Legislación
Resolución 51973 de 2026: Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División↓ | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo PRIMERO | ARTÍCULO PRIMERO — Objeto. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 400 |
| Artículo SEGUNDO | ARTÍCULO SEGUNDO — Expediente electrónico. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 635 |
| Artículo TERCERO | ARTÍCULO TERCERO — Principios de seguridad, integridad y trazabilidad. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 2170 |
| Artículo CUARTO | ARTÍCULO CUARTO — Validez jurídica. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo QUINTO | ARTÍCULO QUINTO — Firma electrónica en el ámbito del Servicio Nacional de Migración. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 938 |
| Artículo SEXTO | ARTÍCULO SEXTO — Competencias constitucionales y legales. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 605 |
| Artículo SÉPTIMO | ARTÍCULO SÉPTIMO — Informe del Servicio Nacional de Migración. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 674 |
| Artículo OCTAVO | ARTÍCULO OCTAVO — Remisión electrónica al Ministerio de Seguridad Pública. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 736 |
| Artículo NOVENO | ARTÍCULO NOVENO — Actuaciones electrónicas del Ministerio de Seguridad Pública. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 610 |
| Artículo DÉCIMO | ARTÍCULO DÉCIMO — Remisión electrónica a la Presidencia de la República. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 556 |
| Artículo DÉCIMO PRIMERO | ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO — Actuaciones electrónicas de la Presidencia de la República. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 639 |
| Artículo DÉCIMO SEGUNDO | ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO — Integridad de documentos suscritos por autoridades externas al Servicio Nacional de Migración. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 798 |
| Artículo DÉCIMO TERCERO | ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO — Bloqueo de documentos firmados. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 885 |
| Artículo DÉCIMO CUARTO | ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO — Registro inalterable y trazabilidad. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1143 |
| Artículo DÉCIMO QUINTO | ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO — Código único de expediente y verificación pública. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1089 |
| Artículo DÉCIMO SEXTO | ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO — Original electrónico. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 571 |
| Artículo DÉCIMO SÉPTIMO | ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO — Protección de información. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 432 |
| Artículo DÉCIMO OCTAVO | ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO — Interoperabilidad. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 498 |
| Artículo DÉCIMO NOVENO | ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO — Juramentación e inscripción. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 703 |
| Artículo VIGÉSIMO | ARTÍCULO VIGÉSIMO — Conservación de la evidencia electrónica. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 508 |
| Artículo VIGÉSIMO PRIMERO | ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO — Contingencia. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 552 |
| Artículo VIGÉSIMO SEGUNDO | ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO — Implementación técnica. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 570 |
| Artículo VIGÉSIMO TERCERO | ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO — Manual del procedimiento. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 480 |
| Artículo VIGÉSIMO CUARTO | ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO — Vigencia. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 270 |
| Artículo VIGÉSIMO QUINTO | ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO — Esta resolución empezará a regir a partir de su promulgación en Gaceta Oficial. | Por la cual se adopta el Procedimiento Electrónico de Naturalización y se establecen disposiciones para la conformación, gestión, remisión, trazabilidad, seguridad, conservación y verificación de los expedientes electrónicos relacionados con solicitudes de Carta de Naturaleza | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 517 |
