Proyecto de ley 189.
Que establece la preservación, conservación y recuperación de áreas verdes, parques y zonas naturales en entornos urbanos en la República de Panamá
Miriam Mendoza
1Artículo 1disposiciónEsta Ley tiene como objetivo la preservación, conservación yLeer +
Artículo 1.
Esta Ley tiene como objetivo la preservación, conservación y recuperación de áreas verdes parques y zonas naturales en entornos urbanos en la República de Panamá
2Artículo 2disposiciónSe establece ante la autoridad competente los criterios para suLeer +
Artículo 2.
Se establece ante la autoridad competente los criterios para su recuperación, uso y mantenimiento con el objetivo de garantizar que estos espacios cumplan con su función de promover la calidad de vida, la biodiversidad y la sostenibilidad ambiental en entornos urbanos.
3Artículo 3disposiciónSe identifica y se amplía las zonas verdes públicas existentes,Leer +
Artículo 3.
Se identifica y se amplía las zonas verdes públicas existentes, siguiendo los principios de la planificación urbana sostenible.
4Artículo 4disposiciónSe Involucra al sector privado en la preservación y recuperación deLeer +
Artículo 4.
Se Involucra al sector privado en la preservación y recuperación de estos espacios verdes, con acuerdos o convenios de responsabilidad social empresarial.
5Artículo 5disposiciónSe proporciona a la población un acceso equitativo a los espaciosLeer +
Artículo 5.
Se proporciona a la población un acceso equitativo a los espacios verdes.
6Artículo 6disposiciónSe integran prácticas y políticas que fomenten la conservación deLeer +
Artículo 6.
Se integran prácticas y políticas que fomenten la conservación de recursos naturales, la reducción de la contaminación y la mejora de la calidad de vida de sus habitantes.
7Artículo 7disposiciónEl Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Ambiente (MiLeer +
Artículo 7.
El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Ambiente (Mi Ambiente) reglamentará esta Ley.
8Artículo 8disposiciónEsta Ley comenzara a regir al día siguiente al de su promulgación.Leer +
Artículo 8.
Esta Ley comenzara a regir al día siguiente al de su promulgación.