Proyecto de ley 79.
Que modifica un artículo de la Ley 175 de 3 de noviembre 2020 general de Cultura, y dicta otra disposición
Ministerio de Cultura
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La Ley 175 de 3 de noviembre de 2020, General de Cultura, establece los principios, regulaciones, atribucion~s y compromisos del Estado, dirigidos a diseñar y ejecutar una política inclusiva y participativa que estimule y salvaguarde las expresiones culturales y los procesos creativos en el país, el patrimonio cultural panameño, el diálogo entre culturas y la cooperación cultural internacional. Según 10 establecido en la citada Ley General de Cultura, las expresiones culturales comprenden las manifestaciones que surgen de las prácticas, hábitos, creencias, saberes y creatividad de personas, grupos y comunidades, que poseen un contenido cultural que se refiere al sentido simbólico, la dimensión artística o los valores que emanan de las identidades culturales o que las expresan. En este sentido, dentro de las expresiones artísticas, podemos destacar la literatura, las artes visuales, las artes escénicas, musicales y las expresiones del folclor, que, a su vez, forman parte de las expresiones culturales generadoras de identidad y de riqueza. El Ministerio de Cultura como ente rector del Estado en la promoción y protección de los derechos culturales, las expresiones culturales y los procesos creativos entre otras funciones establecidas por Ley, tiene la de dirigir, planificar, coordinar y supervisar la educación artística especializada, tal como 10 establece el numeral 18 del artículo 2 de la.Ley 90 de 15 de agosto de 2019. En Panamá existen veintidós centros e institutos superiores de bellas artes y de folclor que fomentan el conocimiento de las expresiones culturales ubicados a lo largo y ancho de nuestra geografia nacional; centros de enseñanzas que fueron transferidos del Ministerio de Cultura al Ministerio de Educación por medio del artículo 235 de la Ley 175 de 2020, disposición que urge rectificar. El Ministerio de Cultura, consciente de ,que los centros de enseñanza e institutos técnicos superiores de bellas artes, juegan un rol fundamental en el fomento del desarrollo humano y cultural, propiciando el derecho que tienen las personas individual o colectivamente a participar libremente en la vida cultural de las comunidades y del país, contribuyendo a la creación de bienes y servicios culturales, por 10 que permite a través de estos centros de enseñanza la construcción de espacios culturales que facilitarían la ejecución de políticas culturales de Estado. Por 10 antes expuesto, se hace necesario modificar el artículo 235 de la Ley 175 de 3 de noviembre 2020 General de Cultura, para que los centros educativos e institutos técnicos superiores de bellas artes y folclor, con independencia de su denominación, adscritos al Ministerio de Educación, regresen a formar parte del Ministerio de Cultura, con su respectivo presupuesto, bienes e infraestructuras.
Exposición de motivos
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