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Proyecto de ley 169.

Se eleva a delito la venta clandestina de lotería

Jose Clara

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Con motivos de actualizar nuestra legislación de la Lotería Nacional de Beneficencia en ocasión de mayores controles y el incremento de la venta clandestina en comercios dedicados a esta práctica ilegal a lo largo de toda la República, que perjudica los ingresos de la institución, de la venta de los billeteros y de la recaudación destinada a la beneficencia y programas de ayuda social para personas en riesgo y vulnerabilidad social, de acuerdo a la misión y objetivo que tiene la entidad contenida en el Decreto de Gabinete N° 224 de 16 de julio de 1969 y de su Reglamento Interno contenido en la Resolución No. 2017-01 de 20 de febrero de 2017. Se hace necesaria la adopción de medidas que permitan el correcto funcionamiento de la Lotería Nacional y evite la proliferación de malas prácticas que elevan los índices de devolución de nuestro producto y, por ende, disminuyen los ingresos y la beneficencia.

Debemos señalar que, la venta clandestina es una conducta ilegal que debe ser elevada a delito, ya que vulnera un sistema de venta de lotería que tiene como objetivo la beneficencia y el aporte al Gobierno Central, para realizar programas de ayuda social en beneficio de las personas que viven en pobreza económica y vulnerabilidad social, situación que debe ser competencia del Ministerio Público al ser los encargados de perseguir delitos de acuerdo con el artículo 220 de la Constitución Política y el artículo 68 del Código Procesal Penal.

En este sentido debemos actualizar la ley que no contempla este tipo de actividades clandestinas e ilegales, con el objeto que exista certeza del castigo, perseguida por la autoridad competente, 10 cual también hace necesario que la conducta de venta clandestina sea tipificada como delito.