{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2002-463","mirada":"publico","filas":16,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2002-463.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue basándose en el artículo 105 de la Ley 1 de 2001, “Sobre Medicamento\ny otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la.~potestad de los\nimportadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asu$os del\nConsumidor la revisión del Precicr de Referencias Topq el-keñor MANUEL\nFERRER MORGAN, con cédula ,de identidad personal No. 8-188-582,\nrepresentante legal de la empresa IÜWRICO S.A..,-sol’ioita incremento del\nPrecio de Referencia Tope del’ producto MINIPRES 1 MG TABLETAS,\nregistro sanitario # 43477, presentación Caja con 30 tabletas;","ini":73,"fin":652}
{"id":"resolucion-2002-463.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":",Que mediante el Decreto’ Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el\ncual se establecen los Precios de Referenkia Tope”, se estableció el Precio de\nReferencia Tope del producto MINIPRES 1 MG TABLETAS , presentación.\nCaja con 30 tabletas, en TRES BALBOAS CON NOVENTA Y SIETE\nCENTESIMOS(B/.3.97) x solicitan que sea CUATRO BALBOAS CON\nVEINTIDOS CENTESIMOS (B1.4.22);","ini":654,"fin":1023}
{"id":"resolucion-2002-463.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la empresa REPRICO S.A., aportó la documentación que detalla los\ncostos de .los productos, información necesaria para poder evaluar el\naumento del Precio de Referencia Tope;","ini":1025,"fin":1202}
{"id":"resolucion-2002-463.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,\n“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los\nMedicamentQs” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a\nlos cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de los\ndistribuidores y mayoristas a través de Resoluciones del Pleno de los\nComisionados, así como también disponer de los procedimientos que asean\nnecesarios para implementar las funciones encomendadas por la-Ley;\nw 24,660 Gaceta Of~eial, martes 15 de octibre de 2002 49","ini":1204,"fin":1829}
{"id":"resolucion-2002-463.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":": Que median& la Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001, modificada\n:por la Resolución No; PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 se estableció el\nInstructivo para la Aplicacibn de Criterios para Evaluar las Solicitudes de\nRevisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual\nestablece entre los criterios de validación en su numeral 4, literal c lo\nsiguiente:","ini":1831,"fin":2203}
{"id":"resolucion-2002-463.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"4. Aceptacih del porcentaje de incremento\nverificado de costos, ajustado por un criterio de\nrazonabilidad: S!: aplica solamente a los\nmedicamentos importados, independientemente de\ncuál sea el valor de RCV o de PI. El criterio de\nrazonabilidad, refleja ajustes en función de las\nsiguientes situaciones:\na .....,..,","ini":2205,"fin":2519}
{"id":"resolucion-2002-463.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"c. Cuando el precio tope actual sea igual al pre&o\npromedio del mercado en abril del 2001, se\nutiliza el precio calculado con los ajustes del .\ncaso (ajustes por relación de costo) y se\ninvestigarán los antecedentes del producto, los\ncuales .serán anex$cs al expediente.\n.l.JI","ini":2521,"fin":2797}
{"id":"resolucion-2002-463.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de analizada la documentación aportada, extensiones y sumas de\ntodas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado, la\nliquidación de aduana y comprobar los montos y asignáción de costos, del\nproducto MINIPRES 1MG TABLET’AS’regisFo s~itario~#4?477, así como\nlos Criterios para Evaluar las SoIí&&@le~,.~euisih de Precio de\nReferencia Tope de los Medicamentos, se ha podido demostrar que el Precio\nde Referencia Tope debe ser ajustado de TRES BALBOAS CON\nNOVENTA Y SIETE CENTESIMOS (B/.3.97) a CUATRO BALBOAS\nCON VEINTIDOS CENTESIMOS (IW.4.22);","ini":2799,"fin":3368}
{"id":"resolucion-2002-463.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de ‘as consideraciones antes expuestas y con el voto favorable de\nla mayoría de los Comisionados;","ini":3370,"fin":3477}
{"id":"resolucion-2002-463.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"RESUELVJC:\n.--r-“‘-. .\nel Precio de Referencia Tope del MINIPRES\nSanitario # 43477 presentación Caja con 30\nBALBOAS CON VEINTIDOS CENJESIMOS\n50 Gaceta Oficial, martes 15 de octubre de 2002 N”24,660","ini":3479,"fin":3676}
{"id":"resolucion-2002-463.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"SEGUNDO: ’ La empresa interesada podra interponer el Recurso de\nReconsideración ante el Pleno ‘de los Comisionados. De este recurso se\npuede hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la\nnotificación de esta resolución.","ini":3678,"fin":3914}
{"id":"resolucion-2002-463.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TERCERO: Esta Resolución entrara en vigencia quince (15) días después\nde su publicación en la Gaceta Oficial.","ini":3916,"fin":4025}
{"id":"resolucion-2002-463.p14","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDAMENTO DE DERECHO:","ini":4027,"fin":4049}
{"id":"resolucion-2002-463.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO MINIPRES 1MG TABLETAS","contenido":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO MINIPRES 1MG TABLETAS","ini":0,"fin":71}
{"id":"resolucion-2002-463.a105","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 105","contenido":"**Artículo 105.** de la Ley No, 1 de 10 de enero de 2001.","ini":4051,"fin":4108}
{"id":"resolucion-2002-463.a2","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** del Decreto EjecutivoNo. 15 de 9 de abril de 2001.\nLey 38 de 3 1 de julio de 2000.\nResolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.\nResolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.\n. ~-.\n\nN6TBfQUESE Y CÚMPLASE,\n\nComisionado\n6\n\n2-+-&-ec&ZG-4-GUSTAVO A. P ALE DES M.\nComisionado Comisionado\n\nDirector General err","ini":4110,"fin":4553}
