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Proyecto de ley 282.

Que establece las cápsulas de comunicación educativa

Graciela Hernández

1Artículo 1disposiciónLa presente ley tiene por objeto permitir que se ejecuten campañas gratuitas de educaciónLeer +

Artículo 1.

La presente ley tiene por objeto permitir que se ejecuten campañas gratuitas de educación masiva a la población de Panamá por medio de cápsulas de comunicación educativas difundidas a través de la radio, los canales de televisión, prensa escrita, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico.

2Artículo 2disposiciónLos canales de televisión y las radios, a fin de cumplir con su programa deLeer +

Artículo 2.

Los canales de televisión y las radios, a fin de cumplir con su programa de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), donarán un minuto al día, dividido en seis (

6) espacios de diez (

10) segundos cada uno, para transmitir en las horas de mayor audiencia, cápsulas de comunicación educativas basadas en programas de socialización y concientización del ciudadano.

3Artículo 3disposiciónLos programas de socialización y concientización del ciudadano, responderán a lasLeer +

Artículo 3.

Los programas de socialización y concientización del ciudadano, responderán a las necesidades de reeducación en hábitos y valores cívicos de la población, con enfoque social nacional y serán identificadas anualmente por la entidad encargada de la oficina o departamento de comunicación y relaciones públicas de los clubes cívicos, fundaciones de interés privadas, ONG o el ente regulador, que tenga estipulado entre sus funciones educar y sensibilizar a la población.

4Artículo 4disposiciónLas cápsulas de comunicación educativas no contendrán logos o marcas comerciales.Leer +

Artículo 4.

Las cápsulas de comunicación educativas no contendrán logos o marcas comerciales.

5Artículo 5disposiciónEl Ministerio de Cultura hará un reconocimiento anual a las personas jurídicas y naturalesLeer +

Artículo 5.

El Ministerio de Cultura hará un reconocimiento anual a las personas jurídicas y naturales que estén involucradas activamente y promuevan las cápsulas de comunicación educativas.

6Artículo 6disposiciónLas instituciones del Estado no podrán utilizar estos espacios.Leer +

Artículo 6.

Las instituciones del Estado no podrán utilizar estos espacios.

7Artículo 7derogaEsta ley deroga cualquier disposición que le sea contraria.Leer +

Artículo 7.

Esta ley deroga cualquier disposición que le sea contraria.

8Artículo 8disposiciónEsta Ley comenzará a regir desde su promulgación.Leer +

Artículo 8.

Esta Ley comenzará a regir desde su promulgación.