Por el cual se autoriza el funcionamiento al centro educativo particular denominado scala International schools, ubicado en la provincia de Panamá Oeste, distrito de Arraiján, corregimiento de vista alegre, calle principal, urbanización la Hacienda, para impartir educación en el primer nivel de enseñanza o educación básica general (preescolar y primaria), en la modalidad presencial, bajo el amparo de la sociedad anónima scala schools, S.A., debidamente registrada a folio No. 155664656 Del Registro Público, cuyo representante legal es el señor Juan Raúl humbert cabarcos.
**Artículo 2.** La autorización que se establece en el artículo anterior tendrá vigencia mientras
la institución educativa cumpla con las disposiciones relativas a la educación particular,
establecidas en el Título UI, Capítulo III, del Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de
Educación y su reglamentación contenida en el Decreto Ejecutivo No. 466 de 14 de agosto
de 2018.
**Artículo 3.** El representante legal del centro educativo particular denominado Scala
International Schools, queda obligado a notificarle previamente al Ministerio de Educación
cualquier cambio de los diseños curriculares, implementación de nuevas ofertas académicas
y el traslado de sus instalaciones a ul)..lugafdl'sÜnt~:........afsefialadp··;.:.en este Resuelto.
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Para su debido registro, el 9ué~o loéiil'deq.i~A·;eurrtp.lirpoif~l~~i·no~~s·'ci~ seguridad y demás
requisitos exigidos en la .ley y su reglamentaci:ó'n'. · · · · ·..
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firmará los certificados rif áipl0ttras:.~~P..e~i~6.s~.pof:q,.p~0 c~~!~P:'de én,s~fian;z~. .\
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Se advierte al repre$.entat\telegal del'6erifro·.~eq96.ati~9·qu~;,04e aGuerdoaFinJorme expedido
por la Coordinaci~n R~gi.o~al de IngenierJaji_\~iquit~_ciüta rip c:l~be contaf::coµ una matrícula
mayor a 344 estudiantes, ya que el atila no:-'.iX:~ederá.'r~tc~p,8;6idad máxim'it requerida según
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**Artículo 4.** En caso 4e·:,ciúre., el repr,esentaii~~\~i~l:;~cifiitá ~l r~gistro de lQ$:~luri1nos y toda
la documentación. reladonacl¡;i con
ftmciorlamiéht:cr·X.:fel . eetitro educ~tívÓ· a ia Dirección
Regional de Educacíórt'te~.p€ctiva. \ . ' · ·;
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**Artículo 5.** Este Resuelto empezará a r~g1f a parHid~ su ñf~a/ ·
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FUNDAMENTO DE DERECHO: Título III, Capítulo III, del Texto.Úhico de la Ley 47 de
1946, Orgánica de Educación elpecreto Ejecufrvo No. 466 de J4·de agosto de 2018.
y
COMUNÍQUESE Y
CÚMP~- .. . ~Ú-k_/>
MARUJA
GO~
VILLALOB01:,
Ministra de Educación
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Comunidad · Norma
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