Texto
Que concede una amnistía para el pago total de las cuotas empleado-empleador, las primas de riesgos profesionales y demás contribuciones de los empleadores ante la Caja de Seguro Social
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
Que concede una amnistía para el pago total de las cuotas empleado-empleador, las primas de riesgos profesionales y demás contribuciones de los empleadores ante la Caja de Seguro Social
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
14señales
5tipos presentes
7bloques señalados
523palabras · 13 oraciones
Que concede una amnistía para el pago total de las cuotas empleado-empleador, las primas de riesgos profesionales y demás contribuciones de los empleadores ante la Caja de Seguro Social
**Artículo 1.**
**Artículo 2.**
**Artículo 3.** Esta amnistía exime del pago de los recargos, intereses, multas y otras acciones causadas por obligaciones.
**Artículo 4.**
**Artículo 5.** Corresponderá a la Caja de Seguro Social establecer los procedimientos que se requieran para el cumplimiento de esta Ley, los cuales por igual a todo empleador que opte por sujetarse a los términos de esta moratoria.
**Artículo 6.** No se incluye la exoneración del pago de sanciones por faltas a las y al reglamento general de ingresos, derivadas de las omisiones de los empleadores. El beneficio de esta amnistía se perderá si el empleador o cotizante incumple las cuotas de arreglo de pago y realizar algún pago o abono con cheques que sean devueltos por el banco.
**Artículo 7.** Las empresas que se acojan a la amnistía solicitar paz y salvo provisional, que será exclusivamente para participar en las licitaciones y actos públicos de contratación del Estado. El no cumplimiento de la cesión acarreará la pérdida de los beneficios obtenidos en la amnistía y se reactivarán las multas, recargos e intereses.
**Artículo 8.** Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
Entra para ver tus avisos.