{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2001-28-anam","mirada":"publico","filas":63,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"N”24,244 Gaceta Oficial, viernes 16 de febrero de 2001 1s","ini":0,"fin":57}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"l Por las Organizaciones no Gubernamentales Ambientalistas, de\nDerechos Humanos o Clubes Civicos del Distrito: Artemio Rodriguez\nde UNDEPROC, como principal y a Yadira Fergusom de ARCESAM\ncomo su suplente.","ini":59,"fin":264}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"l Por el Consejo Municipal Elsa Cajar. Héctor Carrasquilla, Pablo\nGonzales.","ini":266,"fin":341}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO SEGUNDO: La Ccmisión Consultiva Distrital de San Miguelito,\nconforme 8 lo normado en el articulo 39 de! Decreto Ejecutivo N’57, 16 de\nmarzo de 2000. tendrá la filnción de analizar los temas ambientales que afecten al\ndistrito de San Miguelito y formular las observacjones. recomendaciones, y\npropuestas al Administrador Regional que se designe por su reglamento interno.","ini":343,"fin":722}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTICULO ‘TERCERO: La Organización y funcionamiento de dicho Organismo\nDistrital se regirá por lo normado para :a!es efectos por el Decreto\nEjecutivo N”57, de 16 de marzo de 2000.","ini":724,"fin":903}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"FUNDAMENTO DE DERECHO: Ley 41 de 1’ de julio de 1998. Decreio\nEjecutivo pi057 de IE de marzo de 2090.","ini":905,"fin":1006}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Dado en la Panamá a los diecisiete (17; días del mes de enero del año dos mil uno (2001).\n.,. -\nPUBLíQUESE Y CUMPLASE","ini":1008,"fin":1125}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"RESOLIJCION N” AQ=0028-2001\n(Os 30 de enero de 2001)","ini":1127,"fin":1179}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"“Por la cual se establece la tarifa dc cobro para la inscri-.- 6, de consultores que se\ndediquen a la elaborac’ón de Estu3ios de Impacto Ambki::a!,, Auditorias Ambientales y\nProgramas dz Adewación y Manejo Ambier:tal”.","ini":1181,"fin":1399}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"EL SUSCRITO ADMINISTRADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL\nAMBIENTE (ANAM), EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,","ini":1401,"fin":1514}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p11","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"C 0 N S 1 D E R A N D:v: ,,\n>\n‘\\\nQue el numeral í7 del Artículo 7 de la Ley No 41 de ?‘-d~Y.jùl~ dc 1996, faculta E: 13\nAutoridad Na.cional del Ambiente (ANAM), para cobrar pbr ‘6s servicios que preste 2\nentidades púl$licas, empresas mixtas, o privadas o a personas natuiales, para el oesarw!‘;:;\n.\nde actividades con fines lucrativos.\n16 Gaceta Oficial, viernes 16 de febrero de 2001 N”24,244\nQue el Artículo 26 de la Ley NO 41 de 1 de julio de 1998, establec; que los Estudios de\nImpacto Ambiental, .serán elaborados por personas Idóneas’ iifturales o jurídicas,\nindependiente de la kmpresa promotora de la actlvldad, obra1 o ioyecto debldamente\ncettlflcada por la Autiridad Nacional del Amblente, I, , 9\n’ #’\nQue asi mismo, la precitada Ley dispone en su Attkulo 41, que las lnspecclones y\nauditorias amblentales podr6n ser aleatorias o conforme a’@%$;amas aprobados por la\nAutoridad Nacional del Amblente y solo podr6n ser realirad&S por personas naturales o\njurldlcas debidamente certificadas por dlcha Entidad,","ini":1516,"fin":2532}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p12","orden":12,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"&::Q$ el Artkulo 63 del Decreto Ejecutivo No ,59 del 16& marzo de 2000, creó el Reglstro\n$%$tii~‘Consultores Amblentales habllltados para elaborar Estudios de Impacto Amblental.\n/,,,:y’ ,:/\n4 m:,,‘l.rG\n: $$:Qq,e de Igual manera, el Artkulo 64 del citado Decreto, k“&.ko, establecl los requlsltos\noI,tJP\nq:.,,.,ide’ Idoneldad para las personas naturales o jurldlcas que deseen Ingresar en el Registro de\n:,;i’r ‘Consultores Ambientales respectivo.","ini":2534,"fin":2980}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p13","orden":13,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que por su parte, por medio de Resolución Administrativa No AG-0267-2000 de 29 de\nseptiembre del mismo año, la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), a través de la B\nDirección Nacional de Protección de la Calidad Ambiental, confeccionó el Registro de\nAudltores Ambientales Idóneos para realizar Auditorlas Ambientales y Programas de\nAdecuación y Manejo Ambiental.","ini":2982,"fin":3347}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p14","orden":14,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el seguimiento, control y fiscalización de la ejecución de las exigencias, condiciones y\ncompromisos adquiridos a través de la Resolución de Aprobación de los Estudios de\nImpacto Ambiental e igualmente, ,de los Planes de Manejo y los Programas de Adecuación\ny Manejo Ambiental - éstos últimos derivados de las Auditorias Ambientales respectivasrequieren la participación de profesionales de la Autoridad Nacional del Ambiente, en giras\nde campos 0 inspecciones técnicas, la utilización de viáticos, recursos, materiales,\n, fransporte, pruebas de laboratorios, entre otros Insumos,\nRESUELVE:","ini":3349,"fin":3943}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p15","orden":15,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"PRIMERO: FIJAR, el cobro de tarifa de inscripción para cada uno de los registros\nque lleva’ la Autoridad Nacic jal del Ambiente y que se detallan a\ncontinuación:","ini":3945,"fin":4106}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p16","orden":16,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"a) Registro de Consultores Ambientales habilitados para e’laborar\nEstudios de Impacto Ambiental.","ini":4108,"fin":4204}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p17","orden":17,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"b) Registro de Auditores Idóneos para elaborar Auditorias\nAmbientales y Programas de Adecuación y Manejo Ambiental.","ini":4206,"fin":4321}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p18","orden":18,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"SEGUNDO: El cobro de tarifa por el servicio prestado a las personas naturales o\njurídicas que deseen inscribirse en cada uno de los Registros señalados\nkn el Artículo anterior, será de CINCUENTA BALBOAS (B/.SO.OO).\nDicha suma será cancelada por el interesado al momento de presentar\nsu solicitud en los respectivos registros, y consignada a favor de la\nAutoridad Nacional del Ambiente.","ini":4323,"fin":4708}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p19","orden":19,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"TERCERO: Esta tarifa será aplicable a las personas naturales o jurídicas inscritas en\nel Registro de Consultores Ambientales Idóneos para elaborar estudios\nde impacto, ambiental, quienes deberán actualizar sus requisitos de\ninscripción en dicho Registro de conformidad con lo dispuesto el Artículo\n79 del Decreto Ejecutivo No 59 del 16 de marzo de 2000.\nN”24,244 Gaceta Oficial, viernes 16 de febrero de 2001 í7\nCUARTO: La presente Resolución se har6 efectiva a partir de su publicacf6n en\nGaceta Oficial.","ini":4710,"fin":5215}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p20","orden":20,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"DERECHO: Ley No 41 del 1 de julio de 1998, General de Ambi&e de la República de\nPanamá.\nDecrho Ejecutivo N O 59 de 16 de marzo de 2000, U Por el cual se\nreglamenta el Capítuirl II del Título IV de la Ley No 41 del 1 de julio de\n1998”.\nResolución No AG-0267 de 29 de septiembre de 2000.","ini":5217,"fin":5502}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p21","orden":21,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Dada en la ciudad de Panamá, a las treinta -( 30 ) dias del mes de\nenero del año dos mil uno (2001).","ini":5504,"fin":5604}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p22","orden":22,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE","ini":5606,"fin":5640}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p23","orden":23,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ING. RICAREí R. ANGUILOL\nAdministrador General\n--","ini":5642,"fin":5691}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p24","orden":24,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"-\nIrn","ini":5693,"fin":5698}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p25","orden":25,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante memorial presentado ante este Despacho por i:: i i.\nCarmen Arias de la firma forense Arias J: Arias Consultores. clw (btii!r\\.i,,\nubicadas en Calle 44, Bella Vista, cdifício Hesed 4 A, de esta ciudad. III+I,\ndonde recibe notificaciones personales, en su condición de .qpodcr :II.~.:\nEsp&ial de la empresa PRUDENTIAL ASSET MANAGERIEN’T ~‘ORI~\ninscrita en el Registro Pilblko bajo la Ficha 380385, Documento 1I .?sG::‘..(.","ini":5700,"fin":6133}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p28","orden":28,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"AHORRO QUE NO SEAN NECESARIOS PARA LOS SERVICIOS QUE LA MISMA PRESTA O SE\nENCUENTREN DETERIORADOS.)","ini":6219,"fin":6318}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p29","orden":29,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Dictada por: CAJA DE AHORROS\nGaceta Oficial: 24449 Publicada el: 22-11-2001\nRama del Derecho: DER. ADMINISTRATIVO","ini":6320,"fin":6433}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p30","orden":30,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Palabras Claves: Procedimiento administrativo, Propiedad estatal, Bancos e instituciones\nfinancieras","ini":6435,"fin":6535}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p31","orden":31,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Páginas: 3 Tamaño en Mb: 0.158\nRollo: 302 Posición: 1942\n2: Gaceta oficial, martes ll de diciembre de 2001 N” 24,449","ini":6537,"fin":6653}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p32","orden":32,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"GACEYiYAOFICIAL\nOJXGANO DEL ESTADO\nFundada por el Decreto de Gabinete N” 10 del ll de noviembre de 1903\nLICDQ. JORGE SANIDAS A. LICDA. YEXENIA 1. RUIZ\nDIRkCTOR GENERAL SUBDIRECTORA\nOFICINA\nCalle. Quinta Este, Edificio Casa Alianza, entrada lateral IMPORTE DE LAS SUSCRIPCIONES\nprimer piso puerta 205, Sq FelipeCiudad de Panamá, Mínimo 6 Meses.en la República: BI. 18.00\nTeléfono:,227-9833 - Fax: 228.8631 Un año en la República B1.36.00\nApartado Postal 2189 En el exterior,6 meses B1.18.00, más porte ahreo\nPanamá, República de Panama Un año en el exterior, Bl.36.00, más pone aéreo\nLEYES, AVISOS, EDICTOS Y,OTRAS _ Todo pago adelantado.\nPUBLICACIONES\nPRECIO: ~B/.4.30 Imprcïo en tostallcrcsdeF,diror. Dominical.S.A.","ini":6655,"fin":7371}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p33","orden":33,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Ar&ulo Segdndo : Se disigna a RAMON CUERVO, actual Secretario\nGeneral, como %eministro, de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia,\nEncargado, mientras la titular> ocupe el cargo.de Ministra, Encargada.","ini":7373,"fin":7580}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p34","orden":34,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Parágrafo : Estas designaciones rigen a partir de la toma de posesión del cargo.","ini":7582,"fin":7662}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p35","orden":35,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"COMUNiQUESE Y PUBLiQUESE,\n1\nDado en la ciudad de Panamá, a los 5 días del mes de diciembre de dos mil uno.","ini":7664,"fin":7770}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p36","orden":36,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":",MIREYA MOSCOS0\nPresidenta de la República","ini":7772,"fin":7814}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p37","orden":37,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"CAJA DE AHORROS ‘_ .\nRESOLUCION JD N”28-2001\n(De 22 de noviembre de 2001)","ini":7816,"fin":7889}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p38","orden":38,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"La Junta’birectiva dk la Caja de Ahorros,\nen uso de Susfacultades legales","ini":7891,"fin":7964}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p39","orden":39,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":".~\nCONSIDERANDO:","ini":7966,"fin":7982}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p40","orden":40,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante ,la Ley 52 de 13 de diciembre de 2000 se reorganiza la CAJA\nDE AHORROS;","ini":7984,"fin":8068}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p41","orden":41,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el Artkulo 14, Numeral 6,,de’la referida Ley 52 de 2000, señala que es\nobligación de esta Junta D:rectiva, establecer con la recomeridación del\nGerente ‘General, las ,directrices generales para el buen funcionamiento de la\nN”24,449 Gaceta Oficial, marta ll de diciembre de 2001 3 ”","ini":8070,"fin":8355}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p42","orden":42,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Institución; par? lo cual dictará los Reglamentos que, sean necesarios para\ntales efectos;","ini":8357,"fin":8447}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p43","orden":43,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Gerencia General ha’ planteado la necesidad de ,reglametitar la\ndisposición de bienes muebles de propiedad de la Institución qlte no ‘son\ntiecesarios para lc+s servicios que la misma ,presta 0 se encuentren\ndeteriorados; y :","ini":8449,"fin":8680}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p44","orden":44,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":": Que corresponde a lti Junta Directiva,~de acuerdo al Numeral 4 del kcul6\n14’de’ la Ley Org&ica, resolver todas las cuestiones que le someta a su\n~consideraciónel Gerente General o cualquiera de sus Directores.","ini":8682,"fin":8893}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p45","orden":45,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"RESUELVE:","ini":8895,"fin":8904}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p46","orden":46,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Aprobaarel Reglamento para la disposición be bienes muebles de la CAJA ,DE\nAHORROS que no sean necesarios para los~servicios que,la m~isma,prestao\nse encuentres deteriorados conforme a las disposiciones siguientes:","ini":8906,"fin":9120}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p48","orden":48,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Ambito de Aplicach del Reglamento","ini":9141,"fin":9174}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.h1","orden":27,"tipo":"titulo","etiqueta":"Titulo: (APROBAR EL REGLAMENTO PARA LA DISPOSICION DE BIENES MUEBLES DE LA CAJA DE","contenido":"Titulo: (APROBAR EL REGLAMENTO PARA LA DISPOSICION DE BIENES MUEBLES DE LA CAJA DE","ini":6135,"fin":6217}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.h2","orden":47,"tipo":"titulo","etiqueta":"Capítulo Primero:","contenido":"Capítulo Primero:","ini":9122,"fin":9139}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a1","orden":49,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** El .’presente Reglamento se dicta para est&Jecer el\nprocedimiento intertio que,, se observará eti la CAJA DE\nAHORROS para la disposición de aquellos bienes muebles de su,propiedad,\nque no sean necesarios para los servicios que la, misma presta:0 aquéllos qtie\nse encuentren deteriorados.","ini":9176,"fin":9479}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p51","orden":51,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"De los Inventarios","ini":9500,"fin":9518}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p52","orden":52,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ARTI&JLO 2: Dentro de los dos, primeros meses de cada año, la\nInstitución, por ‘medio & la Gerencia Ejecutiva de\nAdministración, elaborará un inventario de los bienes muebles que por su ea\nantigüedad u obsolescencia no estén siendo utilizados para los fines para los\ncuales fueron adquiridos.","ini":9520,"fin":9812}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.h3","orden":50,"tipo":"titulo","etiqueta":"Capítulo Segundo:","contenido":"Capítulo Segundo:","ini":9481,"fin":9498}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a3","orden":53,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** Una ~vez elaborado el inventario al que alude el Articulo\nanterior, éste será notificado a la Gerencia General Para su\naprobación. Este inventario deberá ‘estar,detallado con su respectivo número\nDDE,\nactivo, descripción del bien mueble, su número de serie y valor enlibros.","ini":9814,"fin":10104}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p55","orden":55,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"De 13sdonaciones a Iqstituciontis Estatales o Entidades de Beneficencia 0\nAsociaciones sin fines de lucro\n!","ini":10125,"fin":10232}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p56","orden":56,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"I \\\nJ GacetiUficial. martes ll de diciembre de 2001 N\" 24,449","ini":10234,"fin":10295}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.h4","orden":54,"tipo":"titulo","etiqueta":"Capítulo Tercero:","contenido":"Capítulo Tercero:","ini":10106,"fin":10123}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a4","orden":57,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** ,La CAJA DE AHORROS por intermedio de su Gerente\nGeneral, podrá donar aquellos bienes muebles que no sean\nnecesarios para los servicios que la misma,, presta’ 0 se encu,entrc.n\ndeteriorados, $ Entidades Estatales, Asociaknes de Beneficenc~ia o\nAsociaciones ,sin,Iines de lucro. _\n\nSi el valken ,Libros~~o de avalúo de d&hos‘$ienes &ese ‘superior a tres mil\nBalboas (B/.3,000.00), la donación debe$ ser aprobada por la Junta Directiva.\n,~","ini":10297,"fin":10750}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a5","orden":58,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** Todo contrato de doñación deb& ser doctimentãdo\nmediante el respectivo contrato y’ la entrega se realIzará en\npresencia de tun funcionario autorizado ,por el Gerente ~Ejecutivo,\nAdministrativo y un auditor interno de la Caja de Ahörros,\\ dejándose\nconstancia de la diligencia de entrega mediante ellalevantamiento de la\ncorrespondiente acta1 A estas diligencias podrá invitarse igualmente a’ un\nauditor de lti Contraloría General de la Repúbbca. ~~ ,~ ,","ini":10752,"fin":11221}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a6","orden":59,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 6","contenido":"**Artículo 6.** Eneadición a las anteriores,:“0 se requerirá de ninguna otra\n.\nform&dad para que la Caja de Ahorros proceda a efectuar\nlas~donacicines,alas que se aluden en este Rkglamento;","ini":11223,"fin":11412}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a7","orden":60,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 7","contenido":"**Artículo 7.** No obstante lo anterior, la Ley 56 de 199.5 será ~fuente\nsupletoria de derecho en materia de donación de bienes\nmuebles de la CAJA DE AHORROS, en lo que resultare apli,cable y no sea\n.\n\ncontrario a,10 establecido en este Reglamento. ~’","ini":11414,"fin":11665}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.p62","orden":62,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Disposiciones Finales,","ini":11689,"fin":11711}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.h5","orden":61,"tipo":"titulo","etiqueta":"Capítulo Cuarto s ~,","contenido":"Capítulo Cuarto s ~,","ini":11667,"fin":11687}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a8","orden":63,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 8","contenido":"**Artículo 8.** Este Reglametito’empezará’a regir a partir de su publicación\nen la Gaceta Oficial.","ini":11713,"fin":11811}
{"id":"resolucion-2001-28-anam.a9","orden":64,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 9","contenido":"**Artículo 9.** ~~\nQueda derogada la Resoltición JD-2/94 de 17 de~~noviembre\nde 1994 y cualquier otra.dlspqkición interna de la Institkión\nque le sea contraria ala presente Resolucióti.\n:\nDada en la ciudad de Panamá, a los veintidós (22) días del mes de noviembre\ndel año dos tiil uno (2001).\n\nPUBLIQUESEY CUMPLASE.\n\nANGEL M. JAEN YANELAYANISSELLY\nEl Presidente La Secretaria","ini":11813,"fin":12188}
