Proyecto de ley 45.
Ley que establece políticas de de prevención y protección contra la violencia sexual digital y mediática; adiciona disposiciones al Código Penal y dicta otras disposiciones
Alexandra Brenes
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La evolución de las tecnologías de la información y la comunicación ha transformado profundamente la manera en que interactuamos, trabajamos y nos comunicarnos. Sin embargo, junto con estas oportunidades, han surgido nuevos desafio s y amenazas que requieren una respuesta jurídica robusta y actualizada. En este contexto, el presente anteproyecto de ley tiene corno objetivo proteger a todas las personas contra la violencia digital y mediática, estableciendo medidas preventivas, sanciones y herramientas de investigación moderna para combatir conductas que atenten contra la integridad, dignidad y derechos de las personas en el espacio digital y mediático.
Protección contra la Violencia Sexual Digital
Con el avance de la tecnología y las comunicaciones, han surgido nuevas formas de violencia que nuestras normas vigentes no pueden abordar adecuadamente. La violencia sexual digital es una de Cf JAp~}_ estas formas, y su impacto puede ser devastador. Es fundamental que nuestras leyes evolucionen
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V para proteger a las personas de abusos y vulneraciones en línea, salvaguardando tanto sus experiencias privadas como públicas. Esta modalidad de violencia incluye la difusión no consensuada de contenido íntimo, el uso de tecnologías de la información para humillar o extorsionar, y la creación de montajes pornográficos con la imagen de una persona. La falta de una definición clara y de medidas adecuadas para enfrentar esta forma de violencia agrava el problema, dejando a las víctimas desprotegidas y desamparadas.
Hace unos años, una figura pública conocida presentadora de TV, panameña, fue víctima de violencia sexual digital. Sus imágenes íntimas fueron divulgadas sin su consentimiento, afectando profundamente su vida personal y profesional. El caso de la presentadora de TV es un claro ejemplo de cómo la violencia sexual digital puede devastar la vida de una persona, resaltando la necesidad urgente de una legislación que proteja a los ciudadanos de estos abusos.
Beneficios del Anteproyecto de Ley
1. Protección Integral de los Derechos Humanos: Este anteproyecto de ley busca garantizar la protección integral de los derechos humanos en el entorno digital. Al establecer medidas preventivas y sanciones claras, se promueve un entorno digital más seguro y respetuoso, protegiendo la dignidad y privacidad de las personas.
Derecho Comparado: o España: La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género incluye medidas contra la violencia digital.
o México: La Ley Olimpia sanciona la difusión de contenido íntimo sm consentimiento.
o Argentina: La Ley 26.904 incluye la violencia mediática y digital.
2. Prevención y Educación: La implementación de programas educativos y campañas de concienciación es una herramienta clave para prevenir la violencia digital. Estos programas no solo educarán a los jóvenes sobre el uso seguro de las tecnologías, sino que también capacitarán a padres y educadores para reconocer y actuar ante posibles casos de violenci~ digital.
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Derecho Comparado: o España: Incluye programas educativos sobre la violencia digital en su marco legal.
o México: Promueve programas de sensibilización y prevención en su legislación contra la violencia digital.
3. Respuestas Adaptadas para Menores de Edad: El anteproyecto dedica especial atención a la protección de los menores de edad, implementando medidas específicas para su protección y programas de educación adaptados a su edad y desarrollo. Esto asegura que los menores estén equipados con el conocimiento y las herramientas necesarias para navegar de manera segura en el entorno digital.
Derecho Comparado: o Colombia: La Ley 1922 de 2018 aumenta las penas en casos de violencia digital contra menores.
o Perú: El Decreto Legislativo 1410 incluye agravantes específicas para delitos de violencia sexual digital cuando las víctimas son menores.
4. Utilización de Herramientas de Investigación Moderna: La incorporación de tecnologías avanzadas como la inteligencia artificial y la cooperación internacional fortalece la capacidad de las autoridades para detectar y combatir la violencia digital de manera efectiva y en tiempo real.
Derecho Comparado: o España: Utiliza herramientas tecnológicas avanzadas para la investigación de delitos digitales.
o México: Ha implementado plataformas y mecanismos tecnológicos para denunciar y actuar rápidamente en casos de violencia digital.
5. Sanciones Diferenciadas y Adaptadas: La ley propone sanciones adecuadas para adultos y menores, buscando no solo castigar, sino también rehabilitar y educar a los infractores menores de edad. Esto promueve un enfoque más humano y eficaz en la administración de justicia.
Derecho Comparado: o Brasil: La Ley 13.718 de 2018 establece sanciones y medidas de protección específicas para las víctimas de violencia digital.
o Uruguay: La Ley 19.580 ofrece apoyo legal y psicológico para las víctimas, además de sanciones adecuadas.
Iniciativas Internacionales y Derecho Comparado
La respuesta legislativa a la violencia digital ha ido evolucionando a 10 largo de las últimas dos décadas, reflejando un creciente reconocimiento de la necesidad de protección en el entorno digital.
Evolución Cronológica de la Legislación Mundial en Materia de Violencia Digital:
1. 2001: El Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia marca un hito importante, estableciendo el primer tratado internacional que aborda los delitos informáticos y la evidencia electrónica, incluyendo delitos de contenido como la pomografla infantil y la violación de derechos de autor. 2. 2004: España introduce la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que incluye medidas contra la violencia digital, reconociendo la creciente amenaza que representan las tecnologías de la información y comunicación en la perpetuación de la violencia de género. 3. 2008: En los Estados Unidos, la Ley de Protección de Víctimas de la Pomografla Infantil enmienda el Código Penal para incluir disposiciones específicas contra la explotación y abuso infantil en el entorno digitaL
4. 2013: Nueva Zelanda adopta la Ley de Comunicaciones Digitales Dañinas, estableciendo un marco legal para abordar la difusión de contenido dañino en línea y proporcionando mecanismos de resolución rápida para las víctimas. 5. 2016: Francia implementa la Ley para una República Digital, que incluye disposiciones contra el acoso en línea y la difusión no consentida de contenido íntimo. 6. 2018: El Reino Unido actualiza su Ley de Protección de Datos con el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR) de la UE, fortaleciendo las sanciones contra la violación de la privacidad y el manejo indebido de datos personales, incluidas las imágenes íntimas. 7. 2019: México aprueba la Ley Olimpia, una serie de reformas legislativas a nivel federal y estatal que tipifican y sancionan la violencia digital, incluyendo la difusión de contenido íntimo sin consentimiento. 8. 2021: Australia introduce la Ley de Seguridad Online, que establece nuevas regulaciones para proteger a los usuarios, especialmente menores, contra el ciberacoso, la explotación y otros daños en línea.
Cuadro Comparativo de Derecho Comparado en Latinoamérica:
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Ley Olimpia (2019)
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Legal
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Sí, en casos de menores Decreto Legislativo 1410
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Aumento de Penas en Casos Medidas de Protección para las Sí, en casos de menores
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Protección Legislación
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Datos Estadísticos:
Casos
Reportados de Población Total Proporción de Casos por País
Violencia
Sexual
Digital
Fuente (2023) cada 100,000 Habitantes
(2023) Instituto Nacional de Estadística y IM'XkO 11,·'00 Argentina 4
500
1•
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128,649,565
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Geografia (lNEGI) Instituto Nacional de Estadística y 45,376,763
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19,492,605
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Censos (INDEC) Instituto Nacional de Estadísticas (INE) Departamento
51,265,844
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Nacional de Estadística (DANE)
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I'"'tiruto B,~il"m d, Googrnfu , Estatística (IBGE)
1""tit,," N"ioo,1 d, E'ladl,ti" d, Uruguay (INE)
Basándonos en los datos del cuadro proporcionado sobre la violencia sexual digital en varios países de América Latina, podemos observar que Uruguay tiene la tasa más alta de casos reportados por cada 100,000 habitantes, con 25.35. Esta realidad subraya la urgencia de actualizar el marco legal para proteger a los ciudadanos contra la violencia sexual digital.
Impacto en el Seno Familiar y Consecuencias para la Sociedad
La violencia sexual digital tiene un impacto devastador en la confianza y la seguridad dentro de las familias. Las víctimas pueden experimentar un profundo estrés emocional, y la dinámica familiar puede verse afectada. A nivel social, las tasas elevadas de violencia sexual digital pueden contribuir a la normalización de comportamientos abusivos y coercitivos, requerir políticas más sólidas y medidas legislativas, y generar costos significativos para las víctimas y los sistemas de salud pública y servicios sociales.
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Por lo antes mencionado, se somete a la consideración de la Asamblea Nacional el Anteproyecto de "LEY QUE ESTABLECE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA SEXUAL DIGITAL Y MEDIÁTICA; ADICIONA DISPOSICIONES AL CÓDIGO PENAL Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES". Esta ley no solo llenará un vacío legal existente, sino que también proporcionará un marco claro y específico para la protección de los derechos de las personas en el entorno digital, promoviendo un entorno seguro y respetuoso para todos los ciudadanos.
Exposición de motivos
Contenido
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