{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2001-21","mirada":"publico","filas":10,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2001-21.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"(APROBAR EL REGLAMENTO QUE REGIRA LOS DEPOSITOS EN CUENTAS DE AHORROS DE NAVIDAD EN LA CAJA DE AHORROS.)","contenido":"(APROBAR EL REGLAMENTO QUE REGIRA LOS DEPOSITOS EN CUENTAS DE AHORROS DE NAVIDAD EN LA CAJA DE AHORROS.)","ini":0,"fin":104}
{"id":"resolucion-2001-21.a14","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 14","contenido":"**Artículo 14.** , Numeral 4, corresponde a la Junta Directiva resolver iodas las cuestiones que le someta a su consideración el Gerente General. ‘,\n\nQue por todo lo anterior,\n\nAprobar el Reglamento que regirá ,los Depósitos en Cuentas de Ahorros de Navidad en la CAJA DE AHORROS, conforme a los artículos siguientes:\n\nPrimero: Cualquier persona mayor o menor de edad o persona jurídica podrá abrir una Cuenta de Ahorros de Na,vidad en la CAJA DE AHORROS, en su nombre o en,el de otras personas.\n\nSegundo: Estas cuentai ‘podrán abr!rs& en cualquier tiempo’ mediante ,, el depósito semanal convenido con,el cuentahabiente y por tiempo indefinido. ‘Su cancelación ~610 se pt-oduciní conforme a los supuestos establecidos en este Rbgltiento.\n\nTercero: Todos los depóeitos~ se anota& en las libretas expedidas para tales efectos. No obstante ello, la CAJA DE AHORROS podrá establecer modalidades de depósitos en cuentas bajo la fórmula de tarjetas débito o mediante, cualquier otro nuevo mecanismo tecnológico que se establezca en el futuro.\n\nCuarto: Los depósitos son ,seman?les,, pero podrán hacerse por adelantado.\n\nQuinto: Los pagos de las Cuentas de Navidad por parte de la CAJA DE AHORROS, se harti al portador de la libreta. El pago N” 24,423 Gacela Oficial, viernes 2 de noviembre de 2001 39\n\nasí efectuado será suficiente descargo para la Institución. Si la libreta se extraciara, destruyera u, otmpersona la obtuviese indebidamente, el titular debe notificar tal hecho por escrito de inmediato a la CAJA DE AHORROS, a fin de que la misma pueda adoptar las medidas pertinentes para preservar los derechos del cuentahabiente. La Institución ‘queda ,exonerada de cualquier responsabilidad si no media tal aviso antes de efectuado el pago.\n\nSexto: Las Cuentas de Navidad comprenden 50,cuotas. El Gerente General fijará las fechas de apertura y de pago de la.8 mismas en el mes de diciembre de cada año.\n\nSéptimo: Las Cuentas de Navidad devengarhn intereses de acuerdo a la tasa que fije la CAJADEAHORROS para tales efectos,\n\noctavo: A lna Cuentas de Navidad qua no Completen’dncuenta (50)\ncuotas, se les devolver8 h suma depositada, meno8 el valor dc una cuota.\n\nNov,eno: Las Cuentas de Ahorro8 de Navidad mantenida8 en la CAJA DE AHORROS son de carkter privado y Cata no suministrar6 datos referentes a ellas excepto cuando medie autorizacibn escrita del cuentahabiente, mediante orden judicial o si ajuicio de la CAJA DE AHORROS fuese necesario, podrA suministrarla a las centrales de crédito.\n\nDécimo: La CAJA DE AHORROS comunicar8 a la Superintendencia de Bancos sobre cualesquiera fondos en su poder que permanezcan inactivos por cinco (5) años y pertenezcan a, personas cuyo paradero se ignore. La Superintendencia de Bancos, después de comprobar este ‘hecho, ordenará que su valor líquido sea traspasado al Tesoro Nacional, conforme 10,dispone el Artículo 154 del Decreto’Ley 9, de 26 de febrero de 1998.\nEl Estado estará obligado a restituir a su dueíío, 108 fondo8 de que trata el\nArtículo anterior, kiempre,que sean reclamados dentro de los diez (10) años siguientes a la fecha en que fueron traspasados, pero la restitución se hará sin intereses, tal y,como lo dispone el Artículo 155 del Decreto Ley 9 de 26 de febrero de 1998.\n\nDbcimo Primero: La CAJA DE AHORROS se reserva el derecho de cancelar las Cuentas de Ahorros de ‘Navidad cuando a su juicio, las misma8 estbn siendo utilizada8 de forma indebida conforme a los Acuerdos y reglamentaciones de la Superintendencia de Bancos, o de las A8OChCiOne8 Bancaria8 de Panam& o aula Legisl-ción vigente en materia de uao indebido de los servicios bancario8 \\- por 40 Gaceta Oflclal, viernes 2 de noviembre de 2001 N” 24,423\n\ncualquier otra ra&r, pero en este último caso, la CAJA DE AHORROS deber8 dar un aviso al cliente de forma personal o por correo, a su apartado postal registrado o cualquier otro medio idóneo de notificación al menos con cinco (5) días de anticipación a la fecha de cierre.\n\nSi los fondos estuviesen a disponibilidad del cuentahabiente y éste no se presentase a reclamarlos antes del cierre de la cuenta, los mismos serán consignados en :una cuenta por pagar, la cual no generará intereses en ningún caso.\n\nDhimo Segundo: La CAJA DE AHORROS no asumirá ninguna responsabilidad adicional a las que establece este Reglamento y la Ley,, frente a terceros, en razón de cesiones o gravámenes de cualquier naturaleza que, como resultado de contratos u otros acuerdos . entre tales terceros y los ,titulares de la cuenta, afecten a la misma, sin el conocimiento y’aceptación previa y formal de la CAJA DE AHORROS.\n\nDécimo Tercero: No obstante lo anterior, toda Cuenta de Navidad cuyos depósitos se efectúen por medio de descuentos directos del salario del cuentahabiente o de otra persona y que sean objeto de negociación a favor de un tercero, implicar8 la obligación de la persona de cuyo salario se efectúa el descuento de instruir la suspensión ~, del mismo. La ,CAJA DE AHORROS no asume ninguna, responsabilidad en estos casos, en razón del derecho del cesionario a cobrar el saldo final que arroje-la cuenta en la fecha de pago de la misma, incluidas las sumas que se depositen en la misma como resultado de descuentos directos no suspendidos por el asalariado.\n\nDBcimo Cuarto: Las Cuentas de Navidad que no reflejen ninguna transacci6n, esto es depósitos o retiros, en el ttrmino de un (1) aRo, pasarán a Cuentas Inactivas el 3 1 de diciembre del siguiente aflo. A estas cuentas, que continuaran generando intereses, se les cargara una comisi6n de manejo de B/.OSO mensual, hasta tanto el cliente decida activarla mediante un depósito o retiro.\n\nIgualmente toda Cuenta de Navidad Inactiva, conforme a lo antes establecido cuyo saldo quede en cero (B/.O.OO), producto de la aplicación de la comisión de manejo, será cancelada automáticamente.\n\nDécimo Quinto:, La CAJA DE AHORROS se reserva el derecho de modificar este Reglamento cuando lo considere conveniente, dando oportuno aviso de dicha modificación por medio de un anuncio colocado en un lugar visible de la Casa Matriz y sus Sucursales, durante un período de diez (10) ,días calendarios y por una sola vez en la Gaceta Oficial.\nNo 24,423 Gaceta Oficial, viernes 2 de noviembre de 2001 41\n\nDécimo Sexto: La presente Resolución deja sin efecto la Resolución No. JD ll/85 de 29 de agosto de 1985, la Resolución No. JD 4/86 de 24 de julio de 1986, la Resolución No. JD 65198 de 19 de agosto de 1998, así como cualquier otra disposición que ‘le sea contraria.\n\nDécimo Séptimo: Esta Resolución comenzará a regir a partir de su ,publicación en la Gaceta Oficial.","ini":106,"fin":6703}
{"id":"resolucion-2001-21.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"ElPmldmtq ANGEL M. JAEN","ini":6812,"fin":6835}
{"id":"resolucion-2001-21.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"INSTITUTO NACImAL DE CULTURA RESOLUCION iV 171 DWDAJ (De ll de oepthtbn de 2001)","ini":6837,"fin":6917}
{"id":"resolucion-2001-21.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"“POR ,LA CU* tGXIUAb;lr PJ&EMKJ A L&Oi&ERA MONTIJNA Y AL MON’lWNO DE LOS MANlT08 dX’t.JEfiOS, AibdRieA MITRE DERuLtoIlA”","ini":6919,"fin":7039}
{"id":"resolucion-2001-21.p7","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"EL DIRECTOR GENERAL EN USO DE SUS FACULTmES LEGALES,","ini":7041,"fin":7093}
{"id":"resolucion-2001-21.p8","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue correspondeal Instituto Nacional de Cultura (INAC), promover y desarrollo las actividadesdestinadasa difundir y estimularla culturaen el territorio ll&&mal, amfortn .EJo63de 6 de junh de 1974.","ini":7095,"fin":7309}
{"id":"resolucion-2001-21.p9","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"3 de la Ley No 63 de Cultura (INAC), CIALES EN MATECRfA","ini":7311,"fin":7366}
{"id":"resolucion-2001-21.p10","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"eeoaDofia en cl&4 su vida w la aducacibnnncionaly pmticip6 activmente en el desarrollode actividades aocidee, cuttumlo~ y folldticm que maltaban la cultura vemacui. de su","ini":7368,"fin":7538}
{"id":"resolucion-2001-21.h1","orden":3,"tipo":"titulo","etiqueta":"Dada en la ciudad de Panamá, a los diecinueve (19) días del rries de octubre del aíío dos mil uno (2001).","contenido":"Dada en la ciudad de Panamá, a los diecinueve (19) días del rries de octubre del aíío dos mil uno (2001).","ini":6705,"fin":6810}
