Proyecto de ley 36.
Que modifica y adiciona artículos a la Ley 75 de 2017, que promueve la alimentación adecuada y estilo de vida saludable, relativos a la enseñanza obligatoria de la nutrición y alimentación saludable como eje transversal
Lilia Batista
Artículo 1.
Adiciónese el Artículo 12-A, a la Ley 75 de 2017, así:
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A Debate _ A Votadon _
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Artículo 12-A. Se establece la enseñanza obligatoria de la Educación en nutrición y alimentación saludable en el primer y segundo nivel de enseñanza, de los centros educativos oficiales y particulares, como eje transversal y una estrategia para la protección social y garantía del derecho humano a la alimentación y lograr con esto la transformación de la vida de los estudiantes.
Artículo 2.
Adiciónese el Artículo 12-B, a la Ley 75 de 2017, así:
Artículo 12-B. El Ministerio de Educación, desarrollará programas y actividades encaminadas a la educación en nutrición y alimentación saludable, potenciando hábitos que mejoren la salud física de los estudiantes.
Artículo 3.
Adiciónese el Artículo 12-C, a la Ley 75 de 2017, así:
Artículo 12-C. Los centros educativos oficiales y particulares deben integrar a las Asociaciones de Padres de Familia para desarrollar programas de educación en nutrición y alimentación saludable y su importancia para la vida del niño y sus efectos en el aprendizaje.
Artículo 4.
Adiciónese el ArtÍCulo 12-D, a la Ley 75 de 2017, así:
Artículo 12-D. La implementación de la enseñanza obligatoria de Nutrición y Alimentación saludable como eje transversal, se ejecutará a partir del año lectivo siguiente a la promulgación de la presente Ley.
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Artículo 5.
El Órgano Ejecutivo reglamentará en un período no mayor de seis meses.
Artículo 6.
Esta Ley adiciona los numerales 12-A, 12-B, 12-C, 12-D a la Ley 75 de 2017 .
Artículo 7.
La presente Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.