{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2003-399-minsa","mirada":"publico","filas":13,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.p1","orden":0,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**CONSIDERANDO:**","ini":0,"fin":17}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.p2","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el aborto es un delito que tiene penas señaladas en el Código Penal, el cual indica dos eximentes, a saber: cuando se trate de una violación carnal, acreditada en instrucción sumarial, y cuando existan graves causas de salud, que pongan en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción.","ini":19,"fin":323}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.p3","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el penúltimo párrafo del artículo 144 del Código Penal indica que, en los casos de salud, corresponderá a una comisión multidisciplinaria, designada por el Ministerio de Salud, determinar las causas graves de salud y autorizar el aborto.","ini":325,"fin":566}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.p4","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la norma citada contempla las excepciones, que permiten la realización de un aborto, y ordena que el aborto sea practicado por un médico en un centro de salud del Estado.","ini":568,"fin":742}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.p5","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el Resuelto 02007 del 2 de agosto de 1988 designó a los miembros que integran La Comisión Multidisciplinaria, encargada de autorizar la realización de abortos por graves causas de salud, que pongan en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción.","ini":744,"fin":1009}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.p6","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Resolución 1 del 21 de abril de 1989, suscrita por la Comisión Multidisciplinaria Nacional de Aborto Terapéutico, reglamentó el funcionamiento de la antes citada Comisión.","ini":1011,"fin":1189}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.p7","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que entre las funciones generales que le corresponden al Ministerio de Salud está la de mantener actualizada la legislación que regula las actividades del sector salud y las relaciones inter e intra institucionales, los reglamentos y normas para el funcionamiento de los servicios técnico administrativos y los manuales de operación que deben orientar la ejecución de los programas en el plano nacional, bajo patrones de funcionamiento de eficiencia comprobada.","ini":1191,"fin":1652}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.a1","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** La Comisión Multidisciplinaria, para la autorización de abortos terapéuticos por graves causas de salud que pongan en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción, estará integrada por:\n\n1. El jefe de la Sección de Salud Reproductiva del Departamento de Salud y Atención a la Población, de la Subdirección General de Salud de la Población, del Ministerio de Salud, que la coordinará.\n\n2. El jefe del Departamento de Obstetricia y Ginecología del Hospital Santo Tomás o quien éste designe.\n\n3. El jefe del Servicio de Obstetricia del Hospital Santo Tomás o quien éste designe.\n\n4. El jefe del Servicio de Obstetricia del Complejo Hospitalario Metropolitano de la Caja de Seguro Social, Dr. Arnulfo Arias Madrid o quien éste designe.\n\n5. Un representante del Centro de Diagnóstico Prenatal del Complejo Hospitalario Metropolitano de la Caja de Seguro Social.\n\n6. El jefe del Servicio de Neonatología del Hospital del Niño o quien éste designe.\n\n7. Un abogado de la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Salud.","ini":1654,"fin":2700}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.a2","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** La Comisión, en los casos en que estime necesario solicitará la participación de otros profesionales de la salud según se requiera para evaluar las solicitudes de aborto.","ini":2702,"fin":2888}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.a3","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** El miembro de la Comisión que manifieste impedimento de conciencia, podrá delegar la participación en la Comisión en otro servidor público de su unidad administrativa.","ini":2890,"fin":3073}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.a4","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** La Dirección General de Salud Pública elaborará las normas concernientes a los asuntos que serán de conocimiento de la Comisión Multidisciplinaria.","ini":3075,"fin":3238}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.a5","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** Se deja sin efecto el Resuelto 02007 del 2 de agosto de 1988 y la Resolución 1 del 21 de abril de 1989.","ini":3240,"fin":3359}
{"id":"resolucion-2003-399-minsa.a6","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 6","contenido":"**Artículo 6.** La presente Resolución empezará a regir desde su promulgación.\n\n**Fundamento de Derecho:** Código Penal, Código Sanitario, Decreto de Gabinete 1 de 15 de enero de 1979 y Decreto Ejecutivo 75 de 27 de febrero de 1969.","ini":3361,"fin":3593}
