{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018","mirada":"publico","filas":9,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"RESOLUCIÓN SBP-RG-0001-2018 DE 2018 ( Marzo 21 ) Actualización 02/05/2018 EL SUPERINTENDENTE DE BANCOS INTERNO En uso de sus facultades legales y,","ini":37,"fin":183}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**CONSIDERANDO:**","ini":185,"fin":202}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que, mediante la Ley 38 de 31 de julio de 2000, se regula el Procedimiento Administrativo General; Que, el numeral 102 del Artículo 201 de la Ley 38 de 31 de julio de 2000, define la figura del Secretario (a) de Despacho y establece sus funciones; Que, mediante Resuelto 10 de 24 de julio de 2001 se creó la Secretaría de Despacho de la Superintendencia de Bancos y se establecieron sus funciones; Que, de conformidad con el Artículo 13 de la Ley Bancaria, el Superintendente es el representante legal de la Superintendencia y tendrá a su cargo la administración y el manejo de las gestiones diarias de dicha Institución; Que, es consideración de esta Superintendencia que, a fin de cumplir con los trámites de los procesos administrativos sancionatorios dentro de la Superintendencia de Bancos, se hace necesario asignar a un funcionario las funciones de Secretario de Despacho; Que, mediante Resolución SBP-JD-0016-2018 de 13 de marzo de 2018, se designó al licenciado GUSTAVO ADOLFO VILLA, como Superintendente Interino, del veintiuno (21) al veintiséis (26) de marzo de dos mil dieciocho (2018), o hasta que se reintegre a sus funciones el Superintendente titular; Que, en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Bancos Interino;","ini":204,"fin":1442}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**RESUELVE:**","ini":1444,"fin":1457}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"Resolución General SBP-RG-0001-2018","contenido":"Resolución General SBP-RG-0001-2018","ini":0,"fin":35}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.a1","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Asignar a la Licenciada SIBELY BONILLA , con cédula de identidad personal 8-730-234, Asesora Legal, las funciones inherentes al cargo de Secretaria de Despacho, única y exclusivamente, para cumplir con las gestiones y procesos administrativos sancionatorios dentro de la Superintendencia de Bancos.","ini":1459,"fin":1773}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.a2","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** La Secretaria de Despacho de la Superintendencia tendrá las siguientes funciones, sin perjuicio de que las mismas puedan ser delegadas a miembros de la Secretaría de Despacho, con la aprobación previa del Superintendente: a) Custodiar y velar por la protección adecuada de los documentos, papeles de trabajo, pruebas e instrumentos en general utilizados en la oficina, relacionados con la tramitación de los procesos administrativos sancionatorios; b) Autorizar con su firma entera, debajo de la cual expresará su cargo, todas las declaraciones, notificaciones, copias, diligencias y comisiones; c) Llevar o encargar a quien corresponda, la foliación correcta de los expedientes; d) Mantener un archivo ordenado y confiable de éstos; e) Llevar o encargar a quien corresponda la foliación correcta de los expedientes; f) Mantener el archivo ordenado y confiable de los expedientes contentivos de los procesos; g) Informar a las personas interesadas, abogados y pasantes debidamente autorizados, el estado de los procesos o consultas que se tramiten en el Despacho; h) Hacer las notificaciones personales de los procesos administrativos que se ventilan en esta Superintendencia o encargar a un funcionario para hacerlas bajo su responsabilidad; i) Firmar las citaciones que se expidan a las partes o a sus representantes para comparecer a diligencias que se llevarán a cabo dentro de los procesos administrativos sancionatorios; j) Firmar las notas que se expidan para entregar de copias; k) Las demás establecidas en la Ley 38 de 31 de julio de 2000.","ini":1775,"fin":3340}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.a3","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** La Secretaría de Despacho podrá solicitar colaboración a los abogados del Despacho y al personal de Secretaría.\n\n*Subrogado por resolucion general SBP-RG-0002-2018 de 2018, artículo 1.*","ini":3342,"fin":3543}
{"id":"resolucion-general-sbp-rg-0001-2018-2018.a4","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** La Secretaria de Despacho, podrá encomendar a otros funcionarios de la Gerencia las siguientes funciones: 1. Recibo y registro de documentos; 2. Apertura y foliación de expedientes; 3. Preparar reportes periódicos al Secretario (a) de Despacho sobre el estado de la tramitación de los mismos; 4. Brindar información y atención a las partes interesadas dentro de un proceso; y 5. Cualquier otra que se considere oportuno asignar. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 38 de 31 de julio de 2000. Artículo 13 de la Ley Bancaria. Acuerdo 5-2015; Acuerdo 9-2015 modificado por el Acuerdo 3-2017; Acuerdo 10-2015 modificado por el Acuerdo 1-2017 y Acuerdo 12-2015. Dada en la ciudad de Panamá, a los veintiún (21) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE\n\n*Subrogado por resolucion general SBP-RG-0002-2018 de 2018, artículo 1.*","ini":3545,"fin":4422}
