Proyecto de ley 108.
Que modifica y adicionan artículos a la Ley 70 de 2012 y modifica un artículo al Código Penal y dicta otras disposiciones
Alain Cedeño
Artículo 1.
La presente Ley tiene como objetivo adicionar dos artículos a la Ley 70 de 2012 contra el maltrato animal, donde se busca regular el uso de animales (tracción animal) en festivales, ferias, patronales y cualquier tipo de desfiles folclórico para tirar de carretas de todo tipo. Regulando el peso que estos animales puedan cargar.
Artículo 2.
Se adiciona dos artículos nuevos a la Ley de protección de animales domésticos queda así: Artículo Nuevo 1: Se regula el uso y peso que los animales de tracción (bueyes, vacas, mulas, burros) puedan utilizar en festivales, ferias, patronales y cualquier tipo de desfiles folclóricos para tirar de carretas de todo tipo.
Artículo Nuevo 2: Se corrige de manera ordenada el uso de las carretas que lleven consigo demasiado peso de lo que son capaces de soportar los (bueyes, vacas, mulas, burros) en festivales, ferias, patronales y cualquier tipo de desfiles folclóricos para tirar de carretas de todo tipo. Esta fiscalización debe darse por los organizadores del evento y las autoridades competentes que velen por el bienestar y la protección animal.
Artículo 3.
Esta Ley adiciona dos artículos nuevos a la Ley 70 del 2012.
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Artículo 4.
Esta Ley comenzará a regir al día siguiente al de su promulgación.