{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2002-422","mirada":"publico","filas":15,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2002-422.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue basándose en el artículo 105 de la Ley 1 de 2001, “Sobre,Medicamento\ny otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los\nimportadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el señor\nCHRISTIAAN G. DE HASETH, con cédula de identidad personal No. 8-\n205-1012, representante legal de la empresa C. G. DE HASETH Y CIA.,\nsolicita incremento del Precio de Referencia Tope del producto FLUCONAL\n1SOMG CAPSULAS registro sanitario # 39524, presentación Caja con, 1\ncápsulas ;","ini":75,"fin":665}
{"id":"resolucion-2002-422.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el\ncual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se establecib el Precio de\nReferencia Tope del producto FLUCONAL 150MG CApSULAS ,\npresentación Caja con 1 cápsulas ; en SIETE BALBOAS CON OCHENTA\nY NUEVE CENTESIMOS (BI.7.89) y solicitan que sea NLTEVE\nBALBOAS CON DIEZ CENTESlMOS (B/.9.10); -","ini":667,"fin":1033}
{"id":"resolucion-2002-422.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":",’","ini":1035,"fin":1037}
{"id":"resolucion-2002-422.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"/\n16 Gaceta Oficial, jueves 24 de octubre de 2002 N”24,667","ini":1039,"fin":1097}
{"id":"resolucion-2002-422.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la empresa C. G. DE HASETH Y CIA., aportó la documentación que\ndetalla los costos de los productos, infhrnación necesaria para poder evaluar\nel aumento del Precio de Referencia Tope;","ini":1099,"fin":1285}
{"id":"resolucion-2002-422.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,\n“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los\nMedicamentos” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a\nlos cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de los\ndistribuidores y mayoristas a través de Resoluciones del Pleno de los\nComisionados, así como también disponer de los procedimientos que sean\nnecesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley;","ini":1287,"fin":1854}
{"id":"resolucion-2002-422.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante la Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001, modificada\npor la Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 se estabkció el\nInstructivo para la Aplicación de Criterios para Evaluar las Solicitudes de\nRevisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual\nestablece entre los criterios de validación en su numeral 4, literal c lo\nsiguiente:","ini":1856,"fin":2225}
{"id":"resolucion-2002-422.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"4. Aceptación del porcentaje de incremento\nverificado de costos, ajustado por un criterio de\nrazonabilidad: Se apiica solamente 8 Iok\nmedicamentos importados, independientemente de\ncudl sea el valor de RCV o de PI. El critekio !de\nrazonabilidad, refleja ajustes en función de las\nsiguientes situaciones:\na. ... . .\nb, Cuando el Precio Calculado es menor que el Precio\npromedio del~Mercado en abril de 2001, se acepta el\nprecio calculado con los ajustes del caso(ajustes por\nrelación de costos).\nc . . .. .. ..","ini":2227,"fin":2736}
{"id":"resolucion-2002-422.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de anal&da~ la doghmentación aportada, extensiones y sumas de\ntodas las facturas, el porcentaje de impuesto de introduccih pagado, la\nliquidación de aduana y comprobar los montos y asignacih de costos, del\nproducto FLUCONAL 15OMG CAPSULAS, registro sauitario #~39524, así\ncomo los Criterios para Evaluar las Solicitudes de Revisión de Precio de,\nReferencia Tope de los Medicamentos, se ha podido demostrar que el Precio\nde Referencia Tope debe ser ajustado de SIETE BALBOAS CON\nOCHENTA Y NUEVE CENTESIMOS (B/.7.89) a OCHO BALBOAS\nCON NOVENTA Y UN CENTESIMOS (B/.8.91);\nNo 24,667 Gaceta Oficial, jueves 24 de octubrede 2002 17","ini":2738,"fin":3373}
{"id":"resolucion-2002-422.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"&e~ luego de las considerae~ones ‘antes expuestas y con el voto favorable de\nla mayoría de:.los Comisionados; -","ini":3375,"fin":3486}
{"id":"resolucion-2002-422.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Resuelve:**\nPRIMERO: AJUSTAR el Precio de Referencia Tope del producto\nFLU$XJNAL 150MG CAPSULAS Registro Sanitario # 39524, presentación\n1 Caja” co>!>, cápsulas, a OCHO BALBOAS CON NOVENTA Y UN\nCENTES~~S,(B/.8.91).\nSEGUNDO: La empresa interesada ~po& interponer el- Recurso de\nReconsideración ante el Pleno de 10s~Comisionados. jo,De este~~recurso se\npuede hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la\nnotificación de esta resolución , .,\n“2 .~,,\nTERCERO: Esta Resolución entrara en vigencia quince (15) días despk%\nde su publicación en la Gaceta Of$iaL :","ini":3488,"fin":4063}
{"id":"resolucion-2002-422.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDAMENTO DE DERECHÓ:","ini":4065,"fin":4087}
{"id":"resolucion-2002-422.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FLUCONAL 150MG CAPSULAS","contenido":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FLUCONAL 150MG CAPSULAS","ini":0,"fin":73}
{"id":"resolucion-2002-422.a105","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 105","contenido":"**Artículo 105.** de la Ley No. 1.de 10 de enero de 2001.","ini":4089,"fin":4146}
{"id":"resolucion-2002-422.a2","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.\nLey 38 de 31 de julio de 2000.\nResolución No. PC-24 de 19 de jubo de 2001 de la Comisi6n de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.\nResolución.No.~PC-138A-fQde 9 de mayo de 2002 de la Comisi6n de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor. !. ,I ;. I.\n* NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,\n1\n\nComisionado y;!.;c<$8 ,)’ ,, I !,,l’ , :\n\nags;3;,, :a GUSTAVO Comisionado Comisionado ‘~\n\nJOSÉ SIkSON HIU Director General en funciones de Secretario : i..^ ,. i,,’ 1‘\\","ini":4148,"fin":4669}
