Legislación
Ley 504 de 2025: Subroga la Ley 7 de 1997 , que crea la Defensoría del Pueblo , y modifica la Ley 6 de 2017, Que crea el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes.
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77 de 77 artículos
| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 1 | Se crea la Defensoría del Pueblo como una institución de derechos humanos independiente, que actuará con plena autonomía funcional, administrativa y financiera… | Título I Naturaleza Jurídica y Objetivos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 251 |
| Artículo 2 | La Defensoría del Pueblo de la República de Panamá es la institución responsable de velar por la promoción y protección de los derechos humanos y fomentar su o… | Título I Naturaleza Jurídica y Objetivos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 216 |
| Artículo 3 | Las actuaciones del titular de la Defensoría del Pueblo en el ejercicio de sus atribuciones no son susceptibles de recursos ni de acciones administrativas o ju… | Título III y demás derechos humanos consagrados en la Constitución Política de la República de Panamá, así como los derechos previstos en los convenios internacionales de derechos humanos, el derecho internacional humanitario y la ley. También tendrá el deber de atender y orientar a todas las personas en el ejercicio de sus derechos humanos dentro del territorio nacional, así como a los nacionales residentes en el exterior, y de coadyuvar al acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la ley. Igualmente, la Defensoría velará por la protección de los derechos fundamentales establecidos, mediante el control de los hechos, actos u omisiones de los servidores públicos y de quienes presten servicios públicos, ya sean estos brindados directamente por una instancia gubernamental, estatal o privada por concesión y/o autorización administrativa, o presten servicios de interés público, y actuará para que los derechos humanos se respeten en los términos establecidos por la presente Ley. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 190 |
| Artículo 4 | La Defensoría del Pueblo tendrá las siguientes atribuciones: | Título II Atribuciones y Facultades de la Defensoría del Pueblo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 220 |
| Artículo 5 | El titular de la Defensoría del Pueblo está legitimado procesalmente para promover toda clase de acciones, recursos y procedimientos judiciales o administrativ… | Título III de la Constitución Política de la República, los demás derechos constitucionales, así como los previstos en tratados, convenios y declaraciones internacionales, suscritos y ratificados por el Estado panameño. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 904 |
| Artículo 6 | El titular de la Defensoría del Pueblo es el defensor del pueblo de la República de Panamá, quien es la máxima autoridad de esta entidad y es nombrado por el Ó… | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 193 |
| Artículo 7 | Puede ser elegida titular de la Defensoría del Pueblo toda persona que reúna los siguientes requisitos: | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 685 |
| Artículo 8 | El procedimiento para la elección del defensor del pueblo será el siguiente: | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1452 |
| Artículo 9 | El defensor del pueblo será nombrado por el Órgano Legislativo para un periodo de cinco años, dentro del cual no podrá ser suspendido ni removido, sino por el… | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 294 |
| Artículo 10 | Elegido uno de los candidatos, luego de la firma del decreto de nombramiento por el presidente de la Asamblea Nacional y el secretario general, será juramentad… | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 332 |
| Artículo 11 | El defensor del pueblo tendrá las consideraciones de alta autoridad del Estado y una remuneración equivalente a la de un ministro de Estado, y sus adjuntos ten… | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 296 |
| Artículo 12 | Se producirá la vacante absoluta del cargo de titular de la Defensoría del Pueblo en los casos siguientes: | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 403 |
| Artículo 13 | El defensor del pueblo solo podrá ser suspendido o removido de su cargo por el voto de dos tercios de los miembros de la Asamblea Nacional. | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 412 |
| Artículo 14 | Son causales de suspensión o remoción del cargo de defensor del pueblo las siguientes: | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 615 |
| Artículo 15 | El ejercicio de las atribuciones de la Defensoría del Pueblo será ininterrumpido y no estará limitado a días hábiles ni se suspenderá durante el receso de la A… | Capítulo I Requisitos, Forma de Elección y Cese | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo 16 | El ejercicio del cargo de defensor del pueblo es incompatible con la filiación partidista y con el desempeño de cualquier otra actividad político-partidista o… | Capítulo II Incompatibilidades y Prerrogativas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 330 |
| Artículo 17 | A los cuarenta y cinco días de su nombramiento, el titular de la Defensoría del Pueblo tendrá que haber cesado en toda situación de incompatibilidad, presumién… | Capítulo II Incompatibilidades y Prerrogativas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 235 |
| Artículo 18 | El defensor del pueblo y sus adjuntos no podrán ser perseguidos ni detenidos por causas penales o policivas, sin previa autorización de la Corte Suprema de Jus… | Capítulo II Incompatibilidades y Prerrogativas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 301 |
| Artículo 19 | La Defensoría del Pueblo, mediante resolución emitida por su titular, establecerá su reglamento interno, el Manual de Organización y Funciones, la organización… | Capítulo II Incompatibilidades y Prerrogativas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 502 |
| Artículo 20 | El defensor del pueblo determinará y organizará las defensorías a nivel regional, de acuerdo con las necesidades del servicio, las cuales por inmediatez estará… | Capítulo II Incompatibilidades y Prerrogativas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 579 |
| Artículo 21 | El titular de la Defensoría del Pueblo estará auxiliado por dos adjuntos, en quienes podrá delegar sus funciones. | Capítulo III Funciones de los Adjuntos al Defensor del Pueblo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 190 |
| Artículo 22 | Cada adjunto será de libre nombramiento y remoción por el defensor del pueblo. | Capítulo III Funciones de los Adjuntos al Defensor del Pueblo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 95 |
| Artículo 23 | Cada adjunto deberá cumplir los mismos requisitos que se exigen para ser titular de la Defensoría del Pueblo. | Capítulo III Funciones de los Adjuntos al Defensor del Pueblo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 244 |
| Artículo 24 | Vacante el puesto del titular de la Defensoría del Pueblo, asumirá la función el adjunto que sea designado hasta tanto la Asamblea Nacional realice un nuevo no… | Capítulo III Funciones de los Adjuntos al Defensor del Pueblo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 |
| Artículo 25 | Para promoción y protección de los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes, el titular de la Defensoría del Pueblo estará auxiliado por un adjunto… | Capítulo III Funciones de los Adjuntos al Defensor del Pueblo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 486 |
| Artículo 26 | Son funciones del Despacho de los Adjuntos al Defensor del Pueblo las siguientes: | Capítulo III Funciones de los Adjuntos al Defensor del Pueblo | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1158 |
| Artículo 27 | El defensor del pueblo es la autoridad nominadora de la institución y realizará los nombramientos y destituciones de acuerdo con lo que establezca el Reglament… | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 501 |
| Artículo 28 | La Defensoría del Pueblo tendrá el recurso humano necesario para su gestión, la cual garantizará que esté compuesto con la representación de cada uno de los se… | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 763 |
| Artículo 29 | Se crea la Carrera Defensorial como un sistema de administración de recursos humanos que organiza la estructura orgánica y funcional de la institución con base… | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 608 |
| Artículo 30 | Los objetivos de la Carrera Defensorial son: | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 505 |
| Artículo 31 | La Carrera Defensorial se fundamenta en los siguientes principios: | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 406 |
| Artículo 32 | Todas las personas que se desempeñan como servidores públicos de la Defensoría del Pueblo, salvo el defensor del pueblo, sus adjuntos y el secretario general,… | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 272 |
| Artículo 33 | Los órganos de la Carrera Defensorial son los siguientes: | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 222 |
| Artículo 34 | Constituyen la Junta Técnica de la Carrera Defensorial: | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 265 |
| Artículo 35 | La Junta Técnica de la Carrera Defensorial tendrá las siguientes funciones: | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 534 |
| Artículo 36 | Corresponde a la Dirección Nacional de Recursos Humanos elaborar los lineamientos y reglas para las evaluaciones del desempeño anuales. | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 542 |
| Artículo 37 | La reglamentación de la Carrera Defensorial estará a cargo de la Junta Técnica y deberá establecer un régimen y procedimientos de aplicación y gestión, con bas… | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 467 |
| Artículo 38 | Todas las personas que se desempeñan como servidores públicos de la Defensoría del Pueblo tienen derecho a no ser discriminadas en su condición laboral, ya sea… | Capítulo IV Recurso Humano y la Carrera Defensorial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 683 |
| Artículo 39 | Podrá recurrir a la Defensoría del Pueblo cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera. | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 528 |
| Artículo 40 | Las actuaciones ante la Defensoría del Pueblo podrán ser de orientación, petición, quejas o mediación. | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1343 |
| Artículo 41 | Todas las actuaciones ante la Defensoría del Pueblo serán gratuitas. | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 85 |
| Artículo 42 | La Defensoría del Pueblo solo podrá recibir las peticiones que se originen por supuestas violaciones de derechos humanos por parte de un administrador de justi… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 482 |
| Artículo 43 | La Defensoría del Pueblo podrá intervenir de oficio o a instancia de interesado. | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 335 |
| Artículo 44 | Ninguna correspondencia, llamada telefónica o comunicación de cualquier naturaleza que se realice con la Defensoría del Pueblo, podrá ser objeto de censura, in… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 440 |
| Artículo 45 | La Defensoría del Pueblo podrá solicitar el auxilio de los estamentos de seguridad en caso de que la integridad física de su personal se vea amenazada. | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 333 |
| Artículo 46 | La Defensoría del Pueblo podrá recibir todas las peticiones o quejas, orales o escritas, transmitidas por cualquier medio, incluyendo medios digitales. | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1025 |
| Artículo 47 | Cuando la Defensoría del Pueblo admita una queja o decida una actuación de oficio, promoverá la oportuna investigación para su esclarecimiento, solicitando a l… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1937 |
| Artículo 48 | La Defensoría del Pueblo mediante resolución emitida por su titular establecerá su manual de procedimiento para la tramitación de peticiones y quejas, investig… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 553 |
| Artículo 49 | Cualquier autoridad o funcionario que obstaculice la investigación del defensor del pueblo, mediante la negativa injustificada de enviar información, o mediant… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 593 |
| Artículo 50 | La negativa a colaborar o la insuficiente o negligente colaboración de cualquier autoridad o servidor público, empleado de empresa pública, mixta o que brinde… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 708 |
| Artículo 51 | En caso de que la negativa a colaborar o la insuficiente o negligente colaboración provenga de un ministro o viceministro de Estado, director general, administ… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 824 |
| Artículo 52 | Los servidores públicos de la Defensoría del Pueblo, cuando sean objeto de acciones, procesos, juicios o demandas que sean derivados de actos y decisiones adop… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 669 |
| Artículo 53 | Cuando el titular de la Defensoría en el ejercicio de sus funciones tuviera conocimiento de hechos constitutivos de delito, deberá ponerlo en conocimiento del… | Capítulo I Procedimiento | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 208 |
| Artículo 54 | Las investigaciones realizadas por la Defensoría del Pueblo concluyen con la emisión de la resolución que determina la vulneración o no de derechos. | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 453 |
| Artículo 55 | Las resoluciones de la Defensoría del Pueblo no anulan actos ni resoluciones de las administraciones públicas. | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 464 |
| Artículo 56 | La Defensoría del Pueblo podrá mediar en los conflictos que se presenten entre la Administración pública y los particulares por situaciones que puedan amenazar… | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 434 |
| Artículo 57 | La Defensoría del Pueblo podrá formular recomendaciones a los órganos, instituciones o funcionarios de la Administración pública, cuando de las actuaciones adm… | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1031 |
| Artículo 58 | En el caso de que, luego del proceso de investigación mediante resolución fundada por la Defensoría del Pueblo, se demuestre fehacientemente una violación dire… | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 574 |
| Artículo 59 | En el caso de que, luego del proceso de investigación y mediante resolución. fundada por la Defensoría del Pueblo, se demuestre fehacientemente que una violaci… | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 501 |
| Artículo 60 | La Defensoría del Pueblo está obligada a mantener informada a la persona que recurra a ella de los trámites que siga su queja, así como de la resolución que fi… | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 277 |
| Artículo 61 | El titular de la Defensoría del Pueblo podrá poner en conocimiento de la opinión pública el contenido de sus investigaciones y resoluciones, cuando lo consider… | Capítulo II Resoluciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 320 |
| Artículo 62 | El titular de la Defensoría del Pueblo se comunicará con la Asamblea Nacional, por conducto de su presidente, o mediante informes ante el Pleno o ante la Comis… | Título V Informes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 216 |
| Artículo 63 | El informe anual y los especiales serán publicados por la Defensoría del Pueblo. | Título V Informes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 405 |
| Artículo 64 | El informe anual de la Defensoría del Pueblo contendrá lo siguiente: | Título V Informes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1113 |
| Artículo 65 | El procedimiento para tramitar los informes del defensor del pueblo será el siguiente: | Título V Informes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 800 |
| Artículo 66 | La Defensoría del Pueblo como institución autónoma e independiente contará con presupuesto propio y administración financiera propia. | Título VI Presupuesto | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 650 |
| Artículo 67 | Las aportaciones, donaciones o legados que provengan de personas u organizaciones nacionales o internacionales, no contemplados en el presupuesto de la institu… | Título VI Presupuesto | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 350 |
| Artículo 68 | El mandato del defensor del pueblo se iniciará en la fecha en que tome posesión de su cargo ante la Asamblea Nacional. | Título VII Disposiciones Finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 304 |
| Artículo 69 | El artículo 1 de la Ley 6 de 2017 queda así: | Título VII Disposiciones Finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 105 |
| Artículo 70 | Se deroga el artículo 19 de la Ley 6 de 2017 . | Título VII Disposiciones Finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 63 |
| Artículo 71 | El artículo 20 de la Ley 6 de 2017 queda así: | Título VII Disposiciones Finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 107 |
| Artículo 72 | El artículo 23 de la Ley 6 de 2017 queda así: | Título VII Disposiciones Finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 107 |
| Artículo 73 | Se deroga el | Título VII Disposiciones Finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 29 |
| Artículo 74 | El artículo 43 de la Ley 6 de 2017 queda así: | Capítulo VIII de la Ley 6 de 2017 . | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 107 |
| Artículo 75 | Esta Ley será reglamentada dentro de los seis meses a su promulgación. | Capítulo VIII de la Ley 6 de 2017 . | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 87 |
| Artículo 76 | La presente Ley subroga la Ley 7 de 5 de febrero de 1997, y modifica los artículos 1, 16, 20, 23 y 43 y deroga el artículo 19 y el | Capítulo VIII de la Ley 6 de 2017 . | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 147 |
| Artículo 77 | Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. | Capítulo VIII de la Ley 6 de 22 de febrero de 2017. | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 107 |
