Ley 419 de 2024
Artículo 266Se modifica el literal d) y adiciona el literal f) al artículo 8 de la Ley 24 de 1963, así: Art. 8. Los Establecimientos Farmacéuticos están clasificados así: … d) Farmacias: son los establecimientos dedicados principalmente a la dispensación, a la preparación y venta al por menor de productos farmacéuticos, medicinas de patente, drogas botánicas, productos químicos, perfumes, cosméticos, y la venta al detal de productos y mercancías que no sean incompatibles con la actividad propia de las farmacias. Así mismo, podrán dedicarse a la importación de medicamentos de síntesis química que sean de bajo riesgo y de alto volumen de consumo, para uso exclusivo de sus farmacias, de forma individual o conjunta, para lo cual deberán solicitar la modificación de la actividad de su licencia de operación y tener un área designada para almacenar los medicamentos importados. … f) Estación de medicamentos: se refiere a las clínicas u hospitales que no cuentan con servicio de farmacia, pero que requieren medicamentos para los pacientes atendidos en este establecimiento.Leer +
**Artículo 266.** Se modifica el literal d) y adiciona el literal f) al artículo 8 de la Ley 24 de 1963, así: Art. 8. Los Establecimientos Farmacéuticos están clasificados así: … d) Farmacias: son los establecimientos dedicados principalmente a la dispensación, a la preparación y venta al por menor de productos farmacéuticos, medicinas de patente, drogas botánicas, productos químicos, perfumes, cosméticos, y la venta al detal de productos y mercancías que no sean incompatibles con la actividad propia de las farmacias. Así mismo, podrán dedicarse a la importación de medicamentos de síntesis química que sean de bajo riesgo y de alto volumen de consumo, para uso exclusivo de sus farmacias, de forma individual o conjunta, para lo cual deberán solicitar la modificación de la actividad de su licencia de operación y tener un área designada para almacenar los medicamentos importados. … f) Estación de medicamentos: se refiere a las clínicas u hospitales que no cuentan con servicio de farmacia, pero que requieren medicamentos para los pacientes atendidos en este establecimiento.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 267El artículo 10 de la Ley 24 de 1963 queda así: Art. 10. Para la apertura y funcionamiento de un establecimiento farmacéutico, es necesario, además de lo exigido por las leyes de comercio, la obtención de la Licencia para operar Establecimiento Farmacéutico expedida por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas. Para tal fin, los interesados deberán dirigir su solicitud a esa Dirección detallando los datos del establecimiento, representante legal o propietario y regente farmacéutico. La solicitud deberá ser firmada por el representante legal o propietario y regente farmacéutico. La Licencia será válida hasta por dos años después de su expedición, y se debe renovar.Leer +
**Artículo 267.** El artículo 10 de la Ley 24 de 1963 queda así: Art. 10. Para la apertura y funcionamiento de un establecimiento farmacéutico, es necesario, además de lo exigido por las leyes de comercio, la obtención de la Licencia para operar Establecimiento Farmacéutico expedida por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas. Para tal fin, los interesados deberán dirigir su solicitud a esa Dirección detallando los datos del establecimiento, representante legal o propietario y regente farmacéutico. La solicitud deberá ser firmada por el representante legal o propietario y regente farmacéutico. La Licencia será válida hasta por dos años después de su expedición, y se debe renovar.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 268El artículo 19 de la Ley 24 de 1963 queda así: Art. 19. Un mismo farmacéutico no podrá regentar, en un mismo horario, dos o más establecimientos farmacéuticos, exceptuando los centros logísticos donde se permitirán hasta seis regencias.Leer +
**Artículo 268.** El artículo 19 de la Ley 24 de 1963 queda así: Art. 19. Un mismo farmacéutico no podrá regentar, en un mismo horario, dos o más establecimientos farmacéuticos, exceptuando los centros logísticos donde se permitirán hasta seis regencias.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 269El artículo 28 de la Ley 24 de 1963 queda así: Art. 28. El Consejo Técnico de Salud Pública deberá tener disponible para consulta la lista de médicos idóneos. Art. 270. El numeral 2 del artículo 11 de la Ley 32 de 1984 queda así: (Ver el numeral 2 del artículo 11 de la Ley 32 de 1984 ) Art. 271. Se adiciona el artículo 62-A a la Ley 51 de 2005, así:Leer +
**Artículo 269.** El artículo 28 de la Ley 24 de 1963 queda así: Art. 28. El Consejo Técnico de Salud Pública deberá tener disponible para consulta la lista de médicos idóneos. Art. 270. El numeral 2 del artículo 11 de la Ley 32 de 1984 queda así: (Ver el numeral 2 del artículo 11 de la Ley 32 de 1984 ) Art. 271. Se adiciona el artículo 62-A a la Ley 51 de 2005, así:
- Ver(Ver el artículo 62-A a la Ley 51 de 2005 )
Artículo 272Se deroga el Art. 64 de la Ley 51 de 2005.Leer +
**Artículo 272.** Se deroga el Art. 64 de la Ley 51 de 2005.
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