Proyecto de ley 68.
Por la cual se aprueba el protocolo relativo a una enmienda del artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, hecho en Montreal el 16 de octubre de 2016.
Ministerio de Relaciones Exteriores
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El presente Protocolo tiene como propósito modificar el Artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, a efecto de aumentar de treinta y seis a cuarenta los Estados miembros en el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional, en vista del crecimiento del número de miembros en la Organización y la creciente importancia del transporte aéreo internacional para las economías nacionales de muchos países.
El incremento de Estados miembros en el Consejo garantizará un mejor equilibrio regional, en virtud de que habrá una mayor representación de Estados por cada región geográfica en el mismo.
Adicionalmente, este aumento de Estados en el Consejo se traduce en mayor cantidad de Estados por región, lo que favorece la posibilidad de que más países como Panamá, que pertenece a la Región de Sudamérica, compuesto Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Panamá, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela, puedan formar parte del Consejo.
En virtud de lo antes expuesto, la Autoridad Aeronáutica Civil considera viable y conveniente la aprobación de este Protocolo.
Exposición de motivos
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