Proyecto de ley 60.
Que reforma la Ley 79 de 2011, sobre trata de personas y actividades conexas, y el Código Penal, y dicta otras disposiciones
Alain Cedeño
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La trata de personas constituye una grave violación de los derechos human~"Sy~l1na amenaza a la seguridad nacional. Este delito transnacional, caracterizado por la explotación de ser~s-'· humanos con fines de lucro, requiere una respuesta integral y coordinada tanto a nivel nacional como internacional.
Esta propuesta de reforma tiene como objetivo principal adecuar la legislación panameña a los estándares internacionales ya las nuevas realidades de la trata de personas. Aunque los esfuerzos del Estado panameño han sido importantes, no han sido suficientes para erradicar este delito; los datos revelan que aún persisten deficiencias significativas en la prevención, investigación y sanción del mismo.
De acuerdo con el Ministerio de Seguridad Pública, en los dos últimos años se registraron 26 casos en 2022 y 28 en 2023. La Comisión Nacional contra la Trata de Personas identificó a 11 víctimas plenamente en 2023 ya 4 posibles víctimas hasta abril de 2024. En comparación, Costa Rica acreditó 56 víctimas en 2023 y 42 en 2024.
Estos datos, los de Panamá, evidencian la necesidad de reformar la Ley N° 79 de 9 de noviembre de 2011, adaptándola a los nuevos modus operandi del delito, especialmente en los ámbitos telemático y financiero. La definición actual de trata de personas limita la identificación de víctimas al exigir un desplazamiento físico, lo que dificulta la persecución de casos dentro de las fronteras nacionales.
Debido a estas limitaciones, algunos casos de trata podrían estar siendo clasificados como otros delitos, como explotación sexual comercial o tráfico ilícito de migrantes, lo que sugiere un subregistro, especialmente en la modalidad de trata laboral en el país.Además, la falta de capacitación especializada entre los funcionarios judiciales complica la investigación y el enjuiciamiento de estos delitos complejos. Los tratantes utilizan tácticas sofisticadas de reclutamiento, coerción y control, que requieren un conocimiento profundo de las dinámicas de la trata para ser detectadas y desarticuladas.
Las modificaciones propuestas también buscan fortalecer el fondo económico destinado a la atención de víctimas, su reintegración social y el proceso de indemnizaciones. Esta reforma es fruto de un esfuerzo conjunto entre actores claves de la sociedad civil, instituciones públicas y organismos internacionales como la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).
Entre las entidades consultadas se encuentran la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada del Ministerio Público, el Servicio Nacional de Migración (SNM), la Dirección Nacional de Investigación Judicial (DNU) de la Policía Nacional y la Comisión Nacional contra la Trata de Personas, entre otros.La colaboración con organizaciones de la sociedad civil ha sido crucial. Entre las que participaron la Fundación Resiliencia, la Coalición Internacional de Mujeres y Familia (CIMUF) y la Asociación Panameña para la Planificación de la Familia (APLAF A), entre otras, que han aportado valiosas perspectivas.
Por lo antes expuesto, con el mayor de los respetos, presentamos a consideración de este Honorable Pleno, esta iniciativa legislativa, esperando contar con sus aportes y con su respaldo. y que luego de surtido el trámite legislativo y aprobado en tres debates se convierta en Ley de la República.
Exposición de motivos
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