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REPÚBLICA DE ~i\N~ RESUELTO No._¿:jl!f- ,,ti-L
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REPÚBLICA DE ~i\N~
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REPÚBLICA DE ~i\N~ RESUELTO No._¿:jl!f- ,,ti-L
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Panamá,i:lde de 2024.
Mayo
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO:
Que el del Texto Único de la , Orgánica de Educación, establece que la organización y ·funcionamiento de los centros educativos particulares deben ser autorizados, sin excepción, por el Ministerio de Educación, el cual tendrá la supervisión directa de ellos, .en cuanto a su proyecto educativo, sus planes de estudio, programas de enseñanza y la ejecución de estos; Que la señora María Luisa Salvador Cañas, con cédula de identidad personal No. 8-346-452, en calidad de representante legal de la sociedad anónima denominada The Creating Center Inc., inscrita a Folio Nº 155696~.del.,.Regis~blico de Panamá, solicitó autorización de funcionamiento del centr9~educativp partipul~ dqµOinini!Pº The Creating Center School, ubicado en la provincia q~·Coclé;~disÜlto de AD.tón, ,éómgimfénto de Río Hato, urbanización Buenaventura, para 4µP~4: ~1.é!~c.~c~~rl,el..lltÜú~i.:~~iyel ~~,J~n~Fª o Educación Básica General (Preescola,¡¡~r_imW:{e,.Y:l3r~m&dia); .. . .< : ~, ,, ~,· ·~.: , 1 •. ~\
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Que la Dirección.Nacional Protocolos de Supervisión para la apertura de centros educativos regulares, etapas Preescolar, Primaria y Premedia, certifica que el Centro Educativo The Creating Center School, cumple con los requisitos para abrir estas ofertas académicas. Se indica igualmente, que centro educativo sólo tiene contemplado abrir por ahora hasta el segundo grado, ya que aún no poseen matrícula para los demás grados académicos; sin embargo, cuenta con la infraestructura para las etapas solicitadas; Que la Dirección Nacional de Educación Particular, mediante Informe Ejecutivo de 29 de abril de 2024, hace constar la recomendación de favorabilidad para autorización de funcionamiento del Centro Educativo The Creating Center School, en la modalidad presencial para Educación Básica General (Preescolar y Primaria) por cumplir con las normas exigidas por el Ministerio de Educación; Que la solicitud presentada cumple con todas las formalidades y requisitos exigidos por el Texto Único de la , Orgánica de Educación y el del Decreto Ejecutivo No. 466 de 14 de agosto de 2018, para la autorización de funcionamiento del centro educativo deno~inado The Creating Center School; por lo tanto,
RESUELVE: Artículo l. Autorizar el funcionamiento en la modalidad presencial, del centro educativo particular, denominado The Creating Center School, ubicado en la provincia de Coclé, distrito de Antón, corregimiento de Río Hato, urbanización Buenaventura, para impartir educación en ei Primer Nivel de Enseñanza o Educación Básica General (Preescolar, Primaria y Premedia); bajo el amparo de la sociedad anónima The Creating Center Inc., inscrita a Folio Nº 155696086 del Registro Público de Panamá, cuya representante legal es la señora María Luisa Salvador Cañas, con cédula de identidad personal No. 8-346-452.
**Artículo 2.** La autorización que en el artículo anterior tendrá vigencia mientras la institución educativa cumpla con las disposiciones relativas a la educación particular, establecidas en el Título 111, Capítulo 111, del Texto Único de la , Orgánica de Educación y su reglamentación contenida en el Decreto Ejecutivo No. 466 de 14 de agosto de 2018.
**Artículo 3.** La representante legal del centro educativo, The Creating Center School, queda obligada a notificarle previamente al Ministerio de Educación cualquier cambio de los diseños curriculares, implementa~0d6"11uevas...of~trtas académicas y el traslado de sus instalaciones a un lugar di~tito al se.ñ~ado ~n~e~t~ ~~~eltQ,. -_·'>1 _.. - ! í.-f '. - ., J' • , ) !' ~ ......... ·~ "·· . Para su debido regis!J~'tel_1!U.~t~ ~oéidclbem.:~Um.i>.fir~on ~;;tS; ~onu_as de seguridad y demás requisitos exigido~,.en Ja ley.~ sy.;:regl~ntación. ~ ··"""',,. :' ·,~.. . :; · ¡' ,,':-, _,1' ' ...,-,...., .. .... ' ' ....- - · \\ De no cumplir. 6q~)t>;:~t,()r, •la· Dirección: .Region~. ~;:~d~~~i9~·\9orrespondiente no fumara los certlfi~idipl~as •Xp~didbs p_QFdi~~~~~~·· ~~~t;JIcierre,~~l cé4~-ef~u9~t{;hftiJ~rep~fien~l~J~~
**Artículo 4.** Eh r¡mitirá el registro de l?s alUillllos{ y~,º~,~ la doc~e?lulp.ión· ref_cieh~a. apn ¡el funcio?~íento a la Dirección .. : i ' f"~·Regional de ~ducác1om respectiva.~· · '=-- ~i ' - .-··:. ' 1«'.! .•• .. • . 1• ·I ,-:::-.... , . \ ·\··• ~· ·. ·,r • .~ /\ ···~·-· C1 ..
**Artículo 5.** Est~.$~~~e1to emp~~ará ~..re~rr·~:..partft~<Je ~u)irma. ,/ "" .- ,~:;. \ ., - • '." i ~ ," . , ·_ ~: I . . :' I ;i:. I _J ~- , FUNDAMENTp\µ,,!)ElffiCHO: Tí~dtill, _s;apítulo .Ill, q~I.:r:~~~pnico de la , Orgánica d~~~ducación.~.~l Decret6-~ebutivo N~ 166 de 14 d}á.gosto de 2018. " '"" COMUNÍQUESE Y\,CÚMPLASE'.''"'--· ...,._.~ _,..., ....... .,
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