Ir al contenido

Proyecto de ley 195.

Que promueve la gestión sostenible de los acuíferos y aguas subterráneas en la República de Panamá y dicta otras disposiciones

Alexandra Brenes

Cuadro comparativo SeguirEnviado a subcomisión para analisis

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Panamá cuenta con una riqueza hídrica extraordinaria. Según el Plan Nacional de Seguridad Hídrica ~O 15 - 2050, el promedio de precipitación en Panamá es de 2,924 litros por metro cuadrado al año, lo cual nos sitúa entre los diez (10) países más lluviosos del mundo. Además, el país cuenta con más de 500 ríos que dividen el territorio nacional naturalmente en 52 cuencas hidrográficas y proporcionan un estimado de 119 mil millones de metros cúbicos al año, resultando en aproximadamente 29,000 metros cúbicos de agua dulce per cápita al año. Sin embargo, a pesar de que actualmente sólo se utiliza el 26% de la totalidad del agua dulce disponible en Panamá, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censo, sólo el 76% de las viviendas conectadas a un acueducto recibe agua las 24 horas durante la estación lluviosa, y esto se reduce al 70% durante la estación seca. Con respecto al saneamiento, más del 10% de la población rural no cuenta con este servicio, y de las personas que sí tienen acceso al mismo, 31 % utiliza letrinas. Aunado a esto, el crecimiento de la población, los eventos extremos causados por el cambio climático, la contaminación, la infraestructura decadente y la falta de datos y herramientas adecuadas para la gestión del agua, suponen un reto para lograr la seguridad hídrica a nivel nacional y alcanzar el Objetivo 6 de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas.

I

A nivel global más de la mitad del agua para consumo humano proviene de aguas subterráneas. Según estadísticas del IDAAN, el agua subterránea proporcionó el 17% del agua potable en 2021 a nivel nacional, siendo esta proporción mayor en áreas rurales, especialmente en el Arco Seco, alcanzando un 23 y 30%, respectivamente. Las aguas subterráneas constituyen un recurso natural muy importante, ya que no sólo cumplen un rol esencial en el abastecimiento de agua en comunidades rurales, en especial en el área del Arco Seco, sino que también contribuyen al desarrollo de actividades económicas como la agricultura y la ganadería. Además, las aguas subterráneas aportan una capacidad natural de almacenamiento que garantiza resiliencia ante las sequías, que serán cada vez más frecuentes a causa del cambio climático. Sin embargo, el uso desorganizado e intensivo del agua subterránea en Panamá amenaza la cantidad y calidad del recurso. Uno de los principales problemas es que las diferentes instituciones encargadas de la perforación de pozos y el otorgamiento de permisos y concesiones para este fin mantienen bases de datos separadas, incompletas en algunos casos, por lo que se desconoce el número total de pozos en el país. Asimismo, regiones críticas como el Arco Seco pueden estar en riesgo de agotar los acuíferos debido a la extracción no regulada de agua y la falta de conocimiento sobre el volumen de agua subterránea disponible. Además, la deforestación en zonas montañosas afecta la recarga de las reservas de aguas subterráneas.

Dada la importancia de las aguas subterráneas para el bienestar de la población, especialmente en zonas rurales, resulta imperativo potenciar acciones tangibles para estudiar el comportamiento y la disponibilidad de este recurso, proteger las zonas de recarga, y garantizar la gestión sostenible del mismo.

Varios países de la región han adoptado legislaciones y medidas en tomo a la caracterización y gestión de las aguas subterráneas. En el sistema legal de Perú se establece la obligación de realizar pagos por parte de individuos o entidades autorizadas para usar agua. Específicamente, en relación con las aguas subterráneas, estos usuarios deben pagar por dos aspectos diferentes: 1) una compensación económica por utilizar el agua, que es considerada un bien público; y 2) una tarifa por los servicios de monitoreo y gestión de las aguas subterráneas, los cuales benefician a los usuarios al garantizar el adecuado manejo del recurso hídrico. En Chile, la Dirección General de Aguas dispone de dos herramientas para proteger los acuíferos: en situaciones de alto riesgo, se emite la declaración de área de restricción, lo cual implica la concesión exclusiva de derechos de aprovechamiento temporales. Por otro lado, cuando la viabilidad del recurso está seriamente comprometida, se decreta la zona de prohibición, 10 que impide la concesión de derechos de aprovechamiento por completo.

A pesar de la importancia de las aguas subterráneas, la normativa actual en Panamá muestra serias deficiencias relacionadas al mapeo, caracterización y gestión de los acuíferos, aunado a la multiplicidad de actores relacionados con el tema. Por ende, este proyecto de ley busca asegurar que las entidades con competencias y responsabilidades respecto al agua subterránea colaboren entre sí para que el aprovechamiento de este recurso no se haga de manera desmedida, sino tomando en consideración factores ambientales, económicos y de salud pública, con el fin de que las aguas subterráneas puedan ser gestionadas de manera sostenible. El agua limpia y el saneamiento del recurso hídrico de manera óptima no solo nos permitirá cubrir la demanda para el consumo humano, sino también el desarrollo de otras actividades que permitan el crecimiento sostenible de nuestra economía.

H.D. EDUARDO GAIT ÁN DIPUTADO CIRCUITO 8-2