Resolución de Gabinete 41 de 1996
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Resolución de Gabinete 41 de 1996
**Artículo 1.** DECLARAR constituida en Zona de Desarrollo Turístico de Interés Nacional el área que se denomina Zona 2: Bastimentos y que se localiza al Norte de la Provincia de Bocas del Toro en el Archipiélago del mismo nombre. Abarca desde la península frente a Boca de Drago, hasta cerca del poblado de Tobobé en Península Valiente, incluyendo Isla Colón, Bastimentos, Cayos Nancy y Zapatilla en su totalidad y parcialmente Isla Cristóbal y Cayo Agua, cubriendo un área de 772.35km2 (77,234.69 has). Forma parte del Distrito de Bocas del Toro y los corregimientos de Bocas del Toro y Bastimentos. LA DELIMITACIÓN DE LA PoLIGoNAL DE LA ZoNA ES LA SIGUIENTE: Partiendo del punto 1 con coordenadas 09º26’05" N y 82º21’10" W, de allí con rumbo S 71º00’ E bordeando la punta a 150m. de la costa hasta llegar al punto 2 coordenadas 09º25’54" N y 82º20’34" W, de allí 5.7km hasta un punto 3 con coordenadas 09º27’28" N y 82º17’50" W al Norte de Cayo Cisne (Swan Cay). Sigue con rumbo S 44º00’E a una distancia aproximada de 1.3km., luego S 85º00’E a una distancia de 2.0km., sigue con rumbo N 79º00’ E a una distancia de 2.75km., sigue rumbo S 23º00’E a una distancia de 2.0km., sigue en dirección sur hasta llegar al punto 4 con coordenadas 09º21’31" N y 82º15’00 W, frente a Playa Flores o Playa Larga. Sigue el límite bordeando Isla Colón o Bocas del Toro a 150.0m. de la Costa, hasta llegar a un punto 5 con coordenadas 09º21’43" N y 82º14’12" W sobre la línea de profundidad tres (3) frente a playa Big Creek, sigue esta línea de profundidad rodeando Isla Carnero hasta el punto 6 con coordenadas 09º20’49" N y 82º13’26" W de allí atravesando el Canal de Bocas del Toro rodeando el Cabo Toro (Toro Point), sigue a 150.0m. Desde allí con rumbo S 58º00’ E a una distancia de 9.75 km., hasta llegar al punto 11 con coordenadas 09º12’48" N y 81º55’42" W, sigue el límite rodeando los Cayos Tiger y Tiger Rock para luego seguir en dirección S 54º00’E a una distancia de 3.25km., hasta el punto 12 con coordenadas 09º11’30" N y 81º53’23" W a 150.00m., de la Costa en Punta Cusapin, sigue el límite paralelo a la costa a una distancia de 150.00m. pasando frente a Punta Grape y Punta Avispa hasta rodear una isleta en Wanchi Bight para entrar, por la punta del mismo nombre, a tierra firme, en Península Valiente. Sigue con rumbo S 60º00’ W a una distancia de 3.25 km., hasta llegar a la Quebrada Tobobé, sigue el curso de la Quebrada Dobrori hasta desembarcar en una punta sin nombre para seguir el límite paralelo a la costa a una Distancia de 150.0m., hasta Playa Verde en el punto 13 con coordenadas 09º00’10" N y 81º56’56" W. De allí con rumbo N 85º00’ W con una distancia de 5.5Km. hasta llegar a Punta Piedra Roja en Cayo Agua para seguir por toda la costa hasta llegar a una playa sin nombre, en donde el límite pasará a 150.0m. de la costa para seguir, a 150m. Sigue el límite con rumbo W hasta llegar a Cayo Punta, en Isla Popa en el punto con coordenadas 09º10’34" N y 82º04’19" W para luego seguir por toda la costa hasta encontrar isletas de manglares, en donde el límite pasará a 100.0m., rodeando la Ensenada del Sólida, y pasando por las comunidades de Buena Vista, Coal Mine, el Canal del diablo, Ensenada Popa hasta el punto 16 con coordenadas 09º10’54" N y 82º09’25" W. De allí con rumbo W a una distancia de 2km., sigue con rumbo N 67º00’ W a una distancia de 1.0km., hasta llegar a tierra firme al punto 17 con coordenadas 09º11’04" N y 82º10’56 W, frente a la Bahía de Almirante. Sigue el límite por la costa hasta llegar al Canal Bocatorito en la curva de profundidad 10, sigue paralelo a las isleta de manglar hasta llegar a Isla San Cristóbal, en donde se incluye los manglares (100.0m. tierra adentro) que se encuentran sobre la costa de esta isla hasta el punto 18 con coordenadas 09º116‘48" N y encuentran sobre la costa de esta isla hasta el punto 18 con coordenadas 09º16’48" N y 82º15’31" W, sigue el límite con rumbo oeste, incluyendo Punta coco y las comunidades de Pleasant View y Botabite, sigue por la costa incluyendo los manglares (100.0m costa adentro) hasta llegar a el punto 19 con coordenadas 09º17’18" N y 82º17’27" W, sigue con rumbo N 23º00’ W a una distancia de 16.65Km hasta llegar a el punto 20 con coordenadas 09º25’45" N y 82º21’45" W, de allí con rumbo N 20º00’ E una distancia de 1.75 Km. hasta llegar al punto 1. Art.
**Artículo 2.** Art.
**Artículo 3.** Establecer los siguientes montos mínimos de inversión para las empresas que desean acogerse al régimen de incentivos para el desarrollo turístico de la Zona. a. Ciento cincuenta mil balboas (B/.150,000.00) para la construcción y equipamiento de hoteles. b. Cien mil balboas (B/.100,000.00) para la construcción y equipamiento de hoteles en áreas naturales. c. Quince mil balboas (B/.15,000.00) para la construcción y equipamiento de hostales familiares. d. Veinticinco mil balboas (B/.25,000.00) para la construcción y equipamiento de cabañas. e. Veinticinco mil balboas (B/.25,000.00) para la construcción y equipamiento de pensiones. f. Veinte mil balboas (B/.20,000.00) para la construcción y equipamiento de Restaurantes Turísticos. Art.
**Artículo 4.** Art.
**Artículo 5.** la extracción de arena o de cualquier otro mineral dentro de la Zona de Desarrollo Turístico. Art.
**Artículo 6.** El Instituto Panameño de Turismo elaborará en coordinación con las autoridades competentes los planes y normas de desarrollo turístico del área. Art.
**Artículo 7.** Art.
**Artículo 8.** Esta Resolución comenzará a regir a partir de su promulgación. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la ciudad de Panamá a los 13 días del mes de febrero de mil novecientos noventa y seis (1996).
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