Ir al contenido
Parlamento

Proyecto de ley 79.

Que modifica un artículo de la Ley 175 de 3 de noviembre 2020 general de Cultura, y dicta otra disposición

Ministerio de Cultura

Artículo 1.

El artículo 235 de la Ley 175 de 2020 queda así: .Artículo 235. Centros Educativos e Institutos Técnicos Superiores de Bellas Artes y Folclor. Los centros educativos e institutos técnicos superiores, con independencia de su denominación, adscritos al Ministerio de Educación, pasarán a formar parte del Ministerio de Cultura, con su respectivo presupuesto, bienes e infraestructuras. El Ministerio de Cultura facilitará y acompañará al Ministerio de Educación, para que se den las adecuaciones necesarias para que estos centros de enseñanzas e institutos superiores puedan integrarse alas modalidades del sistema educativo panameño. De igual forma los títulos académicos expedidos por estos centros educativos de enseñanza media serán avalados por el Ministerio de Educación y en el caso de los Institutos Técnicos Superiores serán supervisados por la Universidad de Panamá. El personal docente y administrativo que presta sus servicios en estos centros e institutos pasarán junto con su posición a formar parte del Ministerio de Cultura. El personal docente de los centros de enseñanzas e institutos superiores, se regirán por 10 establecido en el Decreto Ejecutivo No. 305 de 30 de abril de 2004 que aprueba el Texto único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación y sus reglamentaciones. Se crea una comisión temporal conformada por personal del Ministerio de Cultura, el Ministerio de Educación, un representante de los docentes y un representante de los administrativos, con el fin de realizar las coordinaciones necesarias de transición a que se refiere el presente artículo.

Artículo 2.

Los centros educativos e institutos técnicos superiores, su personal docente y administrativos estarán adscritos a la Dirección Nacional de Educación Artística de conformidad a la Estructura Orgánica y el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura.

Comentar

La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta.

Artículo 3.

La presente Ley modifica el artículo 235 de la Ley 175 de 3 de noviembre de 2020.

Artículo 4.

Esta Ley empezará a regir a partir de su promulgación.

COMUNÍQUESE Y ·CÚMPLASE.