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{"id":"resuelto-1997-67.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"ADOPTAR EL REGLAMENTO INTERNO QUE REGIRA AL GRUPO TECNICO DE TRABAJO SOBRE PLAGUICIDAS.","contenido":"ADOPTAR EL REGLAMENTO INTERNO QUE REGIRA AL GRUPO TECNICO DE TRABAJO SOBRE PLAGUICIDAS.","ini":0,"fin":87}
{"id":"resuelto-1997-67.aPrimero","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo Primero","contenido":"**Articulo Primero:** Se designa a RODOLFO AGUILERA\nFRANCESCHI, actual Viceministro, como Ministro de Gobierno ~9Justicia,\nEncargado, el 1 y 2 de warzo de 2001, inclusive, por ausencia de WINSTON\nSPADAFORA F,, titular del cargo, por motivos personales.\n\nArticulo Sepmlo : Se designa a MERCEDES DEL C, ZURITA A.,\nactual Secretaria Gerwal, como Viceministra de Gobierno j* Justicia,\nEwargada, rrlientras el titular ocupe el cargo de Ministro, Encargado,\n\nParápafo : Estas clesigmciortes rigen a partir de la toma de posesión del\ncargo.\n\nCOMUNiQUESk Y PüBLiQhESE.\n\nDado en la ciudad de Panamá, a los 23 dlas del mes de febrero de dos mil uno (2001.\n\nMINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO\nRESUELTO Ng ALP-067.ADM-97\n(De 9 de septiembre de 1997:\nEL MINISTFO DE DESARROLLO AGROPECUARIO\nen uso.Ce sus facultades legalés,\n\n**Considerando:**\nQue el Artículo 70 de la Ley No 47 del 09 dc julio de 1996,\nestablece que\nel Ministerio de Desarrollo Agropecuario ron\njuntamente con el Ministerio de Salud, efectuarán coordinã\ndamente las disposiciones relacionadas con la reglamentación\n'del uso de los plaguicidas.\nGaceta Oflclal, viernes 9 de marzo de 2001 N”24,257\n\nQue el Decreto Ejecutivo No 19 del 10 de abril de 1997, es-\n\nI\n\ndel Ministerio de Desarrollo Agropecuario\ny el Ministerio de 'Salud,,\nARTICULO SEGUNDO : 4 El Grupo Técnico de Trabajo tiene los siguientes objetivos:\na. Revisar, analizar\ny elaborar los requ&\nsitos’ para los ggiles,\ntrdmites adecua\ndos y transparentes en cumplimiento de\nla legislacih vigente.\nb. Coordinar todo Io.:concerniente a-los\ncontroles necksarios de ambas Instity\nciones ,en materia de plaguicidas para\nuso en la agricultura con énfasis en re\ngistro, producción y comercialización,\ny los éfectos a la salud y al ambiente.\n\nARTICULO TERCERO : El Grupo Técnico de Trabàjo tendrá las si\ngufentes funciones:\na. Emitir justificaciones tkcnicas sobre\nprohibici&, restricción y limitaciones\nen el registro, distribución y utilización\nde plaguicidas para uso en la agricultura,\nfundamentfindose en datos científicamente\nverificables.\nb. Establecer procedimientos para el registro,\nintroducción, distribucihn, servicios, actividades y aplicacibn de plaguicidas-para\n'uso en'la agricultura.\nc. Recomendar alternativas sustitutivas socioeconómicamente aceptables, en materia de\nplaguicidas problemáticos en su uso y mang\njo hacia el ser humano o al ambiente.\nN\"24,257 Gaceta Oficial, viernes 9 de marzo de 2001 15\n\nd. Revisar, analizar y emitir dictamen sobre\nlas solicitudes de registro de plaguicidas\npara uso en la agricultura.\ne. ManCener-una .base de datos y estadísticas\n\nreaomidnda a Iha inrtitucíh reepactiva el teag\nplazo correopondiente,\nLos suplentes, aei como sus representantes\nreemplazarán a los miembros principales en\nsus ausencias con todos los derechos.\nARTICULO SEPTIMO : Los dictAmenes del Grupo Técnico de Trabajo\nse emitirh por consenso debidamente fundamentado, los cuales serh presentados al ML\nnistro de Desarrollo Agropecuario :T I las -\ninstancias correspondientes.\nARTICULO OCTAVO : De requerirse la explicación tit: -.::..t~s $:\ntécnicos sobre temas específiz12s, :,; :;TY;~,J\nTécnico de Trabajo podrá invi-1,::. ;i p ; c!f e s ::.\nnales del ramo o afines.\nARTICULO NOVENO : La Dirección Nacional de Sanidtici T,'t?$~~;:t:\ndel Ministerio de Desarrollo AgropecL:il::.\nprocurará y dotará al Gru:jo Técnic6 i.i:a ,“:\nbajo de los recursos y medios para ~ik ¿'x!-\nplimiento de sus funciorltss. '\n\nLos recursos provendr5n del Fondo Es@eci.?.L\nde Protección Fitosanitaria (FEPROF).\n\nARTICULO DECIMO : El Grupo Técnico de Trabajo escoger5 un mien\nbro principal que actuará como coordinador:\npor un período de dos (2) años y SUS deberes\nserán los siguientes:\nGaceta Oficial, viernes 9 de Marzo de 2001 N”24,257\na. Prepaiar la agenda de trabajo mensual y\ndar seguimiento a las tarea8 del Grupo.\nb. Elaborar lar actas, dictbmener y mantener\nlos archivos correspondientes,\n\nARTICULO\nPRIMERO\n\nSEGUNDO\n\n“b\n.I,.. ,\nREGISTRESE, CIOMUNIQUFS\n%i\nY CUMPLASE\n\nCARL0S.A. SOUSA-LENNOX M.\nMinistro de Desarrollo Agropecuario\n\nViceministro de Desarr\n\nRESUELTO NPALP-‘008.ADM-99\n(De 4 de febrero de 1999j\n\nEL MINISTERIO DE DESARROLLO AGROPECUARIO\nen uso de sus facultades legales,\n\n**Considerando:**\nQue actualmente en el pais existen provlncias que se encuentran libres o\ninfestadas o infectadas de plagas reglamentadas, que pudieran causar danos\necon6micos a los cultivos, tales como hortalizas, frutales, bulbos, raíces,\ntub&culos y materiales de propagaci6n.","ini":99,"fin":4581}
