Anteproyecto de ley 41.
Por el cual se adiciona un capítulo sobre los delitos contra la seguridad alimentaria al título de delitos contra la seguridad colectiva de la Ley 14 de 26 de abril de 2007, que adopta el Código Penal de la República de Panamá.
Alexandra Brenes
2Artículo 2adicionaSe adiciona al Título IX de los Delitos contra la Seguridad Colectiva, de la Ley 14 de 26 de abril de 2007, que adopta el Código Penal de la República de Panamá, el Capítulo XII sobre los Delitos contra la Seguridad Alimentaria, el cual de ahora en adelante establece lo siguiente: ~ I ,Leer +
Artículo 2.
Se adiciona al Título IX de los Delitos contra la Seguridad Colectiva, de la Ley 14 de 26 de abril de 2007, que adopta el Código Penal de la República de Panamá, el Capítulo XII sobre los Delitos contra la Seguridad Alimentaria, el cual de ahora en adelante establece lo siguiente: ~ I ,
**Artículo 337-A.** Quien introduzca productos alimenticios de origen vegetal o animal, para el consumo humano, ya s e a directo o procesado, para su venta, distribución o comercialización dentro del territorio nacional, sin contar con sus permisos fitosanitarios y de inocuidad alimentaria, expedidos por las autoridades competentes, que atente contra la soberanía alimentaria nacional o la producción agropecuaria nacional, será sancionado con pena prisión de seis a ocho años." **Artículo 337-B.** La pena establecida para la conducta descrita en el artículo anterior también le será impuesta a:
1. El servidor o funcionario público que, por acción, omisión o negligencia, permita, facilite, colabore, participe o se beneficie de la ejecución del delito descrito en el artículo anterior.
2. La persona natural o jurídica que almacene, re empaque, re etiquete, combine o procese, los productos alimenticios introducidos al territorio nacional según la conducta descrita en el artículo anterior, con productos alimenticios de producción nacional.
3. La persona natural o jurídica que transporte los productos alimenticios introducidos al territorio nacional según la conducta descrita en el artículo anterior.
3Artículo 3disposiciónEsta ley entrará a regir a partir de su promulgación.Leer +
Artículo 3.
Esta ley entrará a regir a partir de su promulgación.