POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS PARAMETROS TECNICOS MINIMOS EN LA PRESENTACION POR PARTE DE LOS REFORESTADORES ANTE LA AUTORIDAD NACIONAL DE AMBIENTE (ANAM), DEL PLAN O PROYECTO DE REFORESTACION Y DEL ITipoResoluciónNúmero151Año2000Gaceta24424Artículos1
**Artículo 4.** Son atribuciones deDirector del hstituto:
a) Ejercer Iê representación del Instituto ante organismos e instituciones piibiiea: y privadas, ‘nacionales e internacionales.
b) Dirigir, coordinar y controlar todas las ‘activid&es del Instituto.
c) Negociar acuerdos y convenios de colaboración y coordinación con üniversi,da& Institutos, Centros de hvestigación Aeronáutica, Centros de Formach, Adicstr-ienro o de Instrucción Aeronáutica, Organismos, hstitu£iones y Empresas Públicas y Privadas, nacionaIes e internacionales.
d) Supervisar y fiscahar las actividades adminktuahas y )lasoperaciones fmcieras.
e) War por la salvaguarda de los activos del Instituto.
f) Aprobar la nómina de profesores para los,programas de instrucci6n.
g) Canceder licencias y vacacionesal perssllti del hstituto.
h) Solicitar el nombramiento,’ c~ntratacibn, pmmxi45n, suspemiún 0 destttuctin :.;i personal docente, thnico jr~admitistrati~~ da h~dltltto.
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