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**ARTÍCULO 1.** Reconocer como Organismo Capacitador (OCA) a la entidad denominada CONGREGACIÓN PUREZA DE MARÍA, ubicada en la provincia de Panamá, distrito de San Miguelito, corregimiento José Domingo Espinar, urbanización Villa Lucre, calle El Mirador, Colegio Pureza de Maria, cuyo Representante Legal es la señora Karla Patricia Toruño Paniagua, portador de la cédula de identidad personal E-8-155109.
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**ARTÍCULO 2.** Inscribir en el Registro de Organismos Capacitadores de la Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional a la entidad denominada CONGREGACIÓN PUREZA DE MARÍA, y expedir la certificación correspondiente. La Dirección Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional evaluará a los organismos capacitadores cada dos (2) años, con el propósito de verificar sí su desempeño es acorde con los requerimientos de la Capacitación Docente y si reúne los requisitos que fundamentaron el reconocimiento que ostenta, conforme los criterios previamente establecidos para dicha evaluación. Los resultados de la evaluación serán incorporados al registro del Organismo Capacitador y, aquellos que aprueben la evaluación, continuarán impartiendo las capacitaciones que se les asignen, según los requerimientos de la entidad.
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**ARTÍCULO 3:** Este Resuelto comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, Decreto Ejecutivo 238 de 11 de junio de 2003 y Resuelto 1343 de 15 de marzo de 2017, es modificado por el Resuelto 1199 de 22 de marzo de 2018.
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