{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2020-88-amp","mirada":"publico","filas":10,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**CONSIDERANDO:**","ini":0,"fin":17}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Autoridad Marítima de Panamá fue creada mediante el Decreto ley 7 de 10 de febrero de 1998, la cual tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía en su régimen interno; sujeto únicamente a las políticas, orientación e inspección del Órgano Ejecutivo y a la Fiscalización de la Contraloría General de la República.","ini":19,"fin":352}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Autoridad Marítima de Panamá es una entidad del Estado con personalidad jurídica propia, con autonomía en su régimen interno y capacidad para administración, tanto administrativamente como funcional, de recursos humanos y contratación directa, como presupuestaria y financiera.","ini":354,"fin":638}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que existen documentos varios como certificaciones de saldo y paz y salvo a solicitud de los diferentes usuarios de la Autoridad Marítima de Panamá. Por lo que hace necesario establecer el cobro del servicio de certificaciones de saldo y paz y salvo emitidos por la entidad, toda vez que este servicio involucra gastos de papelería, tinta y materiales de oficina y personal a disposición de estas solicitudes.","ini":640,"fin":1049}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el numeral 6, artículo 5 del Decreto Ley 7 de 10 de febrero de 1998, modificado por el artículo 185 de la Ley 57 de 6 de agosto de 2008, faculta a la Autoridad Marítima de Panamá a establecer tarifas por los servicios que preste.","ini":1051,"fin":1284}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo 18, numerales 3, 7 y 9 del Decreto Ley 7 de 10 de febrero de 1998, señala que son funciones de la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá, adoptar las políticas administrativas, científicas y tecnológicas que promuevan y aseguren la competitividad y la rentabilidad del sector marítimo y el desarrollo de sus recursos humanos; establecer la organización de la Autoridad, así como, estructurar, reglamentar, determinar, fijar, alterar e imponer tasas y derechos para los servicios que preste la Autoridad, por lo que","ini":1286,"fin":1828}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.a1","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** ESTABLECER el cobro de los siguientes servicios emitidos por la Autoridad Marítima de Panamá:\n\nCertificación de Saldo tendrá un costo de diez balboas con 00/100 (B/10.00) por cada emitida.\n\nPaz y Salvo tendrá un costo de diez balboas con 00/100 (B/10.00) por cada emitido.","ini":1830,"fin":2118}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.a2","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** FACULTAR a la Dirección de Finanzas para la emisión de certificaciones de saldo y Paz y Salvo a solicitud de usuarios externos de la entidad.","ini":2120,"fin":2277}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.a3","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** EXONERAR del pago de este servicios las solicitudes provenientes del Ministerio Público, Órgano Judicial, Defensoría del Pueblo, Procuraduría de la Administración y otra Institución Gubernamental que la requiera con carácter oficial.","ini":2279,"fin":2528}
{"id":"resolucion-2020-88-amp.a4","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** La presente resolución comenzará a regir a partir de su promulgación el Gaceta Oficial de la República de Panamá.\n\n**FUNDAMENTO DE DERECHO:** Constitución Política de la República de Panamá. Decreto Ley 7 de 10 de febrero de 1998. Ley 9 de 20 de junio de 1994. Ley 24 de 2 de julio de 2007. Ley 57 de 6 de agosto de 2008.","ini":2530,"fin":2867}
