{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2002-413","mirada":"publico","filas":14,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2002-413.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue basándose en el artículo 105 de la Ley 1 de 2001, “Sobre Medicamento\ny otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los\nimportadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el señor\nCHRISTIAAN G. DE HASETH, con cédula de identidad personal No.‘ X-\n205-1012, representante legal de la empresa C. G. DE HASETH Y CIA.,\nsolicita incremento del Precio de Referencia Tope del producto KALMAN\nD 600MG CAPSULAS registro sanitario # 39856, presentación Caja con\n60 Cápsulas;","ini":75,"fin":665}
{"id":"resolucion-2002-413.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el\ncual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estableció el Precio de\nReferencia Tope del producto KALMAN D 600MG CAPSULAS,\npresentación Caja con 60 Cápsulas., en SIETE BALBOAS CON\nNOVENTA Y SEIS CENTESIMOS (B/.7.96) y solicitan que sea OCHO\nBALBOAS CON TREINTA Y SEIS CENTESIMOS (B/.8.36);\ni\nQue la empresa C. G. DE HASETH Y CIA., aportó la documentación que\ndetalla los costos de los productos, información necesaria para poder evaluar\nel aumento del Precio de Referencia Tope;","ini":667,"fin":1227}
{"id":"resolucion-2002-413.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,\n“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los\nMedicamentos” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a\nlos cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de IOS\ndistribuidores y mayoristas ea través de Resoluciones del Pleno de 10s\nComisionados, así como también disponer de los procedimientos que sean\nnecesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley;\n4.663 Gaceta Oficial. viernes 1X de trctuhre dr 2002","ini":1229,"fin":1850}
{"id":"resolucion-2002-413.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante la Resoldción No. PC-24 de 19 de julio de 2001, modificada\npor la Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 se estableció el\nInstructivo para la Aplicación de Criterios para ‘Evaluar las Solicitudes de\nRevisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual\nestablece entre los criterios de validación en su numeral 4, literal c 10\nsiguiente:","ini":1852,"fin":2223}
{"id":"resolucion-2002-413.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"4. Aceptación del porcentaje de incremento\nk~eriticado de costos, ajustado por un criterio de\nrazonabilidad: Se aplica solamente a los\nmedicamentos importados, independientemente de\ncuál sea el valor de RCV o de PI. El criterio de\nrazonabilidad, refleja ajustes en función de las\nsiguientes situaciones:\na\nb. Cuando el Precio Calculado es menor que el Precio\npromedio del Mercado en abril de 2001. se acepta el\nprecio c,alculado con los ajustes del caso(ajustes por\nrelación de costos). ;Ir\nCh","ini":2225,"fin":2718}
{"id":"resolucion-2002-413.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de analizada la documentación aportada, extensiones y sumas de\ntodas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado. la\nliquidación de aduana y comprobar los montos y asignación de costos, del\nproducto KALMAN D 600MG CAPSULAS, registro sankio ti 39836. asi\ncomo los Criterios para Evaluar las Solicitudes de Revisien de Precio de\nReferencia Tope de los Medicamentos, se ha podido demostrar que el Precio\nde Referencia Tope debe ser ajustado de SIETE BALBOPIS (‘0%\nNCVENTA Y SEIS CENTESIMOS (Bi’.7.96j a OCHO BALBOAS CON\nTREINTA Y CUATRO CENTESIMOS (B/.8.34);","ini":2720,"fin":3304}
{"id":"resolucion-2002-413.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de las’consideraciones antes expuestas >’ cm el wto fa\\wabir dc\nla mayoría de los Comisionados; .","ini":3306,"fin":3413}
{"id":"resolucion-2002-413.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Resuelve:**\n:‘,\\,\nPRIMERO: ‘j, AJUSTAR el Precio dc Referencia Topc del pr~dl~:~~!\n@UMAND 600MG CAPSULAS Registro Sanitario F 39S5h IIIL.W:~~I;I,,I\n1~\nCa$ con 60 Cápsulas a OCHO BALBOAS CON TREINTA !. (‘: \\ I ”\nCENTESIMOS (B/.8.34).\n24 Gaceta Okial. vienes 18 de octubre de 2002 NT4.1","ini":3415,"fin":3701}
{"id":"resolucion-2002-413.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"SEGUlhO: La empresa iuteresada po& interponer el Recurso de\nReconsideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recurso se\npuede hacer uso dentro de los cinco (5) dhs Mbfles siguientes a la\nnotificación de esta resolución.","ini":3703,"fin":3932}
{"id":"resolucion-2002-413.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TERCERO: Esta Resolución entrará en vigencia quince (15) días despu&\n. de su publicacih en la Gaceta Oficial. :,.","ini":3934,"fin":4047}
{"id":"resolucion-2002-413.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDAMENTO Di DERECHO: -i 1.","ini":4049,"fin":4077}
{"id":"resolucion-2002-413.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO KALMAN D 600MG CAPSULAS","contenido":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO KALMAN D 600MG CAPSULAS","ini":0,"fin":73}
{"id":"resolucion-2002-413.a105","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 105","contenido":"**Artículo 105.** de la Ley No. 1 de 10 de enero de 2001.","ini":4079,"fin":4136}
{"id":"resolucion-2002-413.a2","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de iOO1.\nLey 38~de 31 de julio de 2000. ‘. :, Resoluci6n No. PC-24 de 1.9.dejulio de 2001 de la.Comisión de Libre Competencia y Asuntos del .Consumidor.\nResolución No: TC-138A-02~ de 9 de mayo & 2002 de la Comi&n de Libre timpete&ti y Asuntos del Consumidor: -- * I.\nNOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,\n\n. / ,.\n.~ Comisionado\n\ncCÉSAR A. CONST Comisionado Comisionado\n\nDirector General en fuaciones ;de Sewetario .,;","ini":4138,"fin":4600}
