{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2002-396","mirada":"publico","filas":14,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2002-396.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue basándose en el artículo 105 de la Ley 1 de 2001, “Sobre Medicamento\ny otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los\nimportadores de so!icitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la revisión del Precio de Referencia .Tope, el señpr\nCHRISTIAAN G. DE HASETH, con cédula de identidad personal No. S-\n205-1012, representante legal dela empresa C. G. DE HASETH Y CIA.,\nsolicita incremento del Precio de Referencia Tope del producto LAXIFEN\nTABLETAS, registro sanitario # 36171, presentación Caja con 50 tabletas.;","ini":68,"fin":652}
{"id":"resolucion-2002-396.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el\ncual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estableció el Precio de\nReferencia Tope del producto LAXIFEN TABLETAS, presentación Caja\ncon 50 tabletas, en OCHO BALBOAS CON NOVENTA Y TRES\nCENTESIMOS (Bi.8.93) y solicitan que sea DIEZ BALBOAS CON\nSETENTA Y OCHO CENTESIMOS (B/.10.78);","ini":654,"fin":1017}
{"id":"resolucion-2002-396.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la empresa C. G. DE HASETH Y CIA., aportó la documentación que\ndetalla los costos de los productos, información necesaria para poder evaluar\nel aumento del Precio de Referencia Tdpe;","ini":1019,"fin":1205}
{"id":"resolucion-2002-396.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo segundo del’Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,\n“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los\nMedicamentos” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a\nlos cuales deben’ comercializarse los medicamentos por parte de los\ndistribuidores y mayoristas a través de Resoluciones del Pleno de los\nComisionados, así como tambih disponer de los procedimientos que sean\nnecesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley;\n-\nv 24,661 GaeecpOflebd, m&coles 16 de octubre de 2002 ll","ini":1207,"fin":1832}
{"id":"resolucion-2002-396.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante la Resolución No. FC-24 de 19 de julio de 2001, modificada\npor la Resoluci6n No: PC-1~38A-02de 9 &mayo &,2002 .ti ‘k%abki6 el\nInstructivo para la Aplicaci6n de Criterios para Evaluar las iSolicitudes de\nRevisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual\nestablece entre los criterios de valklaci6n en su mumal 4, lit&zal c 10\nsiguiente: I\n((.. :,. .<\n4. Aceptación del pokentaje de~~%wemeato\nverificado de,costos, ajustado Ipor ua criterio ‘de\nrazonahidad: Se !~aplica, sohmente:f:~a los\nmedicamentos importados, indepexidientemente de.\ncuál sea el valor de RCV o de PI. El criterio de;\nrazonabilidad, refleja ajustes en función de las\nsiguientes situaciones:\na . ..... .<,~ 1 :, >.’ i? ~,;\nb. Cuando el Precio Calculado es menor que el Precio\npromedio del Mercado en abril de 2001, se acepta el\nprecio caknlado con los ajustes del caso(ajustes por\nrelacion de costos). *\nc.","ini":1834,"fin":2737}
{"id":"resolucion-2002-396.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de analizada la documentación aportada, extensiones y sumas de\ntodas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado, la\nliqt@acián de aduana y comprobar los montos y asignación de costos, del\nproducto LAXIFEN TABLETAS, registro sanitario # 36171, así como los\nCriterios para Evaluar las Solicitudes de Revisión de Precio de Referencia\nTope de los Medicamentos, se ha podido demostrar que el Precio de\nReferencia Tope debe ser ajustado de OCHO BALBOAS CON NOVENTA\nY TRES CENTESIMOS (B/.8.93) : a DIEZ BALBOAS CON SESENTA Y\nSIRTE CENTESIMOS (B/,10.67); --","ini":2739,"fin":3318}
{"id":"resolucion-2002-396.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de las consideraciones antes expuestas y con el voto favorable de\nla mayoria de los Comisionados; .\n,,~-- ‘. .","ini":3320,"fin":3440}
{"id":"resolucion-2002-396.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":".*\n**Resuelve:**\n..\nPRIMERO: i, ‘AJUSTAR el Precio de Referencia Tope del producto\ntAXIFBN,TAl3LETAS, Registro Sanitarlo # 3617 1, presentacibn Caja con\n50 tabletas: ‘a DIEZ BALBOAS CON SESENTA Y SIETE CBNTESIMOS\n(B/10.67). .’","ini":3442,"fin":3668}
{"id":"resolucion-2002-396.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Sl33UNJ.h La’ empresa interesada pcdrd interponer el Recurso de\nReconsideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recurso se\npuede hacer uso dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la\nnotificación de esta resolución.\n12 Gaceta Oficial, miércoles 16 de octubre de 2002 N”24,661\n, *","ini":3670,"fin":3969}
{"id":"resolucion-2002-396.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TERCERO: Esta Resolucibn entrar& en vigencia quince (15) días despuks\nde su publicach en la Gaceta Oficial.","ini":3971,"fin":4078}
{"id":"resolucion-2002-396.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDAMENTO DE DERECHO:","ini":4080,"fin":4102}
{"id":"resolucion-2002-396.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO LAXIFEN TABLETAS","contenido":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO LAXIFEN TABLETAS","ini":0,"fin":66}
{"id":"resolucion-2002-396.a105","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 105","contenido":"**Artículo 105.** de la Ley No. 1 de 10 de enero de 2001.","ini":4104,"fin":4161}
{"id":"resolucion-2002-396.a2","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.\nLey 38 de 31 de julio de 2000.\nResolución No. PC724 de 19 de julio de 2001 deila Comisión de Llhe Competencia y Asuntos del .Consumidor. .;.I“;~ 8 Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de .2002 de la Comisión de Libre Competencia’ y Asuntos del Consumidor.\n\nNOTIFfQUESE Y CÚMPLASE,\n\n,\nb-& RENÉ LUCIANI L.\nComisionado\n\nc CÉSAR A. CONST Comisionado Co&io~o .:;:‘-)\n‘.\n\n7 ,\n\nDirector General en fknhones de Secretaxio\n\nRJBOLUCION P.C. No. 397-02 (Panamh 9 de Septiembre de 2002)\n\n“AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO KALMAN A.P. 1,SOOMG”\n\nEl Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y;\n\n**Considerando:**","ini":4163,"fin":4928}
