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Proyecto de ley 274.

Que modifica, adiciona y deroga disposiciones de la Ley 9 de 1 de marzo de 2006, con el objetivo de restaurar y conservar las poblaciones de tiburones y rayas en la República de Panamá

Janine Prado

Cuadro comparativo SeguirEnviado a subcomisión para analisis

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La presente iniciativa legislativa, que propone modificar, adicionar y derogar disposiciones de la Ley 9 de 1 de marzo de 2006, surge de la imperiosa necesidad de implementar un marco jurídico robusto orientado a la restauración y conservación de las poblaciones de tiburones y rayas en la República de Panamá, especies que constituyen elementos fundamentales para el equilibrio y la resiliencia de los ecosistemas marinos nacionales.

Desde una perspectiva eco sistémica, los tiburones y rayas desempeñan un papel ecológico insustituible como depredadores tope, regulando las redes tróficas o cadenas alimentarias marinas, contribuyendo así a la salud y productividad de los océanos. La literatura científica especializada (Dulvy et al. 2021; Pacoureau et al. 2021) ha documentado ampliamente que la disminución o desaparición local de estas especies puede desencadenar efectos de cascada trófica con consecuencias ecológicas de gran alcance, comprometiendo la integridad funcional de los ecosistemas marinos y, por ende, los servicios ecosistémicos que estos proveen a la sociedad panameña.

Esta situación no sólo constituye una problemática ambiental, sino que también comporta importantes implicaciones socioeconómicas para Panamá. La industria pesquera nacional, que genera aproximadamente el 1.5% del Producto Interno Bruto según datos del Ministerio de Desarrollo Agropecuario (2022), enfrenta una potencial amenaza derivada de la deficiente gestión de los recursos marinos. La Unión Europea, mediante su sistema de certificación y control de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR), emitió en 2019 una segunda "tarjeta amarilla" a Panamá, situándolo como país de "alto riesgo" en materia de gobernanza pesquera.

Esta calificación no constituye un mero señalamiento diplomático, sino que representa una grave advertencia con potenciales repercusiones comerciales. De persistir las deficiencias identificadas, la imposición de una "tarjeta roja" por parte de la UE supondría la prohibición de exportación de productos pesqueros panameños al mercado europeo, generando perjuicios económicos sustanciales para las comunidades costeras y el sector exportador, además de deteriorar la posición negociadora del país en futuros acuerdos comerciales internacionales.

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FA O) han emitido recomendaciones específicas para que Panamá fortalezca sus mecanismos de control y vigilancia pesquera, incluyendo la implementación de sistemas de monitoreo satelital, la mejora de los protocolos de inspección portuaria y el establecimiento de sistemas de trazabilidad efectivos para los productos pesqueros.

En atención a los imperativos ecológicos, las obligaciones jurídicas internacionales y las consideraciones socioeconómicas previamente expuestas, resulta ineludible fortalecer el marco normativo nacional orientado a la protección y gestión sostenible de los tiburones y rayas. La presente iniciativa legislativa propone modificaciones sustantivas a la Ley 9 de 1 de marzo de 2006, con el propósito de establecer medidas más rigurosas contra prácticas nocivas como el aleteo, práctica que consiste en la amputación de las aletas y el descarte del resto del cuerpo al mar, implementar mecanismos de trazabilidad más robustos, reforzar las sanciones aplicables a infracciones y promover la investigación científica como fundamento para la toma de decisiones en materia de conservación y manejo.

La transición hacia un modelo de gestión pesquera ambientalmente sostenible permitirá la recuperación de las poblaciones de tiburones y rayas y la restauración de los ecosistemas marinos. De igual forma, contribuirá a fortalecer la seguridad alimentaria nacional, fomentar el ecoturismo marino y posicionar a Panamá como un referente regional en materia de conservación marina, cumpliendo así con los compromisos adquiridos en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y otros instrumentos internacionales relevantes.

Ante este panorama, es necesario reformar la Ley 9 de 2006 para fortalecer los mecanismos de fiscalización, aumentar las sanciones contra la pesca ilegal y promover la conservación de los tiburones y rayasespecies marinas clave. La prohibición de la pesca dirigida de tiburones y rayas, la implementación de tecnologías de monitoreo remoto, la creación de programas de educación ambiental y el establecimiento de sanciones más severas son algunas de las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las normativas internacionales y proteger la biodiversidad marina. Con una legislación robusta y una aplicación efectiva, Panamá podrá consolidarse como un líder en la gestión pesquera sostenible, asegurando la viabilidad del sector pesquero y la preservación de su biodiversidad riqueza marina para las futuras generaciones.

La situación de las poblaciones de tiburones y rayas en el país ha alcanzado niveles críticos, lo que requiere una actualización urgente de las normativas que rigen su conservación. A pesar de que la Ley 9 de 1 de marzo de 2006 fue un paso importante para frenar el aleteo de tiburones, la situación ha cambiado de manera drástica en los últimos años. La sobre explotación de estas especies, esenciales para el equilibrio ecológico de los océanos, ha acelerado su declive, lo que obliga a un enfoque renovado en la legislación que proteja su biodiversidad y fortalezca la sostenibilidad pesquera en Panamá. Una de las modificaciones clave es la inclusión de un enfoque de conservación que reconoce no solo la importancia de prevenir la pesca indiscriminada de tiburones y rayas, sino también su valor eco sistémico vital. Estos animales son fundamentales para el ciclo del carbono y la salud de los océanos, por lo que es crucial mantener sus poblaciones para preservar el equilibrio ambiental global. En consecuencia, se han actualizado las disposiciones para aplicar medidas de conservación tanto en las aguas jurisdiccionales panameñas como en las áreas marinas más allá de nuestra jurisdicción, involucrando a todos los buques nacionales y extranjeros. Se ha redefinido la práctica del "aleteo de tiburón", ahora entendida como una actividad que no solo provoca el sufrimiento de los animales, sino que conlleva una muerte lenta e innecesaria. Esta actualización incluye también nuevas definiciones sobre la pesca de tiburones y rayas, así como la inclusión de conceptos como "ciclo del carbono" y "esfuerzo de pesca", que responden a la realidad actual del sector pesquero y los desafíos ambientales que enfrentamos. Con el fin de garantizar un control efectivo sobre las capturas incidentales de tiburones y rayas, se establece la obligatoriedad de mantener a bordo los ejemplares pescados incidentalmente que no pudieron ser liberados. Esto permite un monitoreo más preciso del cumplimiento de las normativas y facilita la identificación de las especies capturadas, lo que contribuye a la obtención de datos estadísticos necesarios para la toma de decisiones informadas. Asimismo, se establece un límite claro para la captura incidental y eliminando la posibilidad de comercializar, importar o exportar estas especies. La nueva redacción elimina las excepciones que anteriormente permitían el aleteo de tiburones en embarcaciones artesanales de hasta 60 caballos de fuerza, dado que las prácticas de aleteo, incluso en cantidades limitadas, contribuyen al descenso de las poblaciones de tiburones. Además, se prohíbe la importación de carne de tiburón, rayas y sus derivados, alineándose con los objetivos internacionales de conservación y evitando que prodctos de origen extranjero afecten a los pescadores nacionales. Otro cambio relevante es la eliminación de permisos que incrementaban el esfuerzo pesquero dirigido a estas especies, reconociendo que, debido al crítico estado de conservación de tiburones y rayas, se requiere un enfoque de reducción del esfuerzo pesquero para permitir la recuperación de sus poblaciones.

el Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE) y el Servicio Nacional de Frontera (SENAN), con el fin de mejorar la vigilancia de las prácticas pesqueras y garantizar que los datos sobre capturas e infracciones sean incluidos en el Sistema Nacional de Información y Estadísticas Pesqueras y Acuícolas, como establece la Ley 204 de 18 de marzo de 2021. Esta reforma es crucial para que Panamá cumpla con sus compromisos internacionales y evite sanciones que afectarían su economía y comunidades pesqueras. Con la actualización de la legislación, el país podrá proteger la biodiversidad marina y asegurar la sostenibilidad del sector pesquero en el futuro. Por lo tanto, esta modificación de la ley no solo busca proteger la biodiversidad marina y recuperar las poblaciones de tiburones y rayas, sino también garantizar que la pesca en Panamá se mantenga dentro de los estándares sostenibles. Esto permitirá al país conservar su acceso a los mercados internacionales y evitar sanciones que impactarían negativamente la economía y el bienestar de sus pescadores.

Walkiria Chandler ?JO

Diputada del Circuito 8-3

5 Diputada del Circuito 3-1

Diputado det Circuito 13-1 rl