Proyecto de ley 152.
Que adiciona un capítulo al Título ix del Código Penal, sobre seguridad alimentaria
H.D.S Ariel Aníbal Ríos Zapata
| Artículo | Efecto | Texto | Acciones |
|---|---|---|---|
| Artículo 1 | adiciona | Artículo 1.Se adiciona un Capítulo denominado, Delitos contra la Seguridad Alimentaria, al Título IX del Código Penal, para que sea el Capítulo V y se corre la numeración del Capítulo, así: Capítulo V Delitos contra la Seguridad Alimentaria 311-A. Quien introduzca productos alimenticios de origen vegetal o animal, para el consumo humano, ya sea directo o procesado, para su venta, distribución o comercialización dentro del territorio nacional, sin contar con sus permisos fitosanitarios y de inocuidad alimentaria, expedidos por las autoridades competentes, que atente contra la soberanía alimentaria nacional o la producción agropecuaria nacional, será sancionado con pena prisión de seis a ocho años. 312-B. La pena establecida para la conducta descrita en el artículo anterior también le será impuesta a: 1. El servidor o funcionario público que, por acción, omisión o negligencia, permita, facilite, colabore, participe o se beneficie de la ejecución del delito descrito en el artículo anterior. 2. La persona natural o jurídica que almacene, re empaque, re etiquete, combine o procese, los productos alimenticios introducidos al territorio nacional según la conducta descrita en el artículo anterior, con productos alimenticios de producción nacional. 3. La persona natural o jurídica que transporte los productos alimenticios introducidos al territorio nacional según la conducta descrita en el artículo anterior. | |
| Artículo 2 | adiciona | Artículo 2.La presente Ley adiciona artículos al Texto Único del Código Penal. | |
| Artículo 3 | disposición | Artículo 3.Esta Ley entrará a regir al día siguiente de su promulgación. | |