Ir al contenido

Proyecto de ley 222.

Que modifica el Código Procesal Penal y toma medidas contra trata de personas, tráfico ilícito de drogas y tráfico ilícito de migrantes

Francisco Brea

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La trata de personas, el tráfico ilícito de drogas y el tráfico ilícito de migrantes son delitos .que vulneran directamente a nuestra sociedad, generando violencia, corrupción y desigualdad. Las ganancias ilícitas de estas actividades financian redes criminales que operan en las sombras, socavando nuestras instituciones y poniendo en riesgo la seguridad de todos los panameños y panameñas.

Asimismo, el afán por generar riqueza ilícita impacta de forma desproporcionada los derechos humanos de mujeres, niños y niñas, y en general, de grupos humanos en condición de vulnerabilidad y exclusión social. Inclusive, generan competencia desleal porque la inversión honesta no puede competir en igualdad de condiciones frente a empresas financiadas con fondos ilícitos, cuyas operaciones no se basan en las reglas del mercado, sino en dinámicas que transfonnan e integran capital ilícito.

Este anteproyecto de ley representa un paso decisivo en la lucha contra el crimen organizado, se reduce la capacidad de estas redes para explotar a mujeres, niños y migrantes. Como país estamos enviando un mensaje claro: en Panamá no habrá impunidad para los delincuentes.

Las organizaciones criminales suelen usar a terceros para ocultar y disfrutar sus ganancias ilícitas sin interferencias legales, colocando bienes y derechos a nombre de familiares, colaboradores o empresas fachada, con la esperanza de evitar sanciones legales. Sin embargo, la Constitución de Panamá establece en el Artículo 47 que la propiedad privada está garantizada siempre que sea adquirida de manera legal.

Panamá también es signataria de la Convención de Viena y la Convención de Palenno, instrumentos internacionales que promueven el combate contra el crimen organizado. En línea con estas convenciones, el Grupo de Acción Financiera (GAFI) recomienda a los países adoptar medidas de decomiso de bienes ilícitos, tanto en casos de condena penal como en otros casos.

Este anteproyecto de ley busca enfrentar el tráfico de drogas, la trata de personas y el tráfico de migrantes, alineando las leyes nacionales con la Constitución y con estándares internacionales, para facilitar el decomiso de bienes ilícitos, incluso si se han transformado, y sin importar su propietario o la responsabilidad penal de estos. La ley también garantiza que esta herramienta no se use con fines políticos, aplicándose exclusivamente a actividades del crimen organizado transnacional.

Asimismo, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Convención de Viena), aprobada por la República de Panamá mediante Ley 20 de 1993, y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo) aprobada por la República de Panamá r

Ley 23 de 2004, impulsan la persecución de las actividades ilícitas graves a través de un enfoque patrimonial, al comprometer a los Estados Parte a adoptar, en la medida en que lo permita el ordenamiento jurídico interno, las medidas que sean necesarias para autorizar el decomiso del producto, bienes, equipo u otros instrumentos utilizados o destinados a ser utilizados en la comisión de los delitos comprendidos en dichos instrumentos internacionales.

También evita el uso político de esta valiosa herramienta de persecución patrimonial, ya que su ámbito de aplicación recae sobre actividades ilícitas graves desarrolladas por la criminalidad organizada transnacional, específicamente, el tráfico ilícito de drogas, la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes. Paralelamente, este anteproyecto de ley recoge recomendaciones de la sociedad civil en el sentido que, para alcanzar los productos y ganancias ilícitas, el Estado panameño debe reforzar las instituciones penales existentes, como el comiso, ampliando su ámbito de aplicación. Por último, este anteproyecto responde a preocupaciones del sector privado, puesto que protege la propiedad adquirida conforme a la ley, garantiza los derechos adquiridos en base a la buena fe, y honra las actividades financieras y no financieras sujetas a supervisión que hayan observado las políticas y normas de debida dilige~cia.