{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2008-62-2008","mirada":"publico","filas":7,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2008-62-2008.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"No 26023","ini":0,"fin":8}
{"id":"resolucion-2008-62-2008.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Gaceta Oficial Digital, lunes 21 de abril de 2008","ini":10,"fin":59}
{"id":"resolucion-2008-62-2008.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"REPÚBLICA DE PANAMÁ\nMINISTERIO DE VIVIENDA\nRESOLUCIÓN No. 62 -2008\n(De 28 De marzo De 2008)\n\"Por la cual se aprueba la servidumbre vial para la conexión del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate con la troncal del\nCorredor Norte Fase II en el Corregimiento José D. Espinar del Distrito de San Miguelito\".\nLA MINISTRA DE VIVIENDA\nEN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,\nCONSIDERANDO:\nQue el Ministerio de Obras Públicas solicitó formalmente, la aprobación de la servidumbre vial para la conexión del\nRamal Lajas - Manuel F. Zárate con la Troncal del Corredor Norte Fase II, ubicado en las inmediaciones del Club de Golf\nen el Corregimiento José D. Espinar del Distrito de San Miguelito;\nQue es competencia del Ministerio de Vivienda, de conformidad con el literal \"q\" del Artículo 2 de la Ley No.9 de 25 de\nEnero de 1973, levantar, regular y dirigir los planos reguladores, lotificaciones, zonificaciones, urbanizaciones, mapas\noficiales, líneas de construcción y todos los demás asuntos que requiera la planificación de las ciudades, con la\ncooperación de los Municipios y otras Entidades Públicas;\nQue el Proyecto Corredor Norte Fase II contempla la conexión de la troncal con la vía Domingo Díaz a través de varios\nramales, entre ellos el Ramal Lajas - Manuel F. Zárate;\nQue se requiere la aprobación de la servidumbre del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate cuyos componentes son el\nintercambio Lajas y el Ramal Zarate que se extiende desde la entrada a la Urbanización Brisas del Golf, hasta la Estación\n19K + 460 de la troncal del Corredor Norte Fase II con una extensión de 1.2 kms;\nQue la implementación de ramales o vías transversales entre los corredores existentes y las principales vías longitudinales\nde la ciudad contribuye a disminuir los congestionamientos y mejorar la circulación vehicular en la ciudad;\nQue en el Informe Técnico No.8-2008 de 12 de Marzo de 2008 se concluye que es necesaria la aprobación de la\nservidumbre vial solicitada para la conexión del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate con la troncal del Corredor Norte Fase II;\nQue con fundamento en lo antes expuesto,\nRESUELVE:","ini":61,"fin":2145}
{"id":"resolucion-2008-62-2008.aPRIMERO","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo PRIMERO","contenido":"**ARTÍCULO PRIMERO:** Aprobar para la troncal del intercambio Lajas y para el Ramal Lajas - Manuel F. Zárate\nservidumbre de 50.00 mts de ancho indicado en los planos del proyecto.","ini":2147,"fin":2326}
{"id":"resolucion-2008-62-2008.aSEGUNDO","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo SEGUNDO","contenido":"**ARTÍCULO SEGUNDO:** Establecer para construcción, mantenimiento, conservación y otras actividades relacionadas con\nel funcionamiento del intercambio Lajas los siguientes polígonos, los cuales serán parte de la servidumbre del intercambio\ny del Ramal Lajas - Manuel F. Zárate.\nPOLÍGONO\n\nÁREA\n\nP-1\n\n2 Has +8365.829 m2\n\nP-2\n\n1 Has + 0500.583 m2\n\nP-3\n\n4 Has+ 6706.02 m2\n\nA\n\n18 Has+667.811 m2\n\nUBICACIÓN\nIntercambio Lajas\n\nRamal Zárate\nB\n\n4153.925 m2\n\nPARÁGRAFO: Será parte integrante de esta Resolución los planos del intercambio Lajas y Ramal Zárate sometidos por el\nMinisterio de Obras Públicas para la aprobación de servidumbre vial.\n\nNo 26023\n\nGaceta Oficial Digital, lunes 21 de abril de 2008","ini":2328,"fin":3023}
{"id":"resolucion-2008-62-2008.aTERCERO","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo TERCERO","contenido":"**ARTÍCULO TERCERO:** Enviar copia autenticada de esta Resolución al Ministerio de Obras Públicas y a todas las\nEntidades que en una u otra forma participan en forma coordinada en la aplicación de las normas de desarrollo urbano.","ini":3025,"fin":3254}
{"id":"resolucion-2008-62-2008.aCUARTO","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo CUARTO","contenido":"**ARTÍCULO CUARTO:** Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.\nFundamento Legal: Ley No.9 de 25 de Enero de 1973.\nDada en la ciudad de Panamá, a los 28 días del mes de marzo de dos mil ocho (2008).\nCOMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,\nBALBINA HERRERA ARAÚZ\nMinistra de Vivienda\n\nDORIS ZAPATA A.\nViceministra de Vivienda\nBHA/DZ/EM/oudem","ini":3256,"fin":3629}
