Proyecto de ley 52.
Que regula el uso obligatorio de sillas de retención infantil en vehículos particulares y dicta otras disposiciones.
Alain Cedeño
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El objetivo principal de esta leyes garantizar la seguridad y protección de los infantes durante el transporte en vehículos de motor, en Panamá. La ley busca establecer la obligatoriedad del uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI) adecuadas a la edad, peso y talla de los menores, con el fin de reducir la incidencia de lesiones y muertes en accidentes de tránsito. Asimismo, se pretende concientizar a la población sobre la importancia del uso correcto de estos dispositivos de seguridad y promover una cultura de prevención y cuidado infantil en las vías públicas.
En los últimos años, Panamá ha experimentado un crecimiento significativo del parque vehicular y, paralelamente, un aumento en los índices de accidentes de tránsito. Según estadísticas de la AUTORIDAD DEL TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE (ATTT), los accidentes de tránsito son una de las principales causas de mortalidad y lesiones graves en el país, afectando de manera alannante a los infantes y niños que no cuentan con una adecuada protección.
La ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) y la ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD (OPS) han subrayado la importancia del uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SR!) para prevenir lesiones graves y mortales en niños durante accidentes de tránsito. Estudios internacionales han demostrado que el uso correcto
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de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI) puede reducir en un 70% las muertes y en un 80% las lesiones graves en caso de colisión. Las colisiones de vehículos representan el 30% de las muertes por lesiones en menores de 20 años a nivel mundial. América Latina y el Caribe tienen tasas de mortalidad casi el doble del promedio mundial en niños de 5 a 14 años. Los SISTEMAS REFORZADOS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRIR) pueden reducir hasta un 90% las lesiones graves y hasta un 75% las muertes infantiles.
En Panamá, Costa Rica y Guatemala: 12,020 niños han resultado lesionados y 431 han fallecido. Panamá >' Guatemala muestran las tasas más altas de mortalidad y letalidad, mientras que Costa Rica tiene las tasas más bajas debido a políticas públicas efectivas de uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI).
Según datos del DEPARTAMENTO DE OPERACIONES DEL TRÁNSITO DE LA POLICÍA NACIONAL, en 2022 se reportaron numerosas víctimas en accidentes de tránsito en Panamá, con un total de 13,917 heridos y 252 muertos, de los cuales un porcentaje significativo corresponde a niños y adolescentes. La adopción de una ley que regule el uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI) podría contribuir significativamente a la reducción de estos números, protegiendo a los menores y brindando mayor seguridad a las familias panameñas.
En Panamá, la Ley No. 9 del 5 de abril de 1993 establece la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad para todos los ocupantes de un vehículo, tanto en los asientos delanteros como en los traseros, con sanciones económicas por su incumplimiento. Además, el Decreto Ejecutivo No. 640 del 27 de diciembre de 2006, que expide el Reglamento de Tránsito Vehicular de la República de Panamá, indica en su Artículo 122 que todo conductor es responsable del vehículo que conduce y debe velar por la seguridad de sus pasajeros y la carga que transporta. Sin embargo, en Panamá no existe una normativa específica y rigurosa que regule el uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRl). Esta ausencia de regulación ha llevado a una falta de concienciación y cumplimiento por parte de los conductores, poniendo en riesgo la integridad de los niños.
GRÁFICAS DE DATOS HISTÓRICOS Y PROYECCIÓN DE FALTAS 733 Y 734
Las faltas 733 y 734 se refieren, respectivamente, a transportar menores de edad sin medidas de seguridad y a no utilizar el cinturón de seguridad. Los datos históricos muestran variaciones significativas en la cantidad de infracciones anuales desde 2019 hasta 2024. Si no se toman medidas preventivas adicionales, la proyección lineal de estas infracciones sugiere que los niveles actuales se mantendrán o incluso aumentarán hasta el año 2030.
14 .000 1JCW
12 .0CO 11.0CO
100CO 9000
'/OCO 6000 2019
2021
2022
2023
2024
2025
2027
2028
2U29
2030
Proyección de Falta 734 (2019-2030): Esta gráfica ilustra la tendencia de las infracciones por no utilizar el cinturón de seguridad. TENDENCIA AL 2030 DE 13,900 @ 14,000 FALTAS seo ICD
600
3Oc! 2019
2023
202'
2022
2023
2C24
2025
2026
2027' 202$
20,9
2030
Proyección de Falta 733 (2019-2030): Esta gráfica muestra la tendencia de las infracciones por transportar menores sin medidas de seguridad. TENDENCIA AL 2030 DE 860 @ 900 FALTAS
Relación con la Siniestralidad: La relación entre estas faltas y la siniestralidad de lesiones graves y muertes es directa. El no uso de SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL y cinturones de seguridad aumenta significativamente el riesgo de lesiones graves y muertes en accidentes de tráfico. Según la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, el uso adecuado del cinturón de seguridad puede reducir el riesgo de muerte en un 45% y el riesgo de lesiones graves en un 50%. Los niños que no utilizan SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SR!) adecuados son mucho más vulnerables en caso de colisión.
Impacto en lesiones y muertes: Sin intervención, es probable que las muertes y lesiones graves debidas a estas infracciones continúen siendo un problema significativo. Las proyecciones de siniestralidad relacionadas con estas faltas podrían mantenerse o incluso aumentar, contribuyendo a una carga continua para los servicios de emergencia y salud pública.
Acción preventiva recomendada: Para abordar este problema, se recomienda una combinación de estrategias preventivas:
1. Campañas Educativas: Implementar campañas educativas más intensivas y continuas, enfocadas en la importancia del uso de sistemas de seguridad. Estas campañas deben dirigirse tanto a los adultos como a los niños desde temprana edad. 2. Sanciones y Controles: Aumentar las sanciones por estas infracciones y la frecuencia de controles policiales. Esto puede disuadir a los conductores de cometer estas faltas. 3. Tecnología en Vehículos: Integrar tecnologías en los vehículos que alerten sobre el uso del cinturón de seguridad y SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL. Estos sistemas pueden incluir alarmas auditivas y visuales que recuerden a los conductores y pasajeros. 4. Legislación Estricta: Desarrollar y aplicar leyes más estrictas sobre el uso obligatorio de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL y cinturones de seguridad. Esto puede incluir revisiones periódicas de las normativas y su aplicación rigurosa.
La proyección de infracciones hasta 2030 y su relación con la siniestralidad subrayan la necesidad de una acción preventiva inmediata. Las campañas educativas, el refuerzo de sanciones, la integración de tecnología en los vehículos y la legislación estricta son medidas clave para reducir estas infracciones y en consecuencia disminuir las lesiones graves y muertes en accidentes de tráfico. Implementar estas medidas no solo protegerá a los individuos, especialmente a los menores, sino que también mejorará la seguridad vial en general.
DERECHO COMPARADO
Diversos países de la región han adoptado leyes estrictas sobre el uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI), logrando resultados positivos en la reducción de la mortalidad infantil en accidentes de tránsito. Por ejemplo:
Costa Rica: La Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (Ley No. 9078 de 4 de octubre de 2012) exige el uso de SISTEMAS DE RETENCIÓN INFANTIL para menores de 12 años o de estatura inferior a 1.45 metros. Esta ley se basa en normas internacionales como la UNECE R44/04 y la i-Size (UNECE R129). Desde su implementación, Costa Rica ha reportado una disminución del 23% en la mortalidad infantil· en accidentes de tránsito y una reducción del 31 % en las lesiones graves.
Colombia: El Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) establece en su
Artículo 82 el uso obligatorio de sillas de retención infantil para niños menores de 10 años. Esta normativa sigue las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS). La implementación de esta ley ha resultado en una reducción del 28% en las muertes infantiles por accidentes de tránsito y una disminución del 35% en las lesiones graves.
Chile: La Ley de Tránsito (Ley No. 18.290 del 2017) incluye disposiciones específicas para el uso de sillas de retención infantil, reguladas en el Decreto Supremo No. 176 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Chile ha implementado normativas basadas en la normativa UNECE R44/04. Desde la promulgación de esta ley, Chile ha visto una reducción del 30% en la mortalidad infantil y un descenso del 37% en las lesiones graves en niños involucrados en accidentes de tránsito.
Estas experiencias han demostrado que la implementación de una normativa clara y la realización de campañas educativas y de concienciación son cruciales para mejorar la seguridad vial de los menores. La adopción de normativas similares en Panamá podría contribuir significativamente a la protección de los niños en el tránsito vehicular, reduciendo tanto la mortalidad como las lesiones graves en accidentes de tránsito.
Es imperativo que Panamá se sume a los esfuerzos internacionales y regionales adoptando una ley que regule de manera específica el uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SRI). Esta ley debe establecer sanciones claras para su incumplimiento y promover la educación y concienciación de la ciudadanía sobre la importancia de estos dispositivos de seguridad.
Implementar el uso de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SR!) en Panamá ofrecerá múltiples ventajas para las familias panameñas. La principal ventaja es la protección de la vida y la integridad de los niños. Estudios han demostrado que las SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SR!) reducen significativamente el riesgo de lesiones graves y fatales en caso de accidentes de tránsito. La utilización adecuada de estas sillas puede disminuir hasta en un 70% la probabilidad de que un niño sufra lesiones graves o mortales en un accidente.
BENEFICIOS DE LA LEY
Mayor Seguridad para los Niños: La implementación obligatoria de Sillas de Retención
Infantil (SRI) conforme a las normativas internacionales garantiza que los niños viajen de manera segura, reduciendo significativamente el riesgo de lesiones graves o fatales en caso de accidentes de tránsito.
Educación y Concienciación: La ley promueve la educación y sensibilización de la población sobre la importancia del uso adecuado de los SR!, fomentando una cultura de seguridad vial desde temprana edad.
Acceso Equitativo a SILLAS DE RETENCION INFANTIL (SRI): A través de la participación comunitaria en la recolección, almacenamiento y distribución de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL de segunda mano, se garantiza que las familias de bajos recursos tengan acceso a estos dispositivos de seguridad sin costo.
Estándares de Calidad y Seguridad: La regulación de la fabricación y comercialización de las SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL (SR!) asegura que solo se utilicen productos que cumplan con los más altos estándares internacionales de calidad y seguridad, protegiendo a los consumidores de productos defectuosos o inseguros.
Sistema de Monitoreo y Sanciones: La implementación de un sistema de monitoreo y sanciones para el cumplimiento de la ley asegura que los conductores adopten y mantengan prácticas seguras al transportar niños, lo que refuerza el cumplimiento de las normativas y mejora la seguridad vial en general.
PRÁCTICAS INTERNACIONALES Y LAS NORMATIVAS
Europa - ECE R129 (i-Size):
Regulación Técnica: La ECE R129 establece requisitos técnicos avanzados para las SRI, incluyendo pruebas de impacto lateral, la clasificación basada en la altura del niño y el uso obligatorio de anclajes ISOFIX.
Implementación Progresiva: Similar al anteproyecto panameño, la ECE R129 prevé la transición desde la normativa anterior (ECE R44), estableciendo fechas específicas para la prohibición de fabricación y comercialización de productos bajo el reglamento antiguo.
Protección Ampliada: La ECE R129 exige el uso de sillas orientadas hacia atrás hasta al menos los 15 meses de edad, ofreciendo una mayor protección para los niños.
Estados Unidos - FMVSS 213:
Normativas y Pruebas: La Federal Motor Vehicle Safety Standard (FMVSS) 213 regula la seguridad de las SRI, incluyendo pruebas de impacto frontal y lateral. Las normativas estadounidenses también exigen que las SRI sean compatibles con el sistema LATCH.
Educación y Cumplimiento: Similar a la propuesta panameña, en Estados Unidos se implementan programas de educación y sensibilización sobre la importancia del uso adecuado de las SR!.
América Latina:
Chile y Argentina: Ambos países han avanzado en la regulación del uso de SRI, adoptando normativas que requieren el uso de estos dispositivos hasta ciertas edades y estableciendo sanciones para su incumplimiento.
Brasil: La legislación brasileña exige el uso de SRI hasta los 10 años de edad o 1.45 metros de altura, con sanciones para quienes no cumplan con esta normativa.
El anteproyecto de ley de Panamá se basa en un marco legal robusto y actualizado que incorpora las mejores prácticas internacionales y estándares de seguridad. Al compararse con las regulaciones de Europa y Estados Unidos, así como con las de otros países latinoamericanos, se observa una coherencia en la búsqueda de la máxima protección y seguridad para los niños en el transporte vehicular. La inclusión de mecanismos de recolección y distribución de SILLAS DE RETENCIÓN INFANTIL de segunda mano destaca como una medida innovadora y equitativa para asegurar que todos los niños, independientemente de la situación económica de sus familias, puedan viajar de manera segura.
YARELI
Circuito 8-2
Exposición de motivos
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