{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2008-82-2008","mirada":"publico","filas":6,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2008-82-2008.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"No 26034","ini":0,"fin":8}
{"id":"resolucion-2008-82-2008.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Gaceta Oficial Digital, miércoles 07 de mayo de 2008","ini":10,"fin":62}
{"id":"resolucion-2008-82-2008.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"REPÚBLICA DE PANAMÁ\nMINISTERIO DE VIVIENDA\nRESOLUCIÓN No.82-2008\n(De 4 De abril De 2008)\n\"Por la cual se establece la servidumbre de una vía marginal propuesta entre calle existente y lotes afectados por el\nProyecto de Ensanche de la Carretera Interamericana, ubicados en el Corregimiento Guadalupe, Distrito de La Chorrera\".\nLA MINISTRA DE VIVIENDA\nEN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,\nCONSIDERANDO:\nQue el Ministerio de Obras Públicas, a través de la Oficina de Proyectos Especiales solicitó la certificación de la\nservidumbre aplicable para una vía de tránsito menor, cuya función principal es dar acceso a tres lotes ubicados en el\nCorregimiento Guadalupe, Distrito de La Chorrera, frente al Puente Vehicular y al acceso que comunica la Autopista\nArraiján - La Chorrera con la Carretera Interamericana;\nQue es competencia del Ministerio de Vivienda, de conformidad con el literal \"q\" del Artículo 2 de la Ley No.9 de 25 de\nEnero de 1973, levantar, regular y dirigir los planos regulares, lotificaciones, zonificaciones, urbanizaciones, mapas\noficiales, líneas de construcción y todos los demás asuntos que requiera la planificación de las ciudades, con la\ncooperación de los Municipios y otras Entidades Públicas;\nQue los tres lotes en referencia fueron afectados en su acceso por el Proyecto de Ensanche de la Carretera Interamericana\ntramo Arraiján - La Chorrera haciéndose necesario establecer una vía que permita a los dueños llegar a su propiedad;\nQue durante inspección al área se pudo observar que la afectación se puede resolver con una vía marginal entre una calle\nexistente cercana y los lotes afectados;\nQue en el Informe Técnico No.11-08 de 4 de abril de 2008 elaborado en la Dirección de Desarrollo Urbano se recomienda\nestablecer la marginal propuesta como acceso a los lotes afectados en referencia;\nQue en mérito en lo antes expuesto,\nRESUELVE.","ini":64,"fin":1925}
{"id":"resolucion-2008-82-2008.aPRIMERO","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo PRIMERO","contenido":"**ARTÍCULO PRIMERO:** Establecer una vía marginal de 5.00 mts de ancho entre una vía existente cercana y los lotes\nafectados por el Proyecto se Ensanche de la Carretera Interamericana para acceso a dichos lotes, ubicados en el\nCorregimiento Guadalupe frente al Puente Vehicular y al acceso que comunica la Autopista Arraiján - La Chorrera con la\nCarretera Interamericana.","ini":1927,"fin":2298}
{"id":"resolucion-2008-82-2008.aSEGUNDO","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo SEGUNDO","contenido":"**ARTÍCULO SEGUNDO:** Enviar copia autenticada de la presente Resolución a todas las Entidades que en una u otra\nforma participan coordinadamente en la aplicación de las normas de desarrollo urbano.","ini":2300,"fin":2498}
{"id":"resolucion-2008-82-2008.aTERCERO","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo TERCERO","contenido":"**ARTÍCULO TERCERO:** Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.\nFUNDAMENTO LEGAL: Ley No.9 de 25 de Enero de 1973.\nDada en la Ciudad de Panamá, a los 4 días del mes de abril de dos mil ocho (2008).\nCOMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,\nBALBINA HERRERA ARAÚZ\nMinistra de Vivienda\nDORIS ZAPATA A.\n\nViceministra de Vivienda","ini":2500,"fin":2857}
