El Secretario Nacional Encargado de la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), en uso de sus facultades legales,
**CONSIDERANDO:**
Que de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 13 de 1997, modificada por la Ley 50 de 2005 y la Ley 55 de 2007, se crea la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), como un organismo autónomo, con personería jurídica y patrimonio propio, sujeto a la orientación y política general del Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de la Presidencia. Que le compete a la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT), realizar los actos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y atribuciones de esta entidad, de acuerdo con lo que establece la referida excerta legal, la cual le otorga autonomía que garantiza a esta entidad la libertad en su gestión financiera y técnica, en su régimen interno, en el manejo de su patrimonio y en el ejercicio de sus funciones, y que la Contraloría General de la República ejercerá las funciones de fiscalización y control que establecen la Constitución y las leyes. Que mediante la Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, se declara Estado de Emergencia Nacional, como consecuencia de los efectos generados por la enfermedad infecciosa CoVID-19, causada por el coronavirus, y la inminencia de la ocurrencia de nuevos daños, producto de las actuales condiciones de esta pandemia. Que el Decreto Ejecutivo No. 472 del 13 de marzo de 2020, extrema las medidas sanitarias ante la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud, de la enfermedad infecciosa CoVID-19, causada por el coronavirus, e insiste en la suspensión de actividades, actos y eventos que conlleven la aglomeración de personas. Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 378 de 17 de marzo de 2020 se establecen medidas para evitar contagio del CoVID-19 en la administración pública, y se dictan disposiciones de obligatorio cumplimiento para los servidores públicos al servicio del Gobierno Central y de las entidades descentralizadas. Que la entidad considera oportuno, tomar medidas adicionales de índole administrativas, toda vez que en estos momentos el país se encuentra en un Estado de Emergencia Nacional, con relación a los procesos administrativos que se transmitan en la Institución. Que por lo antes expuesto, el Secretario Nacional Encargado de la Secretaría Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACYT),
**RESUELVE:**
Ar. 1. Ordenar la suspensión de los términos en todos los procesos administrativos que se tramitan ante la SENACYT, hasta nuevo aviso, en virtud del Estado de Emergencia Nacional, como consecuencia de los efectos generados por la enfermedad infecciosa CoVID.19, causada por el coronavirus, y la inminencia de la ocurrencia de nuevos daños, producto de las actuales condiciones de esta pandemia.
Resolución Administrativa 111 de 2020
**Artículo 2.** Esta Resolución Administrativa empezará a regir partir de su publicación en Gaceta Oficia. FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 13 de 1997, modificada por la Ley 50 de 2005, la Ley 55 de 2007, la Ley 67 de 13 de diciembre de 2018, Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, Decreto Ejecutivo No. 472 del 13 de marzo de 2020, Decreto Ejecutivo No. 378 de 17 de marzo de 2020, y Decreto Ejecutivo No. 685 de 5 de septiembre de 2019. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.