{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2002-346","mirada":"publico","filas":15,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2002-346.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue basándose’en el artículo 105 de la Ley 1 de 2001, “Sobre Medicamento y\notros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los\nimportadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el seflor RICAURTE\nE. SAVAL R, con cédula de identidad peTsona1 No. 8-140-613,\nrepresentante legal de la empresa DROGUERIA SARO, S.A., solicita\nincremento del Precio- de Referencia Tope del producto ZOCOR 10MG -\nTABLETAS, registro sanitario #50839, presentacibn caja con 20 tabletas;","ini":83,"fin":664}
{"id":"resolucion-2002-346.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el cual\nse establecen los Precios de Referencia Tope”, se estableció el Precio de\nReferencia Tope del producto ZOCOR 10 MG TABLETAS, presentación\ncaja con 20 tabletas, en VEINTICINCO BALBOAS CON VEINTICUATRO\nCENTÉSIMOS (B/.25.24) y solicitan que sea VEINTIOCHO BALBOAS\nCON OCHO CENTÉSIMOS (l3/.28.08);","ini":666,"fin":1036}
{"id":"resolucion-2002-346.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la empresa DROGUERÍA SARO S.A., aportó la doctientación que\ndetalla los costos de los productos, informacihn necesaria para poder evaluar\nel aumento del Precio de Referencia Tope;","ini":1038,"fin":1221}
{"id":"resolucion-2002-346.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,\n“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los\nMedicamentos” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del\nConsumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a\nlos cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de 10s\ndistribuidores y mayoristas a través de Resoluciones del Pleno de los\nComisionados, asi como también disponer de los procedimientos que sean\nnecesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley;","ini":1223,"fin":1790}
{"id":"resolucion-2002-346.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante la Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001, modificada\npor la Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 se estable& el\nInsíructivo para la Aplicación de Criterios para Evaluar las Solicitudes de\nRevisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual\nestablece eritre los criterios de validacih en su’ numeral 4, literal a lo\nsiguiente:\n38 Gaceta Oficial, lunes 26 de agosto de 2002 N”24,624","ini":1792,"fin":2216}
{"id":"resolucion-2002-346.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"4. Aceptación del porcentaje de incremento\nverificado de costos, ajustado por un criterio de\nrazonabilidad: Se aplica solamente a los\nm.edicamentos importados, independientemente de\ncuál sea el valor de RCV o de PI. El criterio de\nrazonabilidad, refleja ajustes en función de las\nsiguientes situaciones:","ini":2218,"fin":2521}
{"id":"resolucion-2002-346.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a. Cuando el Precio Calculado es mayor que el\nPrecio Promedio del mercado en abril de 2001,\nse acepta este ultimo precio.","ini":2523,"fin":2644}
{"id":"resolucion-2002-346.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que luego de analizada la documentación aportada, extensiones y sumas de\ntodas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado, la\nliquidación de aduana y comprobar los montos y asignación de costos, del\nproducto ZOCOR 10MG TABLETAS, registro sanitario # 50839, así como\nlos Criterios para Evaluar las Solicitudes de Revisión de Precio de Referencia\nTope de los Medicamentos, se ha podido demostrar que el Precio de\nReferencia Tope debe ser ajustado de VElNTIClNCO BALBOAS CON\nVEINTICUATRO CENTÉSIMOS (B/.25.24) a VEINTISIETE BALBOAS\nCON DOS CENTÉSIMOS (B/.27.02);\n.\nQue luego de las consideraciones antes expuestas y-con el voto favorable de\nla mayoria de los Comisi,onados;","ini":2646,"fin":3336}
{"id":"resolucion-2002-346.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Resuelve:**\nPRIMERO: AJUSTAR el Precio de Referencia Tope del producto\nZOCOR 10MG - TABLETAS, Registro Sanitario # 50839, presentación\ncaja con 20 tabletas, a VEINTISIETE BALBOAS CON DOS\nCENTÉSIMOS (B/.27.02).","ini":3338,"fin":3549}
{"id":"resolucion-2002-346.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"SEGUNDO: La empresa interesada podrá interponer el Recurso de\nReconsideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recurso se puede\nhacer uso dentro de los cinco (5) dias hábiles siguientes a la notificación de\nesta resolución.","ini":3551,"fin":3784}
{"id":"resolucion-2002-346.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TERCERO: Esta Resolución entrará en vigencia quince (15) días despu&\nde su publicación en la Gaceta Oficial.\nN” 24,624 GacetaOficial, lunes 26 de agostode 2002 39","ini":3786,"fin":3948}
{"id":"resolucion-2002-346.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDAMENTO DE DERECHO:","ini":3950,"fin":3972}
{"id":"resolucion-2002-346.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO ZOCOR 10MG CAJA CON 20 TABLETAS","contenido":"AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO ZOCOR 10MG CAJA CON 20 TABLETAS","ini":0,"fin":81}
{"id":"resolucion-2002-346.a105","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 105","contenido":"**Artículo 105.** de 1aLeyNo. 1 de 10 de enero de 2001.","ini":3974,"fin":4029}
{"id":"resolucion-2002-346.a2","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.\nLey 38 de 31 de julio de 2000.\nResolucih No. PC-24 de 19 de julio de 2001 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.\nResolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.\n\nNOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, \\.\n46 ,~:\nRENÉ LUCXANI L.\nComisionado\n\n&?ZG Comisionado Comisionado\n\nJOSÉ SIMPS4N HIU Director General en funciones de Secretario\n\nRESOLUCIÓN P.C. No. 323 -02 (Panamá, 24 de Julio de2002)\n\nEl Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y;\n\n**Considerando:**","ini":4031,"fin":4704}
