Artículo 1ORDENAR la suspensión de los términos judiciales en los procesos y actuaciones que se tramitan en la Dirección General de Trabajo y en las Direcciones Regionales de todo el territorio nacional desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020, medida esta que puede ser prorrogada según lo sugieran las Autoridades Sanitarias del país.Leer +
**Artículo 1.** ORDENAR la suspensión de los términos judiciales en los procesos y actuaciones que se tramitan en la Dirección General de Trabajo y en las Direcciones Regionales de todo el territorio nacional desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020, medida esta que puede ser prorrogada según lo sugieran las Autoridades Sanitarias del país.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2SUSPENDER y reprogramar las audiencias y conciliaciones que debían efectuarse dentro del término descrito en el artículo anterior.Leer +
**Artículo 2.** SUSPENDER y reprogramar las audiencias y conciliaciones que debían efectuarse dentro del término descrito en el artículo anterior.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3BRINDAR, el servicio de las orientaciones laborales, a través de los medios digitales (MITRADEL DIGITAL) y comunicación telefónica.Leer +
**Artículo 3.** BRINDAR, el servicio de las orientaciones laborales, a través de los medios digitales (MITRADEL DIGITAL) y comunicación telefónica.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4AUTORIZAR al Director General de Trabajo y Directores Regionales para que apliquen las medidas contenidas en las instrucciones emitidas por éste Ministerio de conformidad a la Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, mediante la cual se declara el Estado de Emergencia Nacional, la ley 66 de 1947 que establece el control de todo factor insalubre a nivel nacional., y el Decreto Ejecutivo número 472 de 13 de marzo de 2020.Leer +
**Artículo 4.** AUTORIZAR al Director General de Trabajo y Directores Regionales para que apliquen las medidas contenidas en las instrucciones emitidas por éste Ministerio de conformidad a la Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, mediante la cual se declara el Estado de Emergencia Nacional, la ley 66 de 1947 que establece el control de todo factor insalubre a nivel nacional., y el Decreto Ejecutivo número 472 de 13 de marzo de 2020. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
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