{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2001-177","mirada":"publico","filas":7,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2001-177.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Considerando:**\nQue la propiedad Intelectual constituye un Importante elemento de desarrollo\neconómico y comercial pairarel pais.","ini":91,"fin":222}
{"id":"resolucion-2001-177.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que es importante velar que los derechos de propledad intelectual se\npreserven y además se aseguren mecanlsmos eficaces para su control.","ini":224,"fin":360}
{"id":"resolucion-2001-177.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la armonizaclon de todas las entidades del Estado es vital para la\neficiente protección y el eficaz control de los derechos de propiedad\nintelectual.","ini":362,"fin":515}
{"id":"resolucion-2001-177.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo 219 de la Ley 35 de 10 de mayo de 1996, crea la Comisión\nInterinstituclonal de Propiedad Intelectual de Propiedad Intelectual y reserva\nal Ministerio de Comercio e Industrlas la potestad de reglamentar esta\nmateria.","ini":517,"fin":748}
{"id":"resolucion-2001-177.p6","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**Resuelve:**","ini":750,"fin":763}
{"id":"resolucion-2001-177.t0","orden":1,"tipo":"titulo","etiqueta":"(DICTAR EL REGLAMENTO INTERNO DELA COMISION INTERINSTITUCIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL.)","contenido":"(DICTAR EL REGLAMENTO INTERNO DELA COMISION INTERINSTITUCIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL.)","ini":0,"fin":89}
{"id":"resolucion-2001-177.aUNICO","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo UNICO","contenido":"**ARTICULO UNICO:** DICTAR el Reglamento Interno de la Comision\nInterlnstituclonal de Propiedad Intelectual, al tenor siguiente:\n\n-1: Son miembros de la Comisión Intetinstitucional de\nPropiedad Intelectual, los siguientes:\n\na>, Un funcionarlo de la Dirección General del Reglstm de la Propledad\nIndustrial del Ministerio de Comercio e Industrias, designado por el\nMinistro o Ministra de Comerclo e Industrlas.\n6 Gaceta\nOficial,martes15 demayo de 2001 N” 2431\n\nb) Un fUtXiO~ari0 de, la Dlrechh Nacional de Dere& de Autor del\nMlnlsterio de Educación, designado por el Mlnlstro o la Mlnls&a de\nEducación,\n\ncl ,Un functon~rlo ,de la Dlreccl6n General de Aduanas del Mlnlsterlo de\nEconomla Y FInanzas, deslgnado por el Mlnktro o Mlnistra de Economla\ny FInanzas.\n\n,d) ,’ ‘Un funcIonarlo del Mínhterlo Público, deslgnado por el Procurador\nGeneral de la Naclbn.\n“-9) &’ funclonarlo de la Zona Llbre de Col6n,‘deslgnado por el Gerente de\n,* A ? tona Llbre de Col6n.\nny-”\nJ\n0 Un funcionario del Ministerio de Comercio e Industrias, encargado del\nmanejo de las relaclones del estado Panamaflo con la Organlzaclón\nMundial del Comercio, designado p¿x el Minlstro o Ministra de Comerclo\ne Industrias.\n\n0 2: Son funciones de la Comisi6n Interinstitucional de\nPropiedad Intelectual, las siguientes:\n\n1,. Coordinar las actividades de control de los derechos de propiedad\nintelectual enre las diktintas entidades de Gobierno que’ tengan que ver\ncon esta materia.\n\nServir de ente consultivo a cualquiera de las entidades de Gobierno que\ntenga que ver con el control de los derechos de propiedad intelectual.\n\n‘3. Piomover la capacitación y entrenamiento de los funcionarlos\nrelacionados directamente con la% actividades de control de IOS\nderechos de propiedad intelectual.\n\n,g. Asistir a la Dirección General del Registro de fa Propiedad Industrial del\n‘Ministerio de Comercio e Industrias y la Dirección Nacional de Derecho\nde Autor del Ministerio de Educación en la preparación de informes que\nrequieran organizaciones nacionales e internacionales sobre la\ncondición de la protecci6n de los ,derechos de propiedad intelectual en\nel país y de los avances efectuados por la República de Panamá en esta\nmateria.\n\nLa Comisión Interlnstltucional de Propiedad Intelectual\ntendrá un Presldente y un Secretarlo. El Presidente ser8 deslgnado por el\nMinistro o Minika de Comercio e Industrias y el Secretarlo serd cualqulera\notro miembro de la Comisibn Interlnstltuclonal escogido medlante votaclh.\nLa duraclbn del cargo de Secretarlo de la Comisl6n Interlnstltuclonal de\nPropledad Intelectual serti de un (1) afro,\n\n&$culo 4: Son funciones dei Presidente de la . Comisión\nInterlnstítucional de Propiedad Intelectual, las siguientes:\nN“24,301-A Gaceta Oficial, martes 15 de mayo de 2001 7\n1. Presidir las reuniones de la Comisión.\n\n2. Velar que la Comisi6n cumpla con las funciones que le asigna la Ley y\nla presente Resolución.\n\n3. Representar a la Conilsl6n en actos y eventos que así io amerlten.\n\n4. Remltlr Informes sobre la condlclón.Oe la prbpledad intelectual en la\nRepúbllca de Panamd y el avance qUe se haya hecho en esta materla a\nlos Mlnlstros o Mlnlstras que asl lo sollclten, o que requieran envlar los\nmlsmos a los organismos naclonales e Internacionales.\nSon funclones del Secretario de la Comlsl6n\ncional de Propledad Intelectual, las slgulentes:\n\nLlevar las actas de las rwnloneí de la Comisi6ni\nConvocar las feunlonss\n.,. de la Comlslõn.\nPreparar los Informes que requiera presentar Ia’Comlsión.\n\nInformar a la Comisión de los temas que le son inherentes.\n\n5. Cualquier otra función que le asigne la Comisión.\n\nAltículo 6: La Comisión Interinstitucional de Propiedad Intelectual\nestará representada ante el Organo Ejicutivo por el Ministerio de Comercio e\nIndustrias.\n\nFUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 219 de la Ley 35 d 10 de mayo\nde 1996.\n\nDado en la Ciudad de, Panamá, a los del mes de\ndel año 2001.\n\nPUBLIQUESE Y ClJMP&ASE\n\n“A” JOAOlJlNE.JAC#b.\n1\nJOAQUIN E. JACOME DIEZ\nMlnlstro de Comercio e Industrias\nGacetaOliclal,martes15de mayode2001\n\nTEi&TOCLES ROSASiR.\nViceministro Interior de Comercio e Industrias\n\nAUTORIDAD DEL TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE\nRESOLUCION NQ 09 JD-A.T.T.T.\n(De 14 de mayo de 2001)\nPor medio de la cual se suspendenlos efectos de las Resoluciones No. 07 JD-A.T.T.T., de\n26 de abril de] 2001, mediante la cual se unifica la Tarifa en el Servido de Trasporte\nTerrestre público en el Sector Colectivo en el ha Metropolitana y la No.08 JD-A.T.T.T.,\nde 2 & mayo de] 2001, por la cual se apruebael Convenio suscrito entre la Junta Direcha\nde la Autoti& del Tránsito y Tmmporte Tcmeahq la Cámara Naci¿mal de Transpofie Y las\nOrganizaciones Concesicmariasque presten el servicio de transporte colectivo en el ha\nme*poJitana.\nLA J-UNTA DIRE~IVA DE LA !TO Y TRANSPORTIS\nTERRESTRE EN USO\n\nrelación al transporte, cu&tivo en 4 j:$ry referente a la unificacih\n,*,z,i’I ,, de la\ntarifa. -9,\n?\\,‘! ,j”j ,.,,,\n_ *, ,.\n,.‘.\n:,, .h~..<!,’\nQue en atenciún al a.cu&c@~<hito~,,~,entrelos Re~~~er&&&&J~ ‘$&sejo Nacional de\nTrabajadores Organizados I~ONATO’).‘~a,C~~,C~l de Typorte (CANATRA) y\nRepresentantesdel GobiehNacional; f$&.&$+, w@r los,$&tos de las Resoluciones\nque aprobó la unificación d&La tatifa WeliT~k~ Phblico Colectivo en el Area\nMetropolitana, a veinticinco centésimosde balboas ( B/; b.25), y la entrada en vigor de la\ntarifa en mención.\nRESUELVIk\n\nPRIMERO: Se aprueba el acuerdo suscrito entre los Representantesdel Consejo Nacional\nde Trabajadores Organizados (CONATO), la ChsmNacional de Transporte (CANAJ’RA)\ny Repres~nttmtes del Gobierno Nacional, el día 14 de mayo del 2001.\n\nSEGUNDO : Se suspenden los efectos de la Resolución No. 07 -JD-A.T.T.T., de 24 de\nabnI de 2OOl Y el artículo 2 de la ResoluchNo, 08 DA.T.T.T., de 2 de mayo de 2001,\npor 4 ~~~~n0 de Siete (7) meses.COntados a partir de las doce (12:OO)de la noche def dia\n14 de mW0 hasta las doce (12:OO) de Ia,noche del 14 de diciembre del 200 1_, por ende, x\nmantienen todas las obligaciones adquiridas en el convenio suscrito entra la Junta Directiva\nde la AUfOr¡daddei Trhsito y TransporteTemstre, la Cámara Nacirjnal de Transporte y 1~\nGrganizahmes Concesionarias que prestan el servicio colectivo en el tirea mf&-oflljtana ,\nsu.wito el día 2 de mayo de 2001, con un nuevo hmino de hasta siete (7) mses para su\ncumplimiento.","ini":765,"fin":7075}
