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Parlamento

Proyecto de ley 30.

Que declara el 27 de octubre de cada año Día del desfile del vestido tradicional del pueblo Ngabe-buglé y campesino

Gertrudis Rodríguez

Cuadro comparativo SeguirObjetado por Ejecutivo

Artículo 1.

Se declara el 27 de octubre de cada año Día del Desfile del Vestido Tradicional del Pueblo Ngabe-Buglé.

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Artículo 2.

La actividad prevista en la presente Ley se instituye con el fin de exaltar, valorar, conservar, preservar y transmitir, todo lo relacionado a la historia, uso, materiales, y confección correcta del vestido tradicional del Pueblo Ngabe-Buglé.

Artículo 3.

Las instituciones públicas, autónomas, semi autónomas, municipales, así como los centros educativos oficiales y particulares, al igual que las autoridades e instituciones tradicionales comarcales, desarrollarán actividades culturales y educativas paralelas al desfile, orientadas a resaltar los valores de la identidad, uso y costumbres del Vestido Tradicional del Pueblo Ngabe-Buglé.

Artículo 4.

Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.