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Proyecto de ley 90.

Que establece el régimen de cámaras corporales utilizadas por la Policía Nacional

Eduardo Gaitán

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Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La Constitución Política de la República de Panamá en su artículo 310 establece que la policía tiene como función la conservación del orden público, la protección de la vida, honra y bienes de quienes se encuentren bajo jurisdicción del Estado y la prevención de hechos delictivos. Dicho mandato se relaciona con lo estipulado en el artículo 17 de ese mismo cuerpo jurídico, cuando dictamina que las autoridades de la República están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales dondequiera se encuentren y a los extranjeros que estén bajo su jurisdicción.

En ese sentido, la Policía Nacional debe contar con las herramientas necesanas que le permitan cumplir con sus funciones y mandatos constitucionales y legales. La tecnología y el constante desarrollo de la misma, hace imprescindible que sus avances sean utilizados de forma correcta, tal es el caso de un complemento esencial para la labor policial.

Por esta razón, algunos países tales como Argentina, Reino Unido, Colombia, Chile y Estados Unidos, están utilizando cámaras corporales como método de protección tanto para el ciudadano, como para la policía. Incluso, han llegado a legislar sobre las mismas para reglamentar su uso, como es el caso de Chile con la Ley 21638 de 2023, y en otros casos como Guatemala y Argentina que se mantienen propuestas legislativas sobre la regulación de las cámaras corporales.

Las cámaras corporales son pequeñas cámaras de vídeo digitales que funcionan con baterías y que los agentes de policía, colocan en las camisas de sus uniformes. Los oficiales deben activar manualmente la función de grabación en la cámara para comenzar a grabar. Las capacidades de grabación de las cámaras coinciden con las capacidades de los ojos y oídos humanos. En otras palabras, las cámaras no tienen capacidades de grabación mejoradas, como la visión noctuma. Al final de su tumo, los oficiales colocan sus cámaras en una estación de acoplamiento bajo su mando. Una vez acoplados, los vídeos grabados se cargan en una solución de almacenamiento basada en la nube y la batería de la cámara se recarga automáticamente.

En Estados Unidos, particularmente en el departamento de policía de Nueva York, todos los agentes equipados con cámaras corporales han recibido capacitación sobre cómo funcionan las cámaras, de utilizar el software de gestión de video y las políticas de cámaras corporales. Como parte de su capacitación, los oficiales también participan en escenarios de juego de roles para aclimatarse al uso adecuado de las cámaras.

¿Por qué se implementa esta medida? Según el departamento de policía de Nueva York, el propósito de las cámaras corporales es registrar encuentros policiales, de investigación y de otro tipo, entre la policía y los ciudadanos. En adición, proporcionan un registro contemporáneo y objetivo de estos encuentros, facilitan la revisión de los eventos por parte de los supervisores, fomentan la rendición de cuentas y alientan interacciones legales, y respetuosas entre el ciudadano y la policía.

El uso de cámaras corporales ha demostrado que las cámaras pueden ayudar a reducir la intensidad de encuentros potencialmente volátiles y que ponga en riesgo a los involucrados. Las cámaras también pueden proporcionar pruebas importantes en procedimientos administrativos, penales y civiles, así como para resolver denuncias ante las Casas Comunitarias de Paz.

Sobre la efectividad de las cámaras corporales, en relación con el objetivo que persiguen, el Instituto Nacional de Justicia del Gobierno de los Estados Unidos de América publicó varias investigaciones, en las cuales se obtuvieron los siguientes resultados:

• En el departamento de policía de Boston para el año 2020, se encontró una mejora en los agentes de policía que llevaban cámaras en sus uniformes. Mejoraron el trato en sus interacciones con los ciudadanos, siendo calificado como eficaz el programa de las cámaras corporales. Hubo reducciones estadísticamente significativas en las quejas de los ciudadanos contra la policía, y en los informes policiales sobre el uso de la fuerza de los agentes que llevaban cámaras, en comparación con los que no las llevaban. A su vez, hubo reducciones estadísticamente significativas en las quejas contra los agentes de control en los distritos, donde se usan las cámaras en comparación con aquellas donde no.

• En el departamento de policía de Rialto de California en 2015 yen el departamento de policía de Las Vegas en 2018, los evaluadores encontraron una reducción estadísticamente significativa en el uso de la fuerza por parte de la policía.

• En Phoenix de Arizona en 2016, se demostró que la policía equipada con cámaras internas para grabar contactos con civiles durante incidentes de violencia de pareja, el cual tuvo como resultado que el uso de la cámara fue estadísticamente significativamente más probable que resultara en arrestos, cargos presentados, casos avanzados, y tanto declaraciones de culpabilidad como veredictos. Existiendo también una reducción estadísticamente significativa mayor en el tiempo de procesamiento de casos en los casos que no involucran una cámara.

En consecuencia, con las justificaciones que he expuesto presentamos el siguiente anteproyecto de ley, con la finalidad de potencializar y brindar eficacia de los servicios de la policía nacional. Sabemos que en el año 2020, el Ministerio de Seguridad compró y equipó a 100 policías con este tipo de cámaras, por lo cual la implementación de esta ley no resultará en problema alguna ya que esas cámaras que fueron usadas en las provincias de Panamá, Panamá Oeste y Colón, contabilizó un monitoreo importante en tiempo real, que permitió que la información recopilada enviada al Centro de Operaciones Nacionales. Por lo que este anteproyecto, permite que dicho programa pueda ser parte de una normativa nacional y forme parte de nuestra política de Estado, y no solo como un plan piloto.

ZBARBONI Diputado de la República Circuito 8- t/~~cfv'~

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