Artículo 1
**Artículo 1.** Se reconocen los aportes del insigne panameño Carlos Iván Zúñiga Guardia en la promoción de la justicia social y la creación de una cultura democrática de la nación panameña.
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Se reconocen los aportes del insigne panameño Carlos Iván Zúñiga Guardia en la promoción de la justicia social y la creación de una cultura democrática de la nación panameña.
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1señal
1tipo presente
1bloque señalado
124palabras · 4 oraciones
**Artículo 1.** Se reconocen los aportes del insigne panameño Carlos Iván Zúñiga Guardia en la promoción de la justicia social y la creación de una cultura democrática de la nación panameña.
**Que denomina doctor carlos ivan zuñiga guardia al corredor norte de la provincia de panama.**
**Artículo 2.** En virtud de lo establecido en el , se denomina Doctor Carlos Iván Zúñiga Guardia al corredor norte de la ciudad de Panamá, provincia de Panamá.
**Artículo 3.** La Empresa Nacional de Autopistas colocará en las entradas y salidas del corredor norte una inscripción adecuada y legible a la distancia que indique el nombre oficial, según lo dispuesto en esta Ley.
**Artículo 4.** Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación.
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