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Proyecto de ley 17.

Que crea el Plan Nacional integral de rehabilitación y resocialización para personas en situación de calle en la República de Panamá

Alexandra Brenes

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La Constitución Política de la República de Panamá, en su artículo 17, establece que las autoridades están instituidas para proteger la vida, honra y bienes de los nacionales, así como su libertad y seguridad. Además, el artículo 109 reconoce el derecho de toda persona a la protección de la salud, y el artículo 119 promueve condiciones que aseguren a los ciudadanos una existencia digna. A pesar de estos mandatos constitucionales, en la actualidad, miles de ciudadanos viven en situación de calle, expuestos a la violencia, enfermedades, discriminación y la más profunda exclusión social. Esta realidad contradice los principios de justicia, equidad y dignidad humana que sustentan nuestro ordenamiento jurídico. El Estado panameño carece de una legislación específica que reconozca la situación de calle como una condición de vulnerabilidad y que articule políticas de atención, protección y reinserción. Frente a esta deuda histórica, se propone el presente anteproyecto de ley. La normativa se inspira en el derecho comparado, tomando como referencia leyes exitosas en países como: •

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Brasil, con la Política Nacional para la Población en Situación de Calle (Decreto N.O 7.053 de 2009), que reconoce la condición y promueve el acceso a servicios públicos esenciales. Argentina, con la Ley 27.654 de 2021 (Personas en situación de calle y familias sin techo), que garantiza un abordaje integral y la prohibición de desalojos forzosos sin alternativa habitacional. España, a través de planes estatales y municipales de vivienda social y servicios de emergencia habitacional.

Estos marcos legales reconocen que las personas en situación de calle no deben ser criminalizadas, sino atendidas desde un enfoque de derechos humanos, interseccionalidad y dignidad.

Pa{acio Justo )'lrosemena - Código Posta{ 0815-0 1-265 - Panamá, ~pú6fica de Panamá

El presente proyecto busca no solo visibilizar esta problemática, sino generar un marco legal que permita al Estado panameño articular políticas públicas, programas de atención y mecanismos de participación ciudadana que conduzcan a la superación de esta forma extrema de exclusión. RECOMENDACIONES

1. Censo y registro voluntario • •

Crear un registro nacional de personas en situación de calle, respetando su dignidad y consentimiento. Permite conocer su número, necesidades específicas, antecedentes, enfermedades y redes familiares.

2. Marco legal y reconocimiento institucional •

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Reconocer legalmente la situación de calle como una condición de vulnerabilidad. Establecer que ninguna persona puede ser criminal izada por no tener domicilio. Crear una oficina nacional o municipal de atención al ciudadano en calle.

3. Acceso a servicios básicos • • •

Garantizar el acceso universal y gratuito a salud, alimentación, higiene y documentación. Habilitar centros de día y noche: donde puedan bañarse, alimentarse, recibir atención médica y dormir. Campañas de renovación de cédulas, pasaportes y documentos legales sin costo.

4. Reinserción social y laboral • • •

Programas de capacitación laboral, orientación vocacional y empleo temporal. Incentivos a empresas que contraten personas en situación de calle. Inclusión en programas sociales de vivienda, alimentación y formación técnica.

5. Salud mental y adicciones • • •

Crear unidades especializadas en salud mental y tratamiento de adicciones. Atención prioritaria para personas con trastornos psiquiátricos, depresión, esquizofrenia o dependencia. Acompañamiento psicológico gratuito.

6. Vivienda digna • •

Planes de alquiler social, viviendas compartidas o programas de transición hacia la vivienda independiente. Convenios con ONGs, iglesias y fundaciones para establecer hogares de acogida o albergues temporales.

7. Prevención •

Fortalecer los programas de atención a la pobreza extrema, violencia intrafamiliar, desempleo y deserción escolar, para prevenir que más personas terminen en la calle.

8. Participación ciudadana y sensibilización • • •

Campañas de concienciación para eliminar la discriminación. Incluir a personas que han vivido esta situación en la formulación de políticas públicas. Fomentar el voluntariado y donaciones estructuradas.

9. Supervisión y derechos humanos • •

Crear una unidad de supervisión con participación de la Defensoría del Pueblo, ministerios y ONGs para garantizar que se respeten los derechos humanos. Prevenir el uso de la fuerza pública para expulsar o criminalizar.

Fundamento legal sugerido (en países como Panamá): • • •

Constitución Nacional: artículo sobre dignidad humana, derecho a la salud, a la vivienda y al trabajo. Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 25: derecho a un nivel de vida adecuado. Leyes de protección social, salud mental y derechos humanos.

Por todo lo anterior, se somete a consideración de la Asamblea Nacional de Diputados el siguiente Anteproyecto de Ley:

H.D ERNESTO CEDEÑO AL V ARADO Diputado de la República de Panamá Circuito 8-4