Que establece una prórroga de manera temporal del periodo de vigencia de los documentos que se tramitan en la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, por razón del Estado de Emergencia Nacional, como consecuencia de los efectos generados…TipoResoluciónNúmero243Año2020Fecha24 mar 2020Gaceta28997-AEmisorDirección Nacional de Farmacia y DrogasArtículos4
**Artículo 1.** Se prorroga temporalmente el período de vigencia de los siguientes documentos que se tramitan en la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas, a partir de la fecha de la Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, hasta que duren las medidas.
Registros Sanitarios.
Certificado de Buenas Prácticas de Almacenamiento
Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación
Licencia de operaciones
Permisos Especiales para Estación de Medicamentos
Certificados de Inscripción de Materia prima
Licencia Especial de Sustancia Controladas (LESC)
Permiso de Importación, Exportación o Reexportación de Sustancias Controladas
Vales de Sustancias Controladas
Informe Mensual y Trimestral de Sustancias Controladas
**Artículo 2.** En cuanto al Registro Sanitario, esta medida se adoptará siempre y cuando los productos no hayan sufrido cambios que ameriten nuevo registro sanitario o cambios físicos-químicos por encima del 10% en los excipientes de la fórmula cualicuantitativa registrada anteriormente.
**Artículo 3.** Para el proceso de importación, se estarán recibiendo los siguientes documentos procedentes de los países afectados por el CoViD-19, sin las respectivas apostillas, estos documentos son: certificado de negatividad de dietilenglicol o etilenglicol, certificado de análisis de cada lote de producto biológico, certificado de liberación de lote del país de origen, certificado de negatividad del HIV y Hepatitis, certificado de análisis de materia prima, entre otros, mientras duren las medidas.
**Artículo 4.** Esta resolución entrará a regir a partir de su promulgación.
**FUNDAMENTO DE DERECHO:** Ley 1 de 10 de enero de 2001; Ley 14 de 19 de mayo de 2016, Decreto Ejecutivo 95 de 14 de mayo de 2019, Decreto Ejecutivo 183 de 8 de junio de 2018, Resolución de Gabinete de 1 de 13 de marzo de 2020, Acuerdo Número de 146 de 13 de marzo de 2020 de la Corte Suprema de Justicia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
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