y los derechos de los productores. Hoy día son grupos organizados con miembros ubicados en diversas regiones del país los que se están articulando para apoderarse, promover, financiar e incluso incitar la comisión de hurto pecuario. Estos grupos están compuestos por personas con distintas capacidades y roles, incluyendo, pero no limitándose a: líderes, ejecutores directos, distribuidores del ganado hurtado, y otros quienes faciliten de cualquier forma la comisión de este delito. Esta conducta delictiva afecta directamente la productividad en el sector primario y la seguridad alimentaria del país pues la ganadería se ha convertido en una actividad tan insegura que está dejando de ser lucrativa para nuestros ganaderos a nivel nacional. Cuando los actos delictivos son cometidos por un conjunto de personas que actúan de forma coordinada, planificada y con la intención de obtener un beneficio económico de manera ilegal, por medio de la sustracción de ganado, no solo se ponen en riesgo un bien jurídico tutelado como lo es el patrimonio, también otros bienes jurídicos como lo es la seguridad colectiva. El Estado debe procurar coordinar esfuerzos con las autoridades locales y organizaciones del sector agropecuario para crear mecanismos de cooperación y prevención del delito de hurto pecuario, promoviendo la seguridad y protección de los bienes de los productores agropecuarios. Por las consideraciones expuestas sometemos ante esta augusta cámara el presente anteproyecto de ley con la finalidad de adoptar medidas cónsonas con las nuevas modalidades de ejecución del delito de hurto pecuario y en consecuencia proteger a nuestros ganaderos y la seguridad alimentaria del país.
Diputado de la República Circuito 2-2
Exposición de motivos
Contenido
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