{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2002-411","mirada":"publico","filas":16,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2002-411.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue basándose en el arkulo 105 de la Ley 1 de 2001, “Sobre Medicamento\ny otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad.de los\nimportadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nCofisumidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el s&or\nCHRISTIAAN G. DE HASETH, con cédula de identidad personal No. S-\n2051012, representante legal de la empresa C. G. DE HASETH Y CIA.,\nsolicita incremento del Precio de Referencia Tope del producto’.\nLEVAMIZOLE INFANTIL 50MG TABLETAS registro sanitario # 19343,\npresentación Caja con 2 tableta;","ini":85,"fin":681}
{"id":"resolucion-2002-411.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el\ncual se establecen los Precios de Referencia Tope“, se estableció el Precio de\nReferencia Tope del producto LEVAMIZOLE INFANTIL 5OMG\nTABLETAS, presentación Caja con 2 tableta., en NOVENTA Y SEIS\nCENT,EhMOS (B/.0.96) y solicitan que sea UN BALBOA CON OCHO\nCENTESIMOS (B/. 1.08);","ini":683,"fin":1032}
{"id":"resolucion-2002-411.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que hempresa C. G. DE HASETH ?’ CIA.; aportó la documentación que\ndetalla 10s costos de los productos, información necesaria para poder evaluar\nel aumento del Precio de Referencia Tope;","ini":1034,"fin":1219}
{"id":"resolucion-2002-411.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,\n“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los\nMedicamentos” ordena a la Comisión de Libre Cotipetencia y Asuntos del\nConsumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a\nlos cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de los\ndistribuidores y mayoristas a travks de Resoluciones del Pleno de los\nComisionados, así como también disponer de los procedimientos que sean\nnecesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley;\nQue mediante la Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001, modificada\npor #a Resblución No. PC-l 38A-02 de 9 de mayo de 2002 se ,estaSleció el\nInstructivo para la Aplicación de Criterios para Evaluar las Solicitudes de\nw24,663 Gaceta Ofícial, viernes 18 de octubre de 2002 17","ini":1221,"fin":2067}
{"id":"resolucion-2002-411.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Revisih & Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual\nestablece entre los criterios de validación en su numera.,4, literal c 10\nsiguiente:","ini":2069,"fin":2218}
{"id":"resolucion-2002-411.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"4. Aceptación del porcentaje de ¡ncremMo\nverificado de costos, .ajustido por un criterio de\nrazonabilidad: Se aplica solamente a los\nmedicamentos importados, independientemente de\ncuál. sea el valor de RCV o de PI. El criterio de\nrazonabilidad, refleja ajustes en funci6n de las\nsiguientes situaciones:\na .. . ....\nb. Cuando el Precio Calculado es menor que el Precio\npromedio del Mercado en abril de 2001, se acepta el\nprecio calculado con los ajustes del caso(aj&es por’ ’\n.\nrelación de costos).\nc . ..\n.\nQue luego de analizada la doc$entacióo aportada, extensiones y sumas de\ntodas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado, la\nliquidación de aduana y comprobar los montos y asignaci6n de costos, del\nproducto LEVAMIZOLE INFANTIL SOMG/TABLETAS, registro sahtario","ini":2220,"fin":3006}
{"id":"resolucion-2002-411.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, se ha podido demostrar\nque el Recio de Referencia Tope debe ser ajustado de NOVENTA Y SEIS\nCENTESIMOS (B/.O.96) a UN BALBOA CON OCHO CENTESIMOS\n(Bi. 1.08);","ini":3083,"fin":3285}
{"id":"resolucion-2002-411.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de las consideraciones antes expuestas y con el voto favorable de\nla mayoría de los Comisionados;\n‘. >\nIiESUELVE:","ini":3287,"fin":3410}
{"id":"resolucion-2002-411.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PRME,RO: AJUSTAR el Precio de Referencia Tope del producto\n.LEyAMIZ?LE ‘INFANTIL SOMG TABLETAS Registro Sanitario #\n“19343, presbptación Caja con 2 tableta a UN BALBOA CON OCHO\n.CJZQ’ESIMO~ (B/. 1.08).\n:","ini":3412,"fin":3615}
{"id":"resolucion-2002-411.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"SEGUNW): La empresa interesada podrá interponer el Reoti de\nReconsideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recm-so se\npuede hacer uso dentro de los cinco (5). dias miles si@n&~ a la\nnotificación de esta resolución.\n1X Gaceta Ricial, Gxmcs 18 de octubre de 2002 N-24,663","ini":3617,"fin":3898}
{"id":"resolucion-2002-411.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TERCERO: Esta Resolución entrará en vigencia quince (15) días después\nde su publicación en la Gaceta Oficial.\n<","ini":3900,"fin":4011}
{"id":"resolucion-2002-411.p14","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDAMENTO DE DERECHO:","ini":4013,"fin":4035}
{"id":"resolucion-2002-411.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO LEVAMIZOLE INFANTIL 50MG TABLETAS","contenido":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO LEVAMIZOLE INFANTIL 50MG TABLETAS","ini":0,"fin":83}
{"id":"resolucion-2002-411.h1","orden":8,"tipo":"titulo","etiqueta":"19343, así como los Criterios para Evaluar las Solicitudes de Revisión de","contenido":"19343, así como los Criterios para Evaluar las Solicitudes de Revisión de","ini":3008,"fin":3081}
{"id":"resolucion-2002-411.a105","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 105","contenido":"**Artículo 105.** de la Ley No. 1 de 10 de enero de 2001.","ini":4037,"fin":4094}
{"id":"resolucion-2002-411.a2","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.\nLey 38 de 3 1 de julio de 2000.\nResolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.\nResolución No. PC-13SA-02 de 9 de mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor\n\nNOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,\n\n-Ji-RENÉ LUCIANI Comisionado L.\n\nc’ #$Q&¿L CÉSAR A. CONST CuiEV, A. IGREDES M.\nComisionado Comisionado\n\n2izgL Director General en fun iones de Secretario","ini":4096,"fin":4589}
